COMPARACIÓN DE PROPUESTAS DE REFORMA LEGISLATIVA A LAS PENSIONES JUDICIALES

Por Jorge Corrales Quesada


La Nación del 22 de agosto, en un artículo titulado “Plan de la Corte y gremios provocaría déficit de ₡3 billones: Alerta de Instituto de Investigaciones Económica de la UCR”, presenta un cuadro comparativo de la situación vigente, de la reforma dictaminada por la comisión de diputados que analiza el sistema de pensiones de la Corte, del texto que presenta este cuerpo y los gremios sindicales de dicho poder y el último planteamiento del Instituto de Investigaciones Económicas de la UCR.

Un contraste de estas propuestas en algunas de las más importantes características relacionadas con el régimen de pensiones del Poder Judicial, brinda una presentación entendible para el ciudadano, de qué es lo que está en juego. Veamos los elementos que caracterizan a las diferentes propuestas mencionadas:

Cálculo de la pensión:

Situación actual: 100% del promedio de los últimos 24 salarios.
Dictamen de la Comisión: 85% del promedio de los últimos 240 salarios.
Propuesta de la Corte: 65% del promedio de los últimos 120 salarios.
Recomendación UCR: 85% del promedio de los últimos 24 salarios.

Edad de jubilación ordinaria:

Situación actual: 60 años.
Dictamen de la Comisión: 65 años.
Propuesta de la Corte: 60 para mujeres y 62 para hombres
Recomendación UCR: 65 años.

Años de servicios para jubilación ordinaria:

Situación actual: 30 años.
Dictamen de la Comisión: 35 años
Propuesta de la Corte: 35 años:
Recomendación UCR: 35 años.

Edad mínima para obtener pensión anticipada:

Situación actual: 55 años.
Dictamen de la Comisión: 62 años para hombres y 60 para mujeres
Propuesta de la Corte: No hay información.
Recomendación UCR: 62 años para hombres y 60 para mujeres.

Pensión máxima:

Situación actual: No hay tope.
Dictamen de la Comisión: ₡4 millones.
Propuesta de la Corte: ₡4 millones.
Recomendación UCR: ₡4 millones.

Aporte solidario de pensionados al momento:

Situación actual: No hay.
Dictamen de la Comisión: 50% de lo que exceda el tope de ₡4 millones.
Propuesta de la Corte: 20% de lo que exceda el tope de ₡4 millones.
Recomendación UCR: 50% de lo que exceda el tope de ₡4 millones.

Porcentaje del salario que debe cotizar cada empleado:

Situación actual: 11%
Dictamen de la Comisión: Aumento gradual según salario desde un 11% hasta un 15%.
Propuesta de la Corte: 11% y que aumentaría a 15% si lo propone un estudio actuarial.
Recomendación UCR: 15%.

Cotización del patrono-estado:

Situación actual: 15.6% (el estado desembolsa un 1.24% y la Corte un 14.36%).
Dictamen de la Comisión: 15.6% (el estado desembolsa un 1.24% y la Corte un 14.36%).
Propuesta de la Corte: 15.6% (el estado desembolsa un 1.24% y la Corte un 14.36%).
Recomendación UCR: 15.6% (el estado desembolsa un 1.24% y la Corte un 14.36%).

Una información importante citada en el artículo de La Nación es que la UCR estima que el propuesta de la Corte y los gremios provocaría un déficit actuarial de ₡3 billones (o sea, para tener una idea, ₡3.000.000.000.000). Es de esperar que este hueco será llenado con el aporte de todos los contribuyentes; esto, es, por el presupuesto de la República. Pero, también la UCR expone que la propuesta legislativa “del dictamen de minoría no pasa una prueba rigurosa de solvencia actuarial.” El informe del medio no indica cuánto sería el déficit del sistema de pensiones del Poder Judicial si se aprueba el dictamen de la comisión, pero todo parece indicar que sería también muy elevado.

En síntesis, cualquiera que sea la propuesta que se apruebe, el régimen de pensiones de la Corte no sería actuarialmente solvente, teniendo, por tanto, en última instancia que proseguirse con el traslado de recursos de la ciudadanía a un sistema especial de pensiones privilegiadas.

Publicado en mis sitios de Facebook, jorge corrales quesada y Jcorralesq Libertad, el 28 de setiembre del 2017.