ACERCA DE SALARIOS EN EL PODER JUDICIAL

Por Jorge Corrales Quesada

Al valorar el tema de los salarios percibidos en el Poder Judicial, no se trata de satanizar a sus empleados. Ciertamente un funcionario judicial, encargado de tomar decisiones básicas acerca de la vida y hacienda de los ciudadanos, requiere de mucho estudio (más con sistemas de leyes tan alambicados como el nuestro), lo que podría requerir una mejor remuneración que otras ocupaciones, a la vez, independientemente del prestigio de laborar en esa entidad lo que podría significar que se puede pagar menos por atraer gente bien calificada, lo cierto es que, dado que esos recursos son pagados por toda la ciudadanía, vale la pena sujetarlos a una vigilancia constante de los ciudadanos, a fin de evitar su desborde.

De entrada, no acepto el argumento, que podría ser argüido, de que, si no se les paga bien, se abren a la corrupción, pues, si se desea ser corrupto, conceptualmente no hay monto salarial percibido que impida a esa persona acrecentar su fortuna indebidamente. Por algo existe la moral como ordenadora de nuestro comportamiento.

Ante esto, se cae en una perspectiva difícil al definir el monto de un salario apropiado para que el funcionario sea honrado y, todavía más, que permanezca en una institución que requiere de personal (no todo) bien calificado. Pero, un elemento esencial en este análisis debe ser la capacidad que puede tener el estado para pagar lo “deseable”: la realidad de las finanzas gubernamentales debe ser primordial. De hecho, si se deseara tener a los mejores altos funcionarios en el ámbito judicial, difícilmente el gobierno puede competir con lo que algunos de ellos ganan laborando privadamente.

Dicho lo anterior, el ciudadano debería tener alguna manera de incidir en esos pagos, pues, lamentablemente para lo que pueden pensar algunos, esta no es una república platónica de jueces, ni se trata de un reino independiente, sino del uso de fondos que todos los ciudadanos aportamos al fisco. Además, estos fondos tienen usos alternativos: cuando se gasta en algo, se deja de gastar en alguna otra cosa, que incluso podría ser preferida por los ciudadanos en comparación con la primera. Ante esto, la introducción de mecanismos alternativos de resolución de conflictos resulta ser un gran paso en el ámbito legal de nuestro país, al existir elementos competitivos de mercado en la determinación de los “jueces” que habrán de decidir en estos casos, pues ya no son los únicos que, en su momento, existen para decidir en los tribunales ordinarios del Poder Judicial. La disminución de recursos (costos) en la impartición de justicia de forma privada es positiva, pues los costos tienden a ser inferiores a la pública. Si bien, tal sistema de justicia es más eficiente en lo administrativo o civil que en lo penal.

En todo caso, es oportuno que el ciudadano conozca al menos una parte de la estructura de costos de nuestro Poder Judicial, como son los salarios que en él hoy se pagan. Un análisis se muestra en el comentario de La Nación del 20 de octubre, titulado “1.800 funcionarios del Poder Judicial ganan más de ¢3 millones al mes,” así como en otro del 26 de junio, titulado “Conozca los 21 incentivos más caros para el Poder Judicial.”

Una característica de ese esquema salarial es el alto porcentaje que, del total de la planilla de la Corte, representa el pago de 1.795 funcionarios: un 13%. De una planilla mensual de ¢20.090 millones, ese grupo se lleva ¢6.180 millones; esto es, casi una tercera parte. Ese grupo de 1.795 funcionarios, está compuesto de dos subgrupos: uno de ellos de 25 altos funcionarios, quienes reciben ingresos superiores a ¢6 millones o más al mes, con un promedio de ¢7.8 millones mensuales. El grupo de los restantes 1.770 recibe entre ¢3 y ¢6 millones al mes, con un promedio de aproximadamente ¢3.4 millones al mes. El sueldo más elevado en el grupo total es el de un magistrado, quien recibe ¢9.5 millones mensualmente.

El 49% del total de empleados del Poder Judicial (6.660) recibe un sueldo mensual mayor a ¢1 millón, mientras que un 24% recibe entre ¢500.000 y ¢750.000 al mes. Un 7.5% recibe menos de ¢500.000 cada mes.

El presupuesto total del Poder Judicial en el 2018 es de aproximadamente ¢474.000 millones. De ellos, casi ¢384.000 millones van a remuneraciones, de lo cual ¢155.000 millones van a pluses y ¢229.000 a salarios base. Ante esto, casi un 40% de las remuneraciones se dedica al pago pluses y el 60% restante a salarios base. Así, los pluses equivalen a un 67% del total de salario base.

