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Tema: Artículos publicados en Diario La Nación 1980-1989

  1. #151
    1987-06-25-RESPONSABILIDAD GUBERNAMENTAL

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    RESPONSABILIDAD GUBERNAMENTAL
    La Nación, 25 de junio de 1987.

    Recientemente en los Estados Unidos, la Corte Suprema de esa nación decidió que, si las medidas reguladoras de urbanización afectaban el valor de una propiedad privada, el daño ocasionado podría ser pagado por las autoridades gubernamentales a sus propietarios, cuando tales decisiones públicas afectan el uso de esas propiedades, aunque sea temporalmente.

    Hay bastante que hacer en nuestro medio al respecto, pues parece que en muchas ocasiones los daños que causan las autoridades gubernamentales y que afectan los derechos de las personas, las víctimas no son objeto de compensación, tal vez porque los propios ofendidos no acuden a probar nuestras leyes ante las respectivas cortes de justicia.

    El derecho no es mi campo profesional; sin embargo, como mucho de él es sentido común, me atrevo, como ciudadano, a plantear dos casos en los que es factible pensar que existe una clara responsabilidad gubernamental, por lo cual los ciudadanos perjudicados podrían acudir a las leyes a fin de recibir su justa compensación. No me refiero a actos cometidos deliberadamente por los diferentes cuerpos públicos en perjuicio de personas, sino más bien a actos que se cometen por omisión, por no cumplir adecuadamente con la función asignada a la institución gubernamental como parte integral de su razón de ser.

    En un reciente incendio se informó que, en las horas de la madrugada en que sucedió, no salió agua por los hidrantes, por lo que ésta se tuvo que buscar en zonas muy lejanas a la conflagración, lo cual hizo perder valioso tiempo a los bomberos en el combate a las llamas. Se deduce de la información que la falta de agua permitió que el incendio fuera mayor de lo debido y eso originó cuantiosas pérdidas a las propiedades privadas.

    Existe un organismo gubernamental que se encarga del suministro adecuado, oportuno y suficiente de agua. El Instituto Nacional de Acueductos y Alcantarillados es la entidad encargada de brindar a los ciudadanos esos servicios, así como de proveer el líquido a los hidrantes para combatir los incendios. Se espera que ese suministro de agua sea adecuado, permanente, con la necesaria regularidad y que, tan sólo en circunstancias excepcionales, le falte a la ciudadanía. Incluso si por razones de, supóngase, algún daño en las tuberías el suministro se ve afectado, la ciudadanía debe ser informada adecuadamente de ello y, muy en especial, los cuerpos de bomberos encargados de apagar los incendios.

    Yo me pregunto: ¿hay o no responsabilidad del Instituto Nacional de Acueductos y Alcantarillados por la falta de agua en el combate del incendio al que hago mención? ¿Puede el ciudadano perjudicado enjuiciar a esa entidad gubernamental por el daño incrementado por la ausencia de agua en los hidrantes y obtener de esa entidad la compensación debida? ¿No es que existe, después de todo, un contrato implícito entre el ciudadano, quien paga mensual y a tiempo los recibos de agua, y la entidad estatal que, a cambio, se compromete a un suministro adecuado y oportuno de agua y que, de faltar, da lugar a una ruptura unilateral de ese contrato, con el agravante de ello?
    Me permito dar otro ejemplo en la misma vena. El mal estado de las calles de la ciudad de San José es ya un lugar común. Pero me da la impresión de que los huecos han llegado a un cierto grado de profundidad y de forma, que provocan daños cuantiosos a los vehículos que tienen la desgracia de caer en ellos. En general, no existe siquiera un aviso de que el vehículo se encuentra en peligro de sufrir un daño serio, si tropieza con estas oquedades en las vías públicas.

    Yo me pregunto: ¿los que circulamos por estas calles de Dios y que sufrimos daños en nuestros automóviles por caer en sus huecos, tenemos derecho a una compensación por lo sufrido? ¿No es cierto que, después de todo, de múltiples formas los ciudadanos pagamos impuestos para que el Estado cumpla con la obligación de mantener en buen estado a las calles? Y si no lo hace, ¿comete el Estado un daño por omisión? Se privó de darles el mantenimiento adecuado y, si esos huecos están en proceso de ser arreglados, tampoco se le avisó al conductor del peligro que enfrentaba. (Por ello me parece muy apropiada y oportuna la demanda de daños que, creo, unos familiares de las víctimas de accidentes recientes en la vía a Jacó, han puesto contra las entidades encargadas responsables).

