MILTON FRIEDMAN Y LOS COLEGIOS PROFESIONALES
Por Jorge Corrales Quesada
Conferencia brindada en celebración del natalicio de Milton Friedman
Universidad Autónoma de Centro América, 29 de julio del 2016

Muy buenas noches a todos ustedes.

Agradezco que se me invitara por parte del Instituto Libertad y de la Universidad Autónoma de Centro América para que les brindara unas palabras, al celebrarse pasado mañana el 104 aniversario del nacimiento de ese gran pensador liberal moderno, Milton Friedman. Escogí el tema de las licencias profesionales y, particularmente, de los llamados colegios profesionales, con base en lo que Friedman expuso en el capítulo IX de su famosa obra Capitalismo y Libertad escrita en 1962, si bien él, junto con su colega Simon Kuznets, escribieron en 1945 un libro titulado Ingresos de la Práctica Profesional Independiente, en donde se refirieron a las restricciones a la entrada profesional en el área médica, que permitía a los médicos cobrar más caro por sus consultas, en comparación a lo que pasaría en un mercado competitivo.

Me centraré en lo expuesto en Capitalismo y Libertad. Las licencias profesionales -permiso para trabajar en una profesión- son un caso particular de su crítica más amplia al poder monopólico del estado, que incluiría temas como sus monopolios, la legislación de salarios mínimos, cuotas de importación, entre otros, que poseen la característica de que el estado impone las condiciones que deben cumplirse, para que el individuo pueda llegar a acuerdos con otros.

En esa limitación muy generalizada que existe en los Estados Unidos para el ejercicio profesional más diverso -como peluqueros, carpinteros, cosmetólogos, plomeros, abogados, médicos, ingenieros, electricistas, y un largo etcétera- la regla es una restricción impuesta por o con el apoyo del gobierno, que impide al individuo ejercer una labor, si no cumple con una serie de condiciones que el gobierno le impone.

Por ser de mayor trascendencia en nuestro país el caso de los colegios profesionales, me referiré tan sólo a este ámbito de restricciones al ejercicio laboral.

Sólo la página web del Colegio de Profesionales Universitarios de Costa Rica, da una lista de 28 colegios profesionales asociados y, francamente, no sé si esos son todos los colegios profesionales que existen, pues podría haber otros que no son miembros de tal agrupación. Pero estoy seguro de que en casi todo, en muchas partes y cosas, siempre aparece un colegio profesional. Por ello, es vital entender su razón de existir y de operar y en ello el análisis de Friedman nos es muy útil.

Un primer aspecto que se debe rescatar del análisis de Friedman se relaciona con el argumento usualmente escuchado, de que los colegios profesionales se han creado para proteger a los consumidores de falsos profesionales, de charlatanes, de brujos, de impostores, de farsantes. Nos dicen que su existencia está en función del interés público, pero la realidad de las cosas va en sentido contrario.

En primer lugar, porque la licencia para ejercer es dada por personas de su misma actividad: un grupo de profesionales logra que el estado apruebe un colegio profesional, en donde se definen las condiciones para que cada miembro de su grupo pueda negociar sus relaciones con terceros.

En segundo lugar, no son las víctimas de los supuestos charlatanes, quienes introducen reglas que regulan el comportamiento contractual de los profesionales, sino que son ellos mismos -los propios profesionales- quienes las definen y las aplican: lo primordial no es el interés público, sino el interés propio de los miembros del gremio.

En tercer lugar, uno observa que, quienes le piden a la Asamblea Legislativa que les aprueben una ley para constituir un colegio profesional, no son los consumidores interesados en evitar el daño de aquellos farsantes, sino que quienes ejercen presión para su aprobación son los propios miembros de la profesión que va a dar la licencia para ejercer.

En cuarto lugar, debe uno preguntarse el porqué de esto último. La razón es muy sencilla: porque los beneficios están concentrados en relativamente pocos -los profesionales de un gremio- mientras que los costos se diluyen entre toda una población. Ejemplo: hay muchísimo menos abogados que usuarios de sus servicios en el país y así sucede con todas las profesiones. Así, uno ve a esos profesionales de un gremio clamar por un colegio, pero no observará a consumidores pidiendo lo mismo. Como dice Friedman, “Cada uno de nosotros es un productor y también un consumidor. Sin embargo, nos especializamos más y dedicamos una fracción mayor de nuestra atención a nuestra actividad como productor, que como consumidor.” Aquellos interesados en la existencia de colegios profesionales “son grupos concentrados para quienes el tema tiene mucha mayor importancia.”

