Hay quienes consideran que, por el hecho de que en una “Constitución” se garanticen derechos individuales, ello justifica el comportamiento real de un gobierno que viola esos mismos derechos. Nicaragua es un ejemplo muy cercano de violación de derechos que existen en su sistema jurídico y su Constitución, por ejemplo, la libertad de asociación y el derecho a elegir libremente a sus gobernantes. Es por casos como este, que el artículo que aquí traduzco nos permite entender mejor el propósito de una Constitución.

LO QUE LAS CONSTITUCIONES DE LA UNIÓN SOVIÉTICA Y COREA DEL NORTE NOS PUEDEN ENSEÑAR ACERCA DE DERECHOS-Y DEL PROPÓSITO DE UNA CONSTITUCIÓN

Por Jack Elbaum
Fundación para la Educación Económica
Sábado 1 de octubre del 2022

NOTA DEL TRADUCTOR: Para utilizar los ligámenes de las fuentes del artículo, entre paréntesis y en rojo, si es de su interés, puede buscarlo en su buscador (Google) como Jack elbaum foundation for economic education, constitutions, October 1, 2022 y si quiere acceder a las fuentes, dele clic en los paréntesis rojos.

Una constitución exitosa impedirá la centralización del poder, no facilitarla.

El 5 de diciembre de 1936, se hizo historia en Moscú cuando el Octavo Congreso de los Soviets aprobaron y Joseph Stalin firmó la Constitución Soviética de 1936.

También conocida como la “Constitución de Stalin,” el documento fue elogiado por los líderes soviéticos como “la más democrática en el mundo.” De hecho, era un documento revolucionario ̶ y ni siquiera primordialmente por su ideología abiertamente socialista. Lo que la hizo tan impactante era que otorgaba más derechos -cívicos, políticos, y personales- que casi cualquier otra constitución occidental (o, para el caso, que lo hace hoy) Olvídese del derecho universal al voto, las cinco libertades otorgadas en la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, o el derecho a la privacidad; la Constitución Soviética garantizaba todo eso y más. Estaba el derecho al “descanso y el ocio,” “el derecho a la manutención en la ancianidad y también en el caso de enfermedad o pérdida de capacidad para trabajar,” y el “derecho al empleo y pago por su trabajo de acuerdo con su cantidad y calidad.”

A pesar de su nueva e igualitaria Constitución, los dos años que le siguieron se destacaron por el escalamiento del terror y la campaña de Stalin de “eliminar a miembros disidentes del Partido Comunista y a cualquiera que él consideró como una amenaza.” Más de 750.000 personas fueron ejecutadas y más de un millón fueron ubicadas en el Gulag (un sistema de campos de trabajos forzados). Este período se llegó a conocer como la Gran Purga. En décadas subsecuentes, muchos millones más de personas fueron asesinadas por hambrunas, causadas por una economía manejada por el estado profundamente ineficiente, mientras que otros fueron asesinados por sostener puntos de vista disidentes. Los ciudadanos no tenían derecho a protestar contra el gobierno, a unirse a un sindicato que no fuera controlado por el estado, o incluso dejar el estado sin permiso expreso del gobierno.

Todo esto se hizo en nombre de crear una sociedad mejor; y se hizo, a pesar del lenguaje elevado, centrado en los derechos, de su nueva Constitución. En otras palabras, a pesar de consagrar la utopía en la ley, la URSS terminó siendo uno de los países peores y más represivos en la historia.

Por tanto, la pregunta que se debe hacer es: ¿cómo pudo esto suceder? ¿Cómo pudo el terror y brutalidad de la Unión Soviética suceder, a pesar de una Constitución aparentemente tan progresista y de amplias miras?

La respuesta es sorprendentemente sencilla ̶ y también instructiva para nuestra propia época.

EL PROPÓSITO DE UNA CONSTITUCIÓN

Los horrores de la URSS fueron capaces de darse, a pesar de todos los derechos incluidos en su Constitución, por dos razones.

La primera razón es que el marco desarrollado por la Constitución de la URSS -y las estructuras que puso en su sitio- no impidieron la centralización del poder. De hecho, en realidad, hizo lo opuesto, al mantener el poder absoluto del Partido Comunista, a la vez que otorgaba jurisdicción al gobierno sobre básicamente toda área de la vida.

No obstante, la creación de sistemas diseñados para mantener el poder total fuera de las manos de cualquier grupo es tanto el propósito como la señal de una constitución fuerte. Ella asegura que, aún si a algunas personas les gustaría violar los derechos de otros -ya sea para una ganancia personal o por razones ideológicas- estas no podrán hacerlo debido a que hay frenos y contrapesos sobre la cantidad de poder que puede acumular algún individuo o cuerpo.

La segunda razón es que la Constitución de la URSS consagró una visión utópica en una ley. El asunto es que, por supuesto, es imposible lograr una utopía ̶ aún si uno la incluye en una constitución.

Pero, ¿qué es lo que, en realidad, hace utópica a una constitución?

Para responder la pregunta, debemos hacer una distinción entre dos ideas muy diferentes acerca de dónde vienen nuestros derechos y cuál es, en la realidad, el papel del gobierno en sociedad.

Muchos creen, incluyendo los Padres Fundadores de Estados Unidos, que nuestros derechos preexisten al gobierno ̶ que ellos son concedidos ya bien sea por Dios o simplemente son un hecho de la naturaleza, dependiendo de su perspectiva.
El papel del gobierno es proteger estos derechos, los que tradicionalmente son mencionados como derechos “negativos” y protegen a los individuos de ser sujetos a una acción por parte de otra persona o grupo (tal como un gobierno). El ejemplo más prominente de este enfoque es la Constitución de los Estados Unidos.