    Creo que si las personas están más dispuestas a defender sus derechos y sus haberes ante la incapacidad, por acción o por omisión de los entes gubernamentales, ello dará como resultado una mayor responsabilidad en el cumplimiento de las obligaciones esenciales que tienen los gobernantes con los ciudadanos.

  2. #152
    1987-07-14-CAPITALISMO MEDIEVAL

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    CAPITALISMO MEDIEVAL


    La Nación, 14 de julio de 1987.

    El canal 4 posee dos programas de entrevistas, uno de ellos bastante mediocre; el otro realizado con un mayor conocimiento, cultivo e inteligencia. Precisamente en una presentación reciente de éste último, se entrevistó al señor Alberto Faith, quien no sólo resulta de interés oírlo por tratarse del jefe de la fracción de uno de los partidos mayoritarios en la Asamblea Legislativa, sino, también, porque ha dado muestras constantes de su deseo de llegar a la Presidencia de la República.

    Don Alberto se dejó decir, en dicho programa, que él no cree que la economía se debe dejar a la libre oferta y demanda, porque ello conduce a una verdadera ley de la selva, tal como fue el capitalismo que caracteriza a la Edad Media. En esta oportunidad deseo plantear algunas dudas sobre eso que se llama “ley de la selva”, por una parte, en tanto que, por la otra, deseo manifestar algo acerca del orden económico capitalista que, según don Alberto, se dio en la Edad Media.

    Sobre lo primero, ya se ha hecho un trillo bastante transitado que los enemigos del mercado señalan diciendo que su vigencia convertiría el orden económico en una verdadera jungla. Es muy posible que tal creencia surja de alguna concepción de que, si a los individuos se les deja actuar libremente; esto es, que tengan libertad para contratar, necesariamente conduce a que los más fuertes se coman al más débil. A esto se le llaman la vigencia de la ley de la selva. Como corolario de su creencia, esas personas postulan que la acción del Estado es necesaria para evitar que se dé tal canibalismo social que posee el capitalismo.

    Sin embargo, quienes aseveran que bajo el capitalismo resulta inevitable la ley de la selva, no responden claramente a ciertas preguntas que me atrevo hacerle a don Alberto.
    En primer lugar, ¿existe alguna prueba empírica de que en las sociedades, que en cierto momento se han acercado más a los órdenes económicos de decisión descentralizada, se haya presentado esa mortalidad social que se presume sucede bajo las reglas de la ley de la jungla?

    En segundo lugar, dado que en una sociedad de mercado, las partes contratan voluntariamente, ¿puede deducirse que, necesariamente, cuando una persona gana la otra pierde, para concluir de ello que el orden del mercado conduce a la desaparición del pequeño por el grande?
    En tercer lugar, si fuere cierto que en las sociedades capitalistas rige la ley de la selva, ¿por qué es mayor el progreso que, en general, ha tenido la humanidad bajo este tipo de orden económico, al contrario de lo que sucede bajo sistemas de decisión centralizada, que precisamente se introducen para sustituir esa presunta “ley de la selva” del capitalismo?

    En cuarto lugar, ¿qué razón tiene el señor Faith para aseverar que, bajo un orden distinto del capitalismo, se garantiza que se minimice esa llamada “ley de la selva”, que, según él, inevitablemente surge con un orden de mercado? Sobre esto último, quisiera que me brindara datos históricos, tales que den pie a su justificación.
    La segunda parte de la aseveración de don Alberto, la de regresar al capitalismo de la Edad Media, debo atribuirlo a la ignorancia, lo cual uno espera que le suceda a personas de relativa incultura y no a alguien que pretende una investidura tan importante como es la de Presidente de la República. Precisamente, las características esenciales de la Edad Media son contrarias de las del capitalismo, puesto que en ella no sólo se impide el libre movimiento de las personas (laissez passer) sino que, también, se prohibía que la producción fuera a gusto de las personas (laissez faire). El liberalismo, conjuntamente con el capitalismo, fue exactamente una reacción contra todas aquellas ataduras que el Estado imponía a los ciudadanos, dándoles de esta manera la oportunidad de satisfacer sus deseos y necesidades, según ellos lo quisieran.

