SIGUE LA LUCHA EN DEFENSA DE PRIVILEGIOS

Por Jorge Corrales Quesada

Era esperable que, desde distintos flancos, se desatara una férrea oposición a cualquier intención de reducir las llamadas pensiones de privilegios, pues diversos entes y personas buscan pretextos para que se mantenga la transferencia de recursos de todos los costarricenses para sufragar pensiones de privilegio, para las que nunca se contribuyó lo suficiente.

Es así como La Nación, en un comentario publicado el 9 de marzo y titulado “Sindicalistas y un exmagistrado impugnan reforma a pensiones,” nos describe algunas de las acciones legales que concretamente se han planteado para cambiar el régimen de pensiones del Poder Judicial, aprobado a fines del año pasado. Debe tenerse presente que en la actualidad el déficit financiero del régimen de ese Poder para que cumpla con todos sus compromisos, se estima en ¢5.3 billones.

Se trata de impugnaciones de 7 dirigentes sindicales de la Asociación Sindical de empleados judiciales (ANEJUD), de la Asociación Nacional de Profesionales del Poder Judicial (ANPROJUD), del Sindicato de Trabajadores Judiciales (SITRAJUD), de la Asociación de Investigadores en Criminalística y Afines (ANIC), de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Poder Judicial (ASOJUPEN), del Sindicato de la Judicatura (SINDIJUD) y de la Asociación Costarricense de la Judicatura (ACOJUD) (espero que sean todos, pues me cansé de mencionar a tantos, pues más bien se parece al monstruo mitológica La Hidra de Lerna, poseedora de múltiples cabezas en un mismo cuerpo), además de un exmagistrado de la Sala IV. (E incluya, además, en el paquete de impugnaciones a “un funcionario del sistema jurídico y el presidente de una cooperativa judicial.”

Cada uno de ellos apela distintas partes de la decisión legislativa citada y muchas son comunes, por lo cual me referiré, en general, a qué artículos de ella se impugnan:

1. La reducción de la pensión desde el 100% de los últimos 24 salarios a un 82% de los últimos 20 años de salarios. Además, porque se elevó la edad de retiro a 65 años en vez de 62 como era antes y porque se cambió de 30 a 35 años los requeridos como mínimo para poder pensionarse. (Artículo 224)

2. Anteriormente menores de 60 años podían acogerse a una pensión anticipada, ahora es de 60 años para las mujeres y 62 para los hombres (la impugnación no es por esa clara discriminación, sino en general). Además, pues se aumentó de 10 a 20 años el número de años requeridos para acogerse a esa pensión anticipada. (Artículos 224bis y 226)

3. Porque se cambió la forma de cálculo de la pensión por incapacidad. (Artículo 227)

4. Por el aumento en la cotización del trabajador, que pasó del 11% al 13%, a la vez que se conservó el aporte estatal de 1.24% (igual que el del IVM de la Caja) y el del Poder Judicial como patrono de un 14.36%. (Artículo 236)

5. Dado que la reforma introdujo las llamadas “contribuciones solidarias”, graduadas entre un 35% y un 55%, cuando la pensión sobrepasa los ¢4 millones mensuales. (Artículo 236bis)

6. Contra un transitorio de la nueva ley, que da 18 meses a partir de su promulgación, para que los funcionarios del Poder Judicial se pensionen con las condiciones (de privilegio) del régimen anterior. (Transitorio VI)

Se presentan muchas variaciones sobre los mismos temas, pero debo destacar algo que simplemente como argumento es pobre, cual es la opinión de un accionante, representante de SITRAJUD, en torno a la nueva legislación que eleva a 20 años los que debe laborar un empleado de la Corte para poder jubilarse, quien dijo que “dicho cambio deja en indefensión a los familiares de los funcionarios que fallezcan antes de llegar a ese punto.” Sin palabras…

El hecho es que siguen peleando por sus privilegios y, dado que conocen los intríngulis judiciales, cabe ver si quienes votan ante las impugnaciones judiciales tienen un interés o beneficio directo o indirecto en ellas: si no son juez y parte, como decimos los de a pie.
Tristemente entre el gremio judicial, al menos en los sindicatos organizados a lo interno de ese Poder, parece primar el interés de seguir recibiendo pensiones de lujo para las cuales no contribuyeron personalmente lo suficiente y que ahora son sufragadas por toda la ciudadanía mediante el presupuesto gubernamental.

Publicado en el sitio de ASOJOD, en los blogs del Instituto Libertad y de PuroPeriodismo, así como en mis sitios en Facebook, jorge corrales quesada y Jcorralesq Libertad, el 16 de abril del 2019.