1976-04-03-REFLEXIONES SOBRE EL RECIENTE DISCURSO

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REFLEXIONES SOBRE EL RECIENTE DISCURSO DEL MINISTRO DE HACIENDA


La República, 03 de abril de 1976.

El pasado 29 de marzo, el señor Porfirio Morera, Ministro de Hacienda, hizo una exposición pública en la cual trató de dar una explicación congruente del por qué se hace necesario un aumento en los impuestos que pagamos los costarricenses.
Se puede plantear una serie de inquietudes, pero, por aprecio al lector, no pretendo aburrirlos con todo lo que se puede comentar sobre estos nuevos impuestos, sino que, selectivamente, me limitaré a unas cuantas observaciones.

En primer lugar, el señor Ministro señala que “este proyecto no afecta el consumo básico ni la producción, por lo tanto no afectará el nivel de precios ni el costo de la vida”.

No sé en qué se basa el señor Morera para hacer estas afirmaciones, pues él bien sabe que en su Ministerio no existe un estudio que muestre que este proyecto no va a tener un efecto negativo sobre el ahorro ni la formación de capital, así como sobre el nivel de empleo. Al contrario, es digno de prever que, en una economía plagada de incertidumbre, con expectativas inflacionarias arraigadas en las personas, con un creciente nivel de desempleo, como en apariencia lo muestra la economía nacional, un nuevo paquete de impuestos que cercene más recursos de consumidores y productores privados aumentaría los ya graves problema nacionales. En tanto el señor Ministro no pruebe lo contrario, su afirmación, de que el paquete de impuestos no afectará el consumo ni la inversión, es más bien un deseo o una cortina de humo, que un resultado lógico de las medidas que propone.

En segundo lugar, el señor Ministro debería tener muy claro cuál es el concepto económico de plusvalía y no utilizar una definición errónea para justificar un gravamen que reviste caracteres de “bárbaro”.

En un ejemplo que señala el señor Ministro, dice que “si una persona compra una propiedad en medio millón de colones y la vende luego a seiscientos mil, obtiene una ganancia de cien mil colones”. Pues bien, con el impuesto que propone el señor Ministro no se grava la ganancia de capital, sino toda la base –el capital-sobre la cual se genera la llamada ganancia de capital. Así, en el ejemplo indicado por el señor Ministro, el impuesto recaería sobre el individuo que compra en ¢500.000 la propiedad y luego, al venderla, se grava sobre los ¢600.000. O sea, dos veces recae sobre el capital y no sobre la ganancia de capital, que es tan sólo ¢1000.000 (el diferencial del precio de venta y el de compra).

Por otra parte, aún ese ¢ 100.000 de diferencial no pueden llamarse propiamente ganancias de capital. Veamos un ejemplo: supongamos que, por arte de magia, todos los precios en la economía se duplican. Así, un plátano que vale ¢0,50, cuesta ahora ¢1,00; la propiedad de medio millón vale ahora un millón y así con todos los precios. Pues bien, la llamada ganancia de capital no es real, pues todo cuesta ahora el doble; la “ganancia de capital” es tan sólo nominal, de nombre. Por ello, cuando el señor Ministro dice que “las ganancias de capital se producen, en buena medida, por las obras y mejoras realizadas por el Estado y, por consiguiente, no son sólo atribuibles a la acción directa del propietario de los bienes raíces”, tendría el señor Ministro que concluir que la inflación, que es lo que produce la mayor parte de las ganancias de capital “nominales”, es una obra o mejora realizada por el Estado. Hace mucho tiempo no encuentra uno absurdos tan evidentes, como es la pretendida justificación de este gravamen por el señor Ministro de Hacienda.

En un próximo artículo continuaré mi análisis del “Paquetazo” tributario.