    Puede ser que no gusten las premisas en que se sustenta el capitalismo, como aparentemente le ocurre a don Alberto, pero para argumentar sobre ello es necesario conocer los fenómenos sociales y económicos que caracterizan al orden capitalista. Yo sugiero empezar por repasar la historia y por conocer, en esencia, lo que es el capitalismo. ¿Qué tal si con respecto a esto último se parte de la lectura de La Riqueza de las Naciones de Adam Smith? Puede ser un buen principio.

  3. #153
    1987-07-31-CARRO POPULAR PARA LOS DIPUTADOS


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    CARRO POPULAR PARA LOS DIPUTADOS


    La Nación, 31 de julio de 1987.

    El tema de reducción de los impuestos a los vehículos, en especial de aquellos que algún diputado de magín rebuscado decidió bautizar con un genérico “carro popular”, sencillamente se las trae.

    Siempre me ha parecido que los criterios por los cuales algún diputado discrimina y es capaz de generar una ley que santifica sus preferencias personales, no deja de ser injusta, pues introduce un sesgo en lo que debería ser la conducta estrictamente privada de los ciudadanos. Es bien sabido que en nuestro país los gobiernos social-estatistas, de los cuales ahora algunos aparentan renegar con ciertos actos, elevaron el monto de los impuestos a los vehículos en forma escandalosa, además de que introdujeron discriminaciones odiosas que, al fin de cuentas, han salido a la luz con todos sus efectos perniciosos, los cuales eran perfectamente predecibles.

    Como resultado de los montos de tributos excesivamente altos a los vehículos, se ha tendido a forjar un gran negocio, perfectamente predecible, de acuerdo con la conducta humana esperada de tanto buen ciudadano: rogar a Dios y al partido político de turno o a algún organismo internacional, que sea él uno de los privilegiados exentos de pagar impuesto a los vehículos. Esto porque hay una gran ganancia personal al poder disponer, en comparación con otros ciudadanos de esta república, un vehículo exonerado vis a vis en contraste con pagar la plétora de impuestos que todos conocemos.

    También ha resultado en un serio problema la discriminación arbitraria en los impuestos a diferentes vehículos, lo cual ha originado una “pickupizacion” de la flotilla de los costarricenses. Lo que empezó como una cosa “buena” dentro del diseño de algunos legisladores, por lo cual se trató en forma relativamente favorable, desde el punto de vista de los impuestos, a los llamados pick ups, todo con el fin de ahorrar el gasto nacional en combustibles (no me acuerdo si también se dijo que era para ayudar a los medianos y a los pequeños “algos” o para democratizar a la economía: vaya usted a saber qué demagógica floritura envolvió el sesgo del gobernante de entonces), terminó por convertirse no sólo en una pesadilla de seguridad, sino que, paradójicamente, más bien aumentó el gasto total en combustibles, lo cual hoy mueve a los diputados a equilibrar los impuestos entre los pick ups y los carros comunes y corrientes.

    Pero, ¿cree usted que los “padres de la patria” aprendieron una buena lección a partir de sus yerros pasados? Parece que no del todo: continúan en su afán de discriminar entre vehículos llamados populares –que tengan menos de 1.300 centímetros cúbicos y que valgan, simultáneamente, como máximo, $5.000, y otros que tal vez reúnen sólo una de esas condiciones o bien ninguna de ellas. Lo absurdo de esta planificación intelectual de algunos diputados, es que vehículos que nos podían resultar más baratos a los costarricenses, pero que no cumplen el minimum minimorum de los 1.300 c.c., se ven perjudicados por el tratamiento tributario discriminatorio que han diseñado esos diputados. De esta manera, no se podrán importar porque no pueden competir con los otros vehículos relativamente favorecidos, con los cual los costarricenses terminaremos por pagar más por los carros, que lo que podríamos si se actuara con un poco de equidad.

