APÚRENSE A RENUNCIAR

Por Jorge Corrales Quesada

Se ha hecho evidente a la ciudadanía el privilegio de ciertas convenciones colectivas en donde la cesantía es de 20 años y porque también le es pagada ante la renuncia del funcionario. Ello a diferencia del Código de Trabajo, el cual estipula que la cesantía se otorga por un máximo de ocho años y sólo cuando hay un despido sin causa justificada o bien al pensionarse el beneficiario.

Si bien no entiendo la razón por la cual la Sala Constitucional consideró que ese tope de la cesantía para los funcionarios públicos debería ser de doce años y no más, siempre está por encima del auxilio para la mayoría de los trabajadores del país, que, como sabemos, es de ocho años. Asimismo, la nueva resolución de la Sala Constitucional eliminó la prerrogativa de obtener la cesantía cuando se renunciaba y determinó que rigiera tal como lo establece el Código de Trabajo.

Debe tenerse presente que esa resolución de la Sala IV declaró la inconstitucionalidad sobre esos dos temas citados, para el caso de la convención colectiva del Banco Crédito Agrícola, pero, sin duda, establece un parámetro para otras posibles acciones de inconstitucionalidad contra convenciones colectivas en el sector público, que excedan esos nuevos parámetros señalados. Es decir, están avisados...

Pero, como era de esperar y ante tal expectativa, muchos funcionarios públicos que hoy aún tienen esos dos privilegios -cesantía superior a 12 años y poder solicitar por sí mismo el pago de ella al renunciar- la conducta esperable ya se ha presentado.

En efecto, en cuatro de las instituciones en que se tienen esos dos privilegios, como son RECOPE, JAPDEVA, Fuerza y Luz y el INS, muchos funcionarios han renunciado ante la anticipada eliminación de los pluses referidos.

Según la información suministrada por La Nación del 23 de junio, titulada “Ola de renuncias por resoluciones que anulan las cesantías de lujo: Funcionarios se van para no perder pago de 20 años,” lo observado este año hasta la fecha del artículo en esas cuatro instituciones gubernamentales, es lo siguiente:

RECOPE: se fueron 51 empleados, de los cuales 38 son por renuncia, 11 por jubilación y 2 por jubilación anticipada. Allí la cesantía es hoy de 20 años.

JAPDEVA: desde el fallo del 18 de mayo de la Sala IV antes mencionado hasta la fecha del comentario del medio, se han retirado 16 empleados, sin indicarse las razones de sus salidas. Allí la cesantía es por 20 años.

FUERZA Y LUZ: han salido 49 empleados, pero no se indican las razonas de ello. Allí la cesantía es por 20 años.

INS: se retiraron 46 empleados, de los cuales 32 fue por renuncias y 14 por jubilación o por jubilación adelantada. Allí la cesantía es por 15 años.

Es de esperar que, ante el tiempo que obviamente requerirá un nuevo fallo de la Sala Constitucional ante nuevas impugnaciones a las convenciones colectivas de entes que pagan más de 12 años por cesantía y por retiro voluntario, se acelere la salida de trabajadores, lo que les permitirá obtener el mayor beneficio actual. Es un caso de costo-beneficio relativamente fácil de resolver: mejor pájaro en mano que cien volando.

Por supuesto, esos privilegios los pagaremos todos los ciudadanos. Lamentablemente el medio no indica el costo de esa salida anticipada bajo los privilegios hoy vigentes, excepto en el caso del INS, en donde esos 46 empleados significaron un desembolso de ₡1.670 millones; esto es, ₡36 millones para cada caso.

Publicado en mis sitios de Facebook jorge corrales q y Jcorralesq Libertad, el 22 de julio del 2018.