Entre esos pluses están “anualidades, dedicación exclusiva, disponibilidad, compensación por vacaciones, salario escolar, recargo de funciones,” además de uno de ellos muy particular y de un monto comparativamente mayor, denominado “otros incentivos salariales,” constituido por “un grupo de 21 privilegios exclusivos para funcionarios judiciales.” Estos 21 privilegios que ascienden a un total de aproximadamente ¢60.000 millones (un 38.7% del total de la partida para todos los pluses) son otorgados a sus funcionarios y comprende los siguientes:

1. Índice Gerencial: 97.2% del salario base. Se otorga a la denominada “clase gerencial” formada por 46 personas.

2. Índice de Competitividad Salarial: Entre el 11 y el 23.37% del salario base y cubre a pensionados de ese Poder. Los jueces reciben un plus que va de un 21.25 a un 22.37%, los magistrados un 22.75% y los miembros del Consejo Superior un 22.37%.

3. Reconocimiento por el Ejercicio de la Función Judicial: Entre 10 y 30% del salario base. Cubre a todos los empleados de ese Poder.
4. Sobresueldo por Magistratura: ¢800.000 mensuales para “mantener” el salario de los magistrados.

5. Sobresueldo por Coordinación de Defensores Públicos: Va del 5 al 10% del sueldo base de los coordinadores, según el número de defensores a su cargo.

6. Sobresueldo por Coordinación de Jueces: Entre 5 y 10% del sueldo base de los coordinadores, según el número de defensores a su cargo.

7. Sobresueldo por Coordinación de Profesionales: De 5 a 10% del sueldo base de peritos judiciales de trabajo social o psicología, según el número de defensores a su cargo.

8. Sobresueldo por Recargo de Funciones: Pago extra que depende de la diferencia entre el sueldo previo que se tenía y las del nuevo puesto que se desempeña.

9. Pago de Chofer de Magistrado: 10% del salario base por esa función “especial.”

10. Pago por Regionalización: 25% sobre el salario por laborar en zona peligrosa.

11. Pago por Variación de Jornada: 20% del sueldo base para trabajadores del OIJ.

12. Pago por Laudo: De ¢3.000 a ¢20.000 para todos los profesionales en derecho.

13. Plus por Ley de Incentivos Médicos: Un porcentaje sobre el sueldo para médicos del Poder Judicial.

14. Bono por Exclusividad Policial: 15% sobre el salario base a policías judiciales en investigaciones criminales que requieren de disponibilidad absoluta.

15. Pago de Pasos por Capacitación: a funcionarios no profesionales que se capaciten.

16. Compensación por Riesgo Radiológico: 5% sobre el salario básico a quienes, por su trabajo, quedan expuestos a rayos X.

17. Pago por Peligrosidad: 10% sobre el sueldo a empleados del OIJ, 5% a jueces penales y a quienes manipulen sustancias peligrosas.

18. Monto Extra Pagado por Carrera Profesional: El punto vale ¢2.631 (indexado por inflación). Se otorgan 10 por bachillerato universitario, 20 por licenciatura y 40 por maestría. También se da por experiencia profesional, publicaciones, carreras en organismos internacionales, docencia en la escuela judicial, así al asumir ciertas responsabilidades en sus funciones.

19. Dietas: Para funcionarios que forman parte de consejos del Poder Judicial y que deben asistir fuera de sus horas normales de trabajo.

20. Horas Extra: Pago por labores fuera de la jornada oficial.

21. Pago por Zonaje: Entre 15 y 20% del sueldo base del empleado que tenga que cambiar de domicilio por razones de su trabajo.

¿Cree el lector que hay un buen espacio para entrarle a esos temas de altos salarios y pluses en el Poder Judicial, para que sean acordes con la competitividad de esos funcionarios y sin menoscabar su preparación? Tengan presente que todo esto es pagado por los contribuyentes, quienes hoy enfrentamos más impuestos ante una seria crisis de la economía, pero se hace indispensable reducir el gasto gubernamental. Esa preferencia o voluntad soberana ciudadana deberá ejercerse lo más razonadamente posible, pues en nuestra nación no hay reinos, ni feudos, ni abstracciones totales, cubiertas por autonomías, que nos impidan velar por el uso adecuado y apropiado de nuestros propios recursos: pagamos esas cuentas y debemos determinar, de una u otra forma, qué tanto queremos pagar de ellas.

Publicado en el sitio de ASOJOD, en los blogs del Instituto Libertad y de PuroPeriodismo, así como en mis sitios en Facebook, jorge corrales quesada y Jcorralesq Libertad, el 20 de noviembre del 2018.