Friedman señala que esencialmente hay tres niveles de control: registro, certificación y licencia o colegiatura.

El registro es simplemente un listado en donde una persona puede poner su nombre si desea ejercer algún tipo de actividad, pero no se prohíbe ejercerla a quien no está en esa lista. Friedman lo considera un mecanismo útil para proteger del fraude a los consumidores, aunque lo importante es que en el país hay leyes que protegen a las personas del fraude. Para Friedman hay razones que podrían hacer deseable un registro de, por ejemplo, vendedores de armas o de taxistas que dan servicio en las noches, como medio para disuadir el crimen, pero la regla debe resultar de una comparación de ventajas y desventajas de así hacerlo, en vez de una regla general.

La certificación es el caso de una agencia gubernamental que certifica que un individuo posee ciertas aptitudes, pero no impide que una persona que no tenga dicha certificación pueda practicar una profesión. Puede ser otorgada por grupos privados, como es aquí el caso del Instituto de Normas Técnicas (INTECO) o las que da el llamado ISO o bien el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), entidad pública de carácter no estatal. Pero creo que es necesario que, en su momento, tengamos algo así como el Good Housekeeping estadounidense, que le brinda una garantía al consumidor de la calidad de los productos.

Una licencia se puede obtener de un organismo estatal o bien sancionado por el estado, y sin ella la persona no puede ejercer la profesión. Este es claramente nuestro caso con los llamados colegios profesionales, en donde una persona no puede ejercer su profesión sino tiene la licencia otorgada por un colegio profesional.
Si bien Friedman señala que “cualquiera de estas medidas, ya sea registro, certificación o licencia, casi que inevitablemente se convierte en una herramienta en las manos de un grupo especial de productores a fin de obtener una posición de monopolio a expensas del público, no hay forma de evitarlo.”

No entraré a analizar las características propias de algún colegio profesional en concreto; me referiré a sus características generales. Friedman, eso sí, en su libro enfatiza el caso de la Asociación Estadounidense de Medicina (American Medical Association), en mucho por sus investigaciones intensas de dicho colegio y sobre todo porque suele ser el gremio para el cual se ofrecen argumentos considerados como “poderosos” para justificar su existencia, como, por ejemplo, estar en juego la vida y la salud humanas.

Hay una enorme similitud entre un colegio profesional y un sindicato. Ambos buscan esencialmente que sus miembros obtengan un ingreso medio mayor, que el que podrían obtener si no se asociaran. Asimismo, buscarán restringir el número de entrantes, a fin de no diluir las ganancias extraordinarias obtenidas por la agrupación, mediante su posición monopólica. Igualmente, sus miembros serán disciplinados por el propio colegio, de manera que no subviertan las restricciones a las que todos sus asociados deberán estar sujetos.

Los colegios profesionales logran restringir la entrada de diversas maneras, empezando por el simple hecho de que quienes definen los requisitos para la aceptación de nuevos miembros del gremio, son profesionales de la misma rama ya establecidos; esto es, va en su interés evitar la competencia de nuevos entrantes. Por ejemplo, exigen exámenes que ellos mismos formulan y califican, así como requieren el cumplimiento de una serie de requisitos universitarios para los potenciales entrantes, que tal vez no son los mismos de ciertos entes que gozan de su preferencia o influencia, incluso definiendo sus programas de estudios. Ejemplo usual de ello son las dificultades para la incorporación de egresados de universidades extranjeras. Esto es especialmente vigente en el caso del colegio de médicos. Tales dificultades pueden inhibir a estudiantes de proseguir estudios en ciertas carreras, en donde se ponen muchos obstáculos para su incorporación. Incluso a veces la disponibilidad de prácticas previas requeridas, por ejemplo, en hospitales, se ha sesgado hacia ciertos entes, creando dificultades para los que provienen de otras universidades que no son sus preferidas o influidas.

