BUENA NOTICIA... A MEDIAS

Por Jorge Corrales Quesada

Al resolver la Sala Constitucional acerca de la convención colectiva del Banco Crédito Agrícola de Cartago (BANCRÉDITO), tomó varias decisiones que deben comentarse. Para ello, parto de que se debe tener muy presente el serio problema fiscal que sufrimos, derivado de un exceso de gastos sobre impuestos. Y que la propuesta de apenas reducir el gasto y aumentar mucho los impuestos le hará un gran daño a los costarricenses, si no le entramos en serio al origen del problema: el excesivo gasto público.

La decisión más importante, en mi opinión, es la limitación que la Sala IV impuso al plus de la cesantía, al señalar que encontró que el beneficio de 20 años de cesantía era “irracional” y “desproporcionado.” al exceder en más de un 50% el beneficio acordado en el Código de Trabajo. Adicionalmente, la Sala decidió que el beneficio no podía ser aplicado cuando el empleado renunciaba, pues, según tengo entendido, desde su creación el auxilio de cesantía estaba destinado a apoyar al trabajador cuando era despedido por voluntad del patrono o se pensionaba y no cuando el beneficiario simplemente la pedía. Ello lo señala La Nación en su artículo del 8 de junio, bajo el titular “Sala IV pone tope de 12 años a cesantía en el sector público: Alto tribunal varía jurisprudencia que reconocía 20 años.”

Asimismo, y esto es interesante, en el caso del BANCRÉDITO la Sala señaló que “es inconstitucional usar fondos públicos para el pago de servicios funerarios cuando fallece un trabajador, o para financiar la fiesta de fin de año, así como actividades sociales y deportivas,” lo cual da luz en torno a otras convenciones que están siendo cuestionadas ante la Sala y que contienen privilegios como esos. A la fecha en que esto se escribe -mediados de junio- en la Sala se encuentran en proceso de admisibilidad 12 nuevas acciones contra aspectos de convenciones colectivas, entre ellas, las del INS, JAPDEVA, Imprenta Nacional, RECOPE, Registro Nacional, Fuerza y Luz y el Banco Popular, que se adicionan a 14 acciones similares previas que también están en estudio, elevando así a 26 las acciones presentadas ante la Sala IV.
Buena suerte y que prime el interés ciudadano y no los privilegios, por los cuales algunos pocos obtienen los beneficios, pero se nos carga a todos nosotros, los que pagamos impuestos.

La siguiente es una lista de instituciones del sector público, que tienen beneficios de cesantía superiores al indicado en el Código de Trabajo de 8 años y, asimismo, mayores al límite de 12 años fijado ahora por la Sala IV:

1. VEINTE AÑOS: ICE (aunque reconoce 24 años, paga actualmente sólo 20 años), Banco Popular, Consejo Nacional de Producción, RECOPE, Caja del Seguro Social, Fuerza y Luz, JAPDEVA, Junta de Protección Social, Banco de Costa Rica, BANCRÉDITO, Banco Nacional, Municipalidades de Alajuela, San Carlos, Santa Cruz, Pococí, San José, La Unión, Liberia, Puntarenas y Limón.

2. DIECIOCHO AÑOS: Instituto Tecnológico.

3. DIECISÉIS AÑOS: Municipalidad de Desamparados.

4. QUINCE AÑOS: INS (sólo para quienes ingresaron después de enero del 2016; los que ingresaron previamente disfrutan de una cesantía de 20 años), las Universidades de Costa Rica y la Nacional, y las Municipalidades de Cartago, Heredia y Golfito.

Eso sí, debo manifestar algo que no entiendo de la decisión citada de la Sala Constitucional, cual es la razón de ¿por qué un 50% de más años de cesantía que lo indicado en el Código de Trabajo de 8 años es “racional” y “proporcionado”? ¿Cuál es la lógica de ese porcentaje, que define la racionalidad versus la irracionalidad y a la desproporción ante la proporción? Debido a que es “racional y proporcionado” cuando la cesantía es de 12 años, entonces, si excede a esos años, o si queda corta de ese punto de quiebre definido por la Sala, ¿es irracional y desproporcionado que la cesantía sea de menos de 12 años? Mejor punto de referencia es el que define el Código de Trabajo de 8 años, que no privilegia a grupo laboral alguno, sino que es aplicable a cualquier relación laboral existente en la sociedad.

No dudo que más de uno saldrá con que el asunto es sólo de “soplar y hacer botellas” y dirá que, entonces, la cesantía universal en el país debería ser de 12 años. Claro, como si eso no costara en recursos y como si eso no elevara todos los costos de toda la producción nacional, lo cual afectaría todos los salarios en términos de su poder adquisitivo, además de que perdemos competitividad en el complejo mercado internacional.

Publicado en mis sitios de Facebook jorge corrales q y Jcorralesq Libertad, el 13 de julio del 2018.