    Una reducción en los impuestos de ciertos vehículos caros contribuiría a reducir el privilegio de aquellos que tienen ahora una exoneración de gravámenes. Pongamos un ejemplo, que nos sirva tan sólo para indicar ciertos órdenes de magnitudes. Un Mercedes Benz de lujo puede costar unos $25.000, lo cual al tipo de cambio actual de 63 por dólar, nos da un valor equivalente de ¢1.575.000; sin embargo, el impuesto, más o menos, sobre dicho vehículo equivale a cuatro veces su valor; esto es, un costarricense sin privilegio que quisiera comprar tal vehículo, tendría que pagar por él, con todo e impuestos, la suma de ¢6.300.000.

    Lo anterior significa que el privilegiado logra tener un vehículo que, en nuestro mercado, vale ¢6.300.000, pagando tan sólo –dada la bendita exoneración de impuestos que procede– la suma ¢1.575.000; es decir, tiene una ganancia de capital de ¢4.725.000: su privilegio vale, en este ejemplo, la bicoca de ¢4.725.000.

    Lo que al lector le puede preocupar, para el caso concreto de nuestros representantes ante la Asamblea Legislativa, es si una diputación, imitando al famoso “París, bien vale una misa”, no vale algo menos de ¢4.725.000. Estos hechos no nos parecen bien. Evidentemente, la decisión de reducir los impuestos a los carros de lujo causan un serio perjuicio a todos los actuales favorecidos con las exenciones y entre ellos están, muy posiblemente, algunos de los mismos encargados de legislar al respecto. Por ejemplo, si se decidieran reducir a la mitad los actuales impuestos a los vehículos de lujo, en el ejemplo descrito, su ganancia de capital se reduciría a la suma de ¢2.362.500. Parece que hay un sistema perverso que empuja a que tal reducción en los gravámenes no se dé.

    Si, tal como siempre se nos ha aseverado, nuestros diputados son por excelencia los representantes populares, me permito sugerir que ellos también se vean limitados a tener un auto popular. De esta manera mostrarán más esa característica de verdaderamente “popular” con que se les adorna y no la de privilegio como sucede ahora.
    Creo que con ello tendrían mucha mayor autoridad moral ante gran cantidad de conciudadanos, quienes ahora, si queremos pensar mal y, dado que estamos en nuestro derecho a hacerlo así, aunque ciertamente tal vez ello no sea tan “malo”, no pensaremos que una diputación puede ser buscada, no para “servir a un país”, como tan solícitos son muchos para aseverarlo, sino más bien para servirse a sí mismos. Si esta última forma de conducta es parte integral de “esa naturaleza humana”, deberíamos tratar de que los intereses personales de los privilegiados diputados se acercaran más a los intereses de la sociedad. Tal vez un carro popular para los representantes populares sea una solución verdaderamente conveniente, para el grave problema de riesgo moral que ahora enfrentamos.

  4. #154
    1987-08-10-VIDA POPULAR

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    VIDA POPULAR


    La Nación, 10 de agosto de 1987.