Otros creen que los derechos son otorgados por gobiernos y que, como con el tiempo cambian esas circunstancias, los gobiernos deberían otorgar más derechos a la gente. Este grupo cree que el papel del gobierno es ir más allá de proteger derechos individuales y, en realidad, garantizar cosas a sus ciudadanos ̶ esas “cosas” siendo tradicionalmente llamadas derechos “positivos.” Esta es la visión “utópica.”

En un ensayo del 2019, el presidente emérito de la Fundación para la Educación Económica, Lawrence W. Reed, buscó explicar la diferencia esencial entre los dos, al escribir primeramente una lista de las cosas que -desde su perspectiva- son derechos y cosas que no son derechos. La primera lista incluyó cosas como la vida, los pensamientos, y la expresión de uno; la última lista incluyó cosas como acceso a la internet, educación financiada por los contribuyentes, y el vehículo de otra persona.

Él explica la distinción clave entre las dos listas.

“En el caso de la primera lista, nada se requiere de otras personas, excepto que ellas lo dejen a usted sólo,” explicó Reed. “Pero, para que usted tenga derecho a algo de la segunda lista, se requiere que otra persona sea obligada a proveer ese algo para usted. ¡Esa es una diferencia monumental!”

En verdad que es una diferencia monumental, e ilumina la razón por la que los derechos positivos no pueden del todo ser llamados “derechos;” ellos sólo pueden ser otorgados a ciudadanos si se emplea la fuerza contra otra persona. Pero, llamar derechos a cosas que sería realmente deseables de tener, le da más poder al estado, así como mayor legitimidad para perseguir su visión utópica por cualquier medio que sea necesario. Cuando se lleva a un extremo, violar los derechos reales de otra persona puede fácilmente justificarse por ser un mal necesario, de corto plazo, que, en su momento, permitirá que florezca la utopía: un camino seguro hacia la tiranía.

En resumen
, las constituciones deberían (1) proveer un marco estable de gobierno, al establecer estructuras que impidan la centralización del poder; (2) que no sean usadas para prometer una utopía (esto es, conferir derechos positivos a gente, en donde se requiere agresión contra la persona A para asegurarle algo a la persona B).

Un orden político que ignora uno de esos hechos está condenado a fracasar; un orden político que ignora ambos, está dirigido hacia el desastre.

EJEMPLOS DEL MUNDO DE HOY

Con el paso del tiempo, muchos países han llegado a comprender que la centralización excesiva y un énfasis en derechos “positivos” en una constitución son un error. Sin embargo, aún existen algunas excepciones ̶ posiblemente la más extrema de ellas es Corea del Norte. Su Constitución garantiza todos los derechos de la Constitución de la URSS de 1936 más la “libertad de involucrarse en actividades de investigación y artísticas,” entre otras. Y, sin embargo, no hay país hoy sobre la faz de la tierra que sea menos libre que Corea del Norte, aún cuando ella ostensiblemente les garantiza a sus ciudadanos más “derechos” en su Constitución de lo que lo hace Estados Unidas en la suya. Las razones son, en mucho, las mismas que fueron para la URSS: concentración del poder y visiones utópicas.

Concedido, la URSS y Corea del Norte son ejemplos extremos, que la mayoría de personas de mente sana comprende son fracasos deprimentes. Sin embargo, un poco más controversial es un país como Venezuela, que adoptó una constitución nueva, socialista, en 1999. En ese momento, fue celebrada por millones, pero, Venezuela cayó víctima de los mismos peligros de prácticamente todo proyecto utópico dirigido por el estado que vino antes de ese, plagada por un dictador, hiperinflación, y libertades civiles en deterioro. De acuerdo con el Índice de Libertad Humana del 2021, Venezuela es el segundo país menos libre en el mundo.

Estos ejemplos contemporáneos deberían servir como recordatorios constantes de los peligros de centralizar el poder, en nombre de la igualdad o la promesa de una utopía. En vez de ello, parece que un número creciente de gente está olvidando estas lecciones del pasado, incluso entre quienes deberían saberlo mejor.

Al votar hace poco el pueblo de Chile acerca de una constitución propuesta, la que era “una versión extendida, progre, e incluso más socialista que la de Venezuela,” como la describió Daniel Di Martino en el National Review, el archivo escrito de Estados Unidos, el New York Times, enmarcó la propuesta como un bien evidente en sí mismo.

Después de hacer ver en un encabezado que la Constitución propuesta “Consagraría un Número Récord de Derechos,” el Times puso una lista de muchas características del mundo utópico que los artífices de la Constitución chilena propuesta habían imaginado: “Cuido universal de la salud pública; paridad de género en el gobierno; empoderamiento de los sindicatos; mayor autonomía para grupos indígenas; derechos para animales y la naturaleza; y derechos constitucionales a vivienda, educación, beneficios de pensiones, acceso a internet, aire limpio, agua, higiene y cuido ‘desde el nacimiento hasta la muerte.’”

¿Quién podría estar en contra de algo como eso?

Bueno, para empezar, el pueblo de Chile. Este, abrumadoramente, rechazó la constitución en un voto reciente, evitando lo que casi que con certeza conduciría a una expansión masiva del poder del estado.

Parece que los chilenos han aprendido una lección importante: cuando el estado llega trayendo regalos, eso siempre viene con un costo. Y esos costos usualmente son bastante elevados.

Jack Elbaum fue compañero de Escritos Hazlitt en la Fundación para la Educación Económica y es un joven estudiante en la Universidad George Washington. Sus escritos han aparecido en the Wall Street Journal, Newsweek, The New York Post, y el Washington Examiner.

Traducido por Jorge Corrales Quesada.