PRIVILEGIOS EN CONVENCIONES COLECTIVAS MUNICIPALES

Por Jorge Corrales Quesada

Un artículo de La Nación del 11 de setiembre, titulado “Convenciones de 27 municipios suman décadas sin revisión,” señala algunas cosas que comentaré luego, pero, me parece, es casi totalmente omiso acerca de qué privilegios se cobijan bajo esas convenciones, pues, como expondré luego, sólo hace unas pocas referencias al tema.

Lo cierto es que poco importa cuantos años de existencia tienen esas convenciones colectivas, pues podemos pensar que alguna de ellas podría tener acuerdos “razonables,” que se han mantenido a lo largo del tiempo y que no se traducen, por no tener esos privilegios, en algo indebido que deba ser cubierto por los ciudadanos de esos municipios. Otras, por el contrario, bien podrían aparecer como recientemente negociadas y lo que tienen es un montón de privilegios. Lo importante no es qué tan antigua sea una convención como esas, sino qué privilegios odiosos contiene. Mejor sería analizar la evolución de esas convenciones durante décadas recientes, pues, tal vez, se vería un crecimiento indeseable de esos pluses. Por eso, me parece que el contenido del artículo es muy pobre, con algunas excepciones.

La vigencia de esas convenciones es “de dos a tres años y para modificarlos es necesario que, un mes antes de vencer, se denuncie ante (el ministerio de) Trabajo.” O sea, que lo expuesto de “décadas sin revisión” sería de mayor interés si se analizara si tal ausencia de revisión se debió a la complacencia de las partes con el acuerdo porque, porque ya contiene muchos pluses o bien por otras razones que merecemos conocerlas.

Eso sí, el medio indica que “el principal beneficio de las convenciones es el pago de cesantía por más de 12 años,” que, bien lo sabemos (sin entender su porqué) la Sala IV estableció como el máximo período para recibirlo. De las 48 convenciones colectivas municipales analizadas en el artículo, en 18 municipios el tope de la cesantía es de 20 años, en 16 no se tiene límite alguno, en 6 de ellos es de 12 años o menos y de los 8 restantes no se indica nada. Asimismo, menciona el artículo que “los convenios también incorporan inventivos monetarios cuando muere un familiar y bonos para comprar útiles al comienzo del curso lectivo,” pero intuyo que en algunas municipalidades otros pluses son mucho más amplios y onerosos que los así citados.

En todo caso, este es un asunto que, en este destape de privilegios que estamos viviendo en nuestro país, en mucho gracias a las redes, y a esfuerzos de buena información en medios, se debe analizar con mayor profundidad y detalle, pues, después de todo, cualquier plus que se contenga en esas convenciones es pagado por los ciudadanos contribuyentes de sus municipios. Y ellos merecen saber eso.

Publicado en mis sitios de Facebook jorge corrales q y Jcorralesq Libertad, el 1 de octubre del 2018.