FUE SIN QUERER QUERIENDO

Por Jorge Corrales Quesada

Cuando leo artículo como el de La Nación del 18 de julio, bajo el titular “Error permitió avalar privilegios salariales derogados por la reforma fiscal,” no puedo impedir que llegue a mi mente aquella famosa frase del Chapulín Colorado. Simplemente es imposible pensar que se trató de un error de burócratas, quienes por años se han dedicado a revisar el contenido y procedimientos de las convenciones colectivas dentro del estado. Si hay quienes deberían conocer las limitaciones impuestas a aspectos propios de las convenciones colectivas, son precisamente los empleados del Departamento de Relaciones Laborales del ministerio de Trabajo, quienes parece que eligieron el camino de “hacerse los majes” ante lo que estaba frente a sus ojos: ajustes recientes a las reformas colectivas de cuatro importantes municipalidades del país.

Esas municipales, cuyos trabajadores se beneficiaron con la omisión ministerial, son la de La Unión (Cartago) -Tres Ríos para el vulgo- la de San Ramón (Alajuela), la de Desamparados y Pérez Zeledón (ambas de San José).

Veamos con más detalle las omisiones del ministerio de Trabajo en esas cuatro municipalidades:

1. Municipalidad de la Unión: Se avaló el pago de cesantía por 20 años, lo que incluye, además de ser por despido o jubilación, por la simple renuncia. En contraste, la reforma fiscal aprobada en diciembre señala un máximo de cesantía de 8 años y de 12 para las convenciones vigentes en la fecha de la aprobación de la reforma citada.

2. Municipalidad de San Ramón: Se aprobó que las anualidades fueran del 3% del salario base. Por el contrario, la reforma fiscal citada indicó que la regla sería de un monto nominal fijo anual, que oscila entre un 1.94% a profesionales y un 2.54% a los no profesionales.
Asimismo, se aprobó que en la convención colectiva de esa municipalidad el pago salarial fuera bisemanal, mientras que la reforma en mención determinó que el pago fuera mensual, con un adelanto quincenal.

3. Municipalidad de Pérez Zeledón: Se autorizó que las anualidades fueran del 3% del salario base. Al contrario, la reforma fiscal citada indicó que la regla sería de un monto nominal fijo anual que oscila entre un 1.94% a profesionales y de un 2.54% a los no profesionales.

Igualmente, ese aceptó en su convención colectiva un pago de cesantía que oscila entre 8 y 20 años, según la antigüedad, y se da por despido o jubilación, así como ante la renuncia. En contraste, la reforma fiscal citada señala un máximo de 8 años y de 12 para las convenciones vigentes en la fecha de la aprobación de la reforma citada.

4. Municipalidad de Desamparados: Se avaló el pago de cesantía hasta por 16 años, lo que incluye, además de ser por despido o jubilación, con la simple renuncia. A diferencia, la reforma fiscal aprobada en diciembre señala un máximo de 8 años y de 12 para las convenciones vigentes en la fecha de la aprobación de la reforma citada.

También, en la convención colectiva aprobada por el ministerio de Trabajo se permitió que el pago salarial fuera bisemanal, en tanto que la reforma citada señaló que el pago fuera mensual, con un adelanto quincenal.

Igualmente, en cuanto a las anualidades, se accedió a que fueran el 2% del salario base, mientras que la reforma fiscal citada indicó que la regla sería de un monto nominal fijo anual, que oscila entre un 1.94% a profesionales y un 2.54% a los no profesionales.

El ministerio Trabajo, por medio de su viceministro, Ricardo Marín, señaló al medio que necesitaba “llegar a esa verdad real de los hechos… necesitamos entablar esas responsabilidades (de los funcionarios del departamento de Relaciones Laborales al mando de Ronald Salazar)… y si hubo error, entablar las responsabilidades.” Estamos avisados de la intención de ese superior en el ministerio de Trabajo. No pensemos que posiblemente no se va a hacer nada y que todo terminará en una palmadita en el dorso de las manos de los responsables. Pero, si en verdad se da algo al respecto, lo que esperamos es que no sea hasta la próxima administración, pues el caso violatorio de la normativa parece ser evidente.

Ahora un camino radica en la derogatoria de esos privilegios citados, para lo cual será necesario acudir a los juzgados de Trabajo o a la Sala Constitucional, lo que augura un largo, pero muy largo, trecho y, de ser aceptado, ya no aparecerán quienes deberán devolver los fondos públicos recibidos de más.

Alternativamente, se podría renegociar la convención correspondiente, pero eso, ¡vean qué conveniente!, “requiere del acuerdo de ambas partes” y “las convenciones colectivas aprobadas tienen vigencia de tres años.” Nadie se la traga de que van a ir corriendo a renegociar esas convenciones, sino hasta después de esos tres años, cuando tal vez el tema se ha olvidado o ha prescrito.

Mientras que todo esto pasa, los ciudadanos contribuyentes de esos cantones pagarán esos privilegios. Ah, de paso, esas convenciones fueron firmadas, además de los dirigentes de los sindicatos, por los alcaldes correspondientes: 3 de ellos son de Liberación y uno del PUSC. No, si cuando se trata de repartir la plata de los ciudadanos, no importa el color político: son zorros del mismo pelaje.

Publicado en el sitio de ASOJOD, en los blogs del Instituto Libertad y de PuroPeriodismo, así como en mis sitios en Facebook, jorge corrales quesada y Jcorralesq Libertad, el 20 de agosto del 2019.