    Parte de lo interesante, sucedido en torno a los debates legislativos para reducir los impuestos que recaen sobre cierto tipo de vehículos, es no sólo la denominación de “popular” (arbitraria sin duda) con que se clasifica a algunos automóviles y motocicletas, sino, más que todo, el trasfondo del concepto “popular” y la relación que ello tiene con respecto a los impuestos cobrados a los bienes o servicios de la economía.
    Un grupo de personas, desde hace ya bastante tiempo, hemos sostenido la tesis de que el exceso de impuestos sobre ciertos bienes y servicios, privan al consumidor nacional del disfrute, al cual tienen derecho, de los frutos del desarrollo de la civilización humana. Esta tesis, combatida tanto por quienes se favorecen con el gasto o con el privilegio de la protección estatal, así como por aquellos quienes disfrutan del poder que el político ejerce sobre el hombre de la calle, es ahora claramente esbozada por algunos social-estatistas de antaño. El mejor ejemplo de esta nueva actitud es la reciente prédica diputadil, muy disputada en su paternidad, que busca eliminar el impuesto a cierto tipo de carros y motocicletas que se han bautizado como “populares”.
    Tal propuesta legislativa se sustenta, resulta obvio, en que se hace necesario que a esos vehículos populares se les reduzcan los impuestos vigentes, introducidos en el pasado por el Estado costarricense, a fin de que se abaraten, de manera tal que, ahora, el “pueblo” los pueda adquirir. Esto quiere decir que crece el convencimiento de que dichos impuestos han encarecido artificialmente los precios de los bienes y servicios importados, lo cual ha impedido que el “pueblo” pueda consumirlos, lo que, según los promotores de la popularización de los automóviles, se considera ahora deseable que suceda.
    Me parece que, sin embargo, en la vida del ser humano hay algo más que la simple satisfacción que se obtiene por tener un carro o una moto “popular”. Esto es, que las posibilidades de disfrute al cual tiene derecho el ser humano, posiblemente trascienden a aquellas que se derivan del consumo de tan sólo estos dos bienes y que, ciertamente, haya muchos otros, cuyo consumo le brinda una mayor satisfacción relativa. Si ello fuera así, entonces, los diputados harían bien en ir mucho más allá de la desgravación de los vehículos llamados populares y tratar, por una acción semejante, de que el ser humano pueda estar en capacidad de disfrutar de una vida más “popular”, por la vía de una reducción más generalizada de impuestos a los distintos bienes y servicios.
    Veamos algunos ejemplos al respecto: Tal vez el lector considera que la satisfacción que un pueblo obtiene de su alimentación es más importante que la que logra al disponer de un vehículo popular, Si así lo fuera –y eso yo no lo sé– entonces, lógicamente estaría a favor de reducir los impuestos que recaen sobre la alimentación del ciudadano. Una de las formas por la cual se grava un impuesto a un bien es por medio de la prohibición gubernamental de importarlo. El caso concreto de los granos básicos en nuestro país es una muestra patente de la existencia de un impuesto por el camino de la prohibición, que impide que el ciudadano disfrute plenamente del consumo de un producto, el cual podría resultar más barato que lo que ahora paga. Lo que el diputado, interesado en la vida popular, debería de hacer es permitir que los ciudadanos, libremente, sin impuestos, ni prohibiciones, puedan importar los granos básicos que necesitan o desean.
    Otro ejemplo tal vez resulta útil. Puede ser que el lector considere que la vida de las personas pobres de nuestro país podría estar mejor, si se les facilita que adquieran ciertas medicinas más baratas que lo que ahora les cuesta. Sin embargo, algunos medicamentos tienen impuestos que encarecen su valor más allá de lo que resulta si se importan libres del pago de impuestos. Tal vez, de nuevo, nuestro representante popular puede coadyuvar en el logro de una vida más popular que los costarricenses, si quita los impuestos que pesan sobre las medicinas.
    En síntesis, parece que la idea de “popularizar” la vida de las personas, por medio de una reducción de los impuestos que pagan, tal como desde hace mucho, pero mucho, tiempo se ha venido propugnando por ciertos grupos defensores de los consumidores (esto es, de los ciudadanos en cuanto adquirientes de los innumerables bienes y servicios), va cayendo en terreno cada vez más fértil. Si ya resulta claro que los impuestos conspiran contra el bienestar de los consumidores, es hora de que se dé una lucha por la eliminación de tales gravámenes y que se combata cualquier forma de incremento de ellos. Así se puede lograr impedir que se afecte nuestro elemental derecho al disfrute de todos aquellos productos que surgen del desarrollo de la civilización del hombre y que algunas medidas gubernamentales, tales como los impuestos, han pretendido cercenar.

  5. #155
    1987-08-22-REFORMA A LA CONTRALORÍA

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    REFORMA A LA CONTRALORÍA


    La Nación, 22 de agosto de 1984.

    Ahora que se ha llegado a una solución en la Asamblea Legislativa en torno al nombramiento del Contralor de la República, que en su seno se efectúa, no debe dejarse de lado una propuesta que circuló en ella, en ciertos álgidos momentos, promovida, creo, por el diputado Jorge Rossi. En esencia lo que la propuesta de don Jorge Rossi señala es que la elección del Contralor de la República no se efectúe como lo dice la actual Constitución, por una simple mayoría; esto es, por la mitad más uno de los votos de los diputados, sino que sea realizada por una mayoría calificada de dos tercios de los votos de los congresistas.

    La virtud de esta idea radica en el reconocimiento, por una parte, de la importancia institucional que para nuestro país tiene la función del Contralor de la República, lo cual no sólo es evidente por el abrumador trabajo que se ha demando de ella en los últimos tiempos, sino por las esperanzas que muchos ciudadanos guardan sobre una eficiente y correcta función fiscalizadora de la gestión pública. Además, la propuesta en mención reconoce un papel significativo y deseable para la mayoría opositora, cualquiera que ella sea, en la elección del Contralor de la República.

    La propuesta es sumamente importante, no sólo si se le mira desde el punto de vista de una circunstancia nacional, cual fue la reciente elección del Contralor, sino también si es valorada desde un marco más amplio, cual es la defensa de los derechos de las minorías en un régimen democrático.

    En nuestro país, en este momento, parece evidente que los ciudadanos confían más en un Contralor de la República que no tenga ligámenes estrechos con algún partido político concreto, el cual, en ese instante, puede disponer de una mayoría simple en la Asamblea Legislativa. No debe olvidarse que una función esencial de ese Contralor es, precisamente, el control de los actos de los gobernantes y, por lo tanto, su independencia y ausencia de compromisos partidarios le otorgan una mayor diafanidad a su labor.
    Es igualmente importante refrenar el impulso populista de algunos, quienes creen a pie juntillas en aquello de “pa´eso tenemos la mayoría”, especialmente en lo que trata del nombramiento del Contralor de la República. Vale la pena recordar algo que nos dice John Stuart Mill en su libro Consideraciones sobre el Gobierno Representativo: “La democracia, como se concibe por lo común y como se ha practicado hasta ahora, es el gobierno del pueblo entero por una simple mayoría del pueblo, representado parcialmente… (ella) es un gobierno de privilegio a favor de la mayoría numérica, que por sí sola representa la única voz en el Estado… El hecho de que la minoría debe rendirse a la mayoría, el número menor al mayor, es una idea familiar, por lo tanto, los hombres creen que no tienen necesidad de esforzar más su pensamiento, y no se les ocurre que puede haber algún término medio entre permitir al menor número ser tan poderoso como el mayor, y borrar del todo al número menor” (UACA, Colección Clásicos de la Democracia, 1987, p.134).

    La propuesta de don Jorge Rossi refleja el problema del cual nos habla Mill: simplemente que parece conveniente, para el bien común, que ciertas cosas, en vez de decidirse en nuestra Asamblea por una simple mayoría, podrían resultar mejores si se lograra una mayor amplitud en el apoyo que le den los representantes del pueblo. De esta forma, se limpian sospechas malsanas y se obtiene una mayor confianza entre todos nosotros, al reconocerse que ciertas personas llegan a posiciones de vital importancia, no por el favor político de una mayoría simple sino, por algo que trasciende a un causal “pa´eso tenemos la mayoría”. Es más, a un funcionario nombrado así, le cabe un mayor orgullo, a la vez que se le impregna de una mayor responsabilidad, que es lo que, creo, los costarricenses deseamos que suceda.

  6. #156
    1987-09-10-UNA LECCIÓN ELEMENTAL DE ECONOMÍA
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    UNA LECCIÓN ELEMENTAL DE ECONOMÍA


    La Nación, 10 de setiembre de 1987. Fue escrito en conjunto con el Dr. Ricardo Monge González.

    A ambos nos ha llamado la tención, como profesores universitarios de economía, la confusión tan frecuente que se hace de eficiencia económica y eficiencia técnica. Decimos esto a propósito de recientes artículos publicados en La Nación en torno al proteccionismo de la economía costarricense.

    Para explicar lo que se entiende por eficiencia económica, así como por eficiencia técnica, deseamos presentar un ejemplo que nos muestre, con toda la claridad posible que se merece, la diferencia fundamental que hay entre estos dos conceptos.
    Así, en Costa Rica, en una hectárea de café se produce, aproximadamente, un promedio de 30 fanegas. El costo de producción promedio de cada fanega es de aproximadamente, ¢2.200 y el precio promedio que recibe el agricultor por dicha fanega es de, más o menos, ¢4.500.

    De lo anterior surgen dos datos importantes: 1) que la producción por hectárea es de 30 fanegas y, 2) que el costo de producción de cada fanega es de ¢2.200. A partir de este ejemplo, por contrate con el que a continuación se presenta, se puede ver, con toda claridad, la diferencia que hay entre los conceptos de eficiencia económica y eficiencia técnica.