Para Friedman, la racionalización mediante una restricción a la incorporación se promueve porque “si ‘demasiada’ gente entra a la profesión, eso reducirá los ingresos de los (profesionales) ya incorporados, de manera que acudirían a prácticas no éticas para que puedan con ello ganar el ‘ingreso debido’.” Por supuesto, que es inaceptable que un profesional deba ser pagado para que sea “ético” y no se sabría incluso cuál debe ser el límite de paga para que sea “ético. Pero, en otras ocasiones, el argumento en favor de la restricción va en que “se quiere mantener la ‘calidad’ de la profesión”. Se considera que debe existir una política profesional de calidad óptima, la cual se usa para restringir la entrada. Pero ello, equivale a decirnos que debe existir tan solo un modelo del producto y no varios o diversos, en donde el modelo es el más caro o lujoso y no el que el consumidor podría desear usar o poder adquirirlo. Es como si nos permitieran comprar sólo un Mercedes Benz y que el consumidor no pueda optar por Toyotas o lo que fuere parecido, porque son supuestamente de una calidad inferior.

También a veces los colegios, con su restricción al acceso, impiden el progreso de su ámbito profesional, pues muchas veces dichos avances surgen de personas que, sin ser miembros del colegio, correspondiente pueden innovar en su área. Por ejemplo, me parece que el reciente intento de cierta agrupación o colegio de médicos para exigir un cobro mínimo de una serie de servicios -ante lo cual los ciudadanos protestamos y al menos logramos posponer su intentona, aunque el Colegio insiste en que pronto lo hará una realidad- no es más que el de impedir formas más baratas que las determinadas por el colegio, pero que bien le podrían servir a los consumidores. Me refiero, por ejemplo, al sistema de seguros privados que cubren una serie de gastos médicos, a costos posiblemente menores que los actuales.

Además, la idea de “elevar la calidad o “los estándares competitivos” de la profesión, mediante la limitación del ingreso de miembros, olvida que siempre habrá maneras mediante las cuales los profesionales no aceptados buscarán medios para ejercer.

También esa política impulsada por el colegio de marras sirve para mantener “bien portados” a sus asociados, para que no rompan el poder monopólico del colegio, que permite mantener un precio más alto gracias a la restricción de la oferta del servicio, que es la característica esencial de un monopolio. Y no digamos que también impide formalmente a un médico que, por la razón que sea -amistad, caridad o filantropía- desea cobrar menos por el servicio.

Finalmente, en algunas profesiones se ha dicho que la colegiación sirve para proteger a los usuarios de prácticas malas o indebidas de sus miembros, pero eso no parece ser garantía, pues quienes juzgan tales conductas dentro del colegio son pares o colegas del acusado, y querrán protegerlo naturalmente. La mayor defensa del consumidor ante malas prácticas se da ante juzgados normales, no por colegas de acusados.

No me opongo a los colegios profesionales, en el entendido de que hay un derecho humano a la libre asociación. Eso sí, que no sea para causar daños a terceros, como, por ejemplo, es claro en el caso de pandillas o mafias, que son asociaciones que se hacen para dañar a terceros con sus actos. Por eso, aunque alguien podría considerar deseable prohibir la existencia de colegios profesionales, no me opongo a su existencia, en cuanto no sean un instrumento para obtener beneficios monopólicos para sus miembros, a costas de un consumidor cautivo, quien así paga más por el servicio que el que tendría que pagar en condiciones de competencia.

Es más, en Costa Rica tenemos que se exige cierta membresía para ocupar una serie de puestos de trabajo, principalmente en la administración pública, en donde nada aporta el hecho de que una persona sea colegiada o no. Con ello pretenden generar un aumento de la demanda de los servicios de sus asociados. En caso de que se deseara tener una mejor apreciación de las cualidades de los posibles contratados en el sector público, nada impide que se pueda hacer, pero sin que la colegiación sea requisito, que nada agrega, sino estableciendo cuáles características o habilidades requieren de sus empleados.

Lo que los colegios profesionales usualmente pretenden, es aumentar artificialmente la demanda de sus agremiados, lo que le permitiría fijar precios más altos por sus servicios, contrastando con los menores que los consumidores tendrían que pagar en un mercado de libre entrada y salida. Por ello, no debería permitirse la fijación de precios por los servicios de un profesional colegiado. El consumidor tiene el derecho de escoger aquello que considere es lo mejor, a un precio posible, y no que sea impuesto por una concesión monopólica del estado. Por eso, las exigencias de licencias profesionales no deben ser aceptadas, pues se traducen necesariamente en una violación de la libertad de elección de parte de los consumidores, quienes alternativamente terminan siendo el pato de la fiesta.

Muchas gracias por su atención.

Publicado en mis sitios de Facebook, jorge corrales quesada y Jcorralesq Libertad, el 31 de julio del 2016.