METÁSTASIS EN CESANTÍAS

Por Jorge Corrales Quesada

Del abuso con privilegios no se escapan las municipalidades -y me abstendré de hablar acerca de los altos salarios que ganan algunos alcaldes jerarcas en ciertas municipalidades (valdría la pena que algún medio hiciera el recuento)- como es el caso con el auxilio de cesantía. Incluso, siendo permisivo en cuanto a que el tope de la cesantía en los entes públicos sea de 12 años, cuatro años más que los indicados en el Código de Trabajo para los trabajadores en general del sector privado, la lista de quienes lo exceden es alta. O sea, he aquí tres listados, con base en un artículo de La Nación del 16 de junio titulado “47 municipalidades exceden tope de 12 años en cesantía: Convenciones otorgan incentivo mayor al fijado por Sala IV,” tanto el de las municipalidades que pagan cesantía en exceso de 12 años, así como de municipios en donde no hay limite a los montos por cesantía, al igual que los ayuntamientos en donde se paga la cesantía aún en el caso en que medie renuncia o terminación voluntaria del contrato (recuerden que el auxilio de cesantía en el Código de Trabajo se otorga sólo al pensionarse el trabajador o cuando se le destituye por voluntad del patrono y así se aplica al trabajador privado).

La base de estos listados deviene de 52 municipalidades que poseen convenciones colectivas registradas ante el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social.

Empecemos por las

13 MUNIPALIDADES EN LAS QUE LA CESANTÍA ES ILIMITADA (sus convenciones colectivas no definen un número de años como límite para otorgar la cesantía):

(1) Acosta; (2) Curridabat; (3) Goicoechea; (4) Grecia; (5) Liberia; (6) Orotina; (7) Pococí; (8) San Carlos; (9) San Mateo; (10) Santa Cruz; (11) Siquirres; (12) Talamanca y (13) Tilarán.

A la vez, están las

28 MUNICIPALIDADES EN LAS QUE SE PAGA LA CESANTÍA AÚN EN EL CASO DE RENUNCIA O TERMINACIÓN DE CONTRATO VOLUNTARIO:

(1) Abangares; (2) Acosta; (3) Atenas; (4) Cartago; (5) Curridabat; (6) Desamparados; (7) Garabito; (8) Goicoechea; (9) Golfito; (10) Grecia; (11) Guácimo; (12) Heredia; (13) La Unión; (14) Liberia: (15) Limón; (16) Los Chiles; (17) Matina; (18) Pococí; (19) Puntarenas; (20) San Carlos; (21) San José; (22) San Mateo; (23) Santa Cruz; (24) Siquirres; (25) Talamanca y (26) Tilarán.

Y quienes tienen un límite, pero en exceso de 12 años (lamentablemente la información del medio no indica el número exacto de años en que se excede a esos doce años en este conjunto de municipalidades), son

35 MUNICIPALIDADES EN LAS QUE SE PAGA UNA CESANTÍA EN UN NÚMERO DEFINIDO DE AÑOS, PERO DE MÁS DE 12 AÑOS:

(1) Abangares; (2) Acosta (no tengo claro por qué el medio le indica aquí un número definido de años, a la vez que en la columna anterior la señala como sin límite de años); (3) Quepos; (4) Alajuelita; (5) Aserrí; (6) Atenas; (7) La Cruz; (8) Carrillo; (9) Cartago; (10) Vásquez de Coronado; (11) Cañas; (12) Desamparados; (13) Escazú; (14) Garabito; (15) Golfito; (16) Guácimo; (17) Heredia; (18) La Unión; (19) Limón; (20) Los Chiles; (21) Matina; (22) Montes de Oca; (23) Montes de Oro; (24) Mora; (25) Moravia; (26) Nicoya; (27) Paraíso; (28) Pérez Zeledón; (29) Puntarenas; (30) San Rafael de Heredia; (31) San José; (32) San Ramón; (33) Santa Ana; (34) Tibás y (35) Turrialba.

Recuerden los ciudadanos, al pagar los impuestos a las propiedades, por los servicios municipales o las patentes o cualquier otro costo que tenga que pagarle a la municipalidad, que sin duda son la fuente para los pagos de estos pluses abusivos: no hay tal cosa como un almuerzo gratuito; todo esto debe pagarse por los contribuyentes; con sus recursos se fondeen los abusivos casos de cesantía señalados. El cáncer de los privilegios en los tres poderes de la República ha hecho su metástasis a los gobiernos locales.

Publicado en el sitio de ASOJOD, en los blogs del Instituto Libertad y de PuroPeriodismo, así como en mis sitios en Facebook, jorge corrales quesada y Jcorralesq Libertad, el 24 de julio del 2018.