    En los Estados Unidos, en el estado de Florida, se podría lograr una mayor eficiencia técnica en la producción de café que la que tiene Costa Rica. Por ejemplo, suponga que se producen 45 fanegas por hectárea. ¿Cómo se lograría esto? Muy sencillo: simplemente se podrían tomar las siguientes medidas, las que, sin duda, no son exhaustivas:
    a) Se podría poner una hectárea de terreno bajo el sistema de invernadero (si quisiera hacerse para 1.000 hectáreas, también podrían ponerlas bajo el sistema de invernadero). El primer impacto importante es que con ello aumenta la producción de café, pues se protege a las plantas del viento (es decir, no se necesitan tapa-vientos).

    b) Como el exceso de lluvias, la insuficiencia o el atraso de éstas, puede causar un enorme daño a la producción de café, se podría poner un sistema computarizado y automático que regule la cantidad exacta y apropiada de agua requerida en la distintas etapas de crecimiento de la planta, de manera que logremos, por contraste, un sustancial aumento de la producción de café.

    c) El “ojo de gallo”, la “roya”, la “mancha”, los “nemátodos” y toda la colección de enfermedades que normalmente se presentan en los cafetales, serían minimizadas o eliminadas bajo rigurosos controles, por el uso de los más modernos agroquímicos que la ciencia humana nos puede ofrecer (incluso, nos imaginamos, del campo nuclear surgirían numerosas aplicaciones).

    d) Como la tierra de Florida en general no es la más propicia para la siembra del café, podría conseguirse de otros lados, sin duda alguna que de Costa Rica o bien de Colombia, y obtener así tierras de origen volcánico, porosas, ricas en elementos mayores, que nos permitan lograr esa gran cosecha de café en Florida.
    e) Puesto que existe una relación muy directa entre la altura y la calidad del café (eso lo sabemos muy bien los ticos) y como Florida, como también lo sabemos, está casi a nivel del mar, en el sistema de invernadero se podría reproducir la elevación adecuada y la presión atmosférica necesaria (igual que como se hace en las cabinas presurizadas de los aviones), lo cual permitiría obtener la mayor y mejor producción de café posible en la Florida.

    f) También es muy importante ver la variedad de los cafetos que se siembren, de manera que, estamos seguros, al precio “adecuado” los productores de Florida pueden conseguir las muy escasas variedades de catuai y catimor, que parecen ser las que ahora dan mayores rendimientos.

    g) Finalmente, como uno de los problemas más ”serios” que se tiene en la recolección del café en Costa Rica, es que el grano que se cae se fermenta en el suelo, por lo cual se requiere del uso intensivo de la mano de obra para su recolección, esta situación puede resolverse en la plantación eficientemente técnica de Florida, con la introducción de máquinas robotizadas que recolecten el café y que, automáticamente, lo seleccionen por tamaño y grado de maduración.
    Estimamos que ya el lector cuidadoso se habrá dado cuenta de que la producción por hectárea de café en la Florida es técnicamente más eficiente que lo que es la producción por hectárea en Costa Rica, puesto que habrá notado que, con todas las condiciones señaladas, la producción por hectárea en Florida excederá las 30 fanegas que se obtienen, dadas sus condiciones, en Costa Rica.

    Por supuesto, que el lector cuidadoso tiene que haberes formulado una pregunta clave: ¿Cuánto cuesta producir las más de 30 hectáreas de café por hectárea, sembrado en Florida? Esto es, el lector cuidadoso ya habrá encontrado la clave para la eficiencia económica. Para quienes aún no se han formulado esta pregunta, el lector cuidadoso deberá decirle que, ciertamente, esas más de 30 fanegas de café que se obtienen por hectárea en la Florida, costarán mucho, pero muchísimo, más que los ¢65.000 (¢2.200 por 30 fanegas) que le cuesta producirlas a los costarricenses.

    Tan sólo esperamos que este simple ejemplo elemental ayude a aclarar a ciertas personas la diferencia fundamental que existe entre los conceptos de eficiencia técnica y eficiencia económica, a fin de que los utilicen correctamente cuando se discuta sobre el tema del proteccionismo en nuestro país.

  7. #157
    1987-09-13-OBSESIÓN POLÍTICA

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    OBSESIÓN POLÍTICA


    La Nación, 13 de setiembre de 1987.

    Hace poco releía un excelente artículo de Frank Chodorov, titulado “Washington: A Psicosis”, el cual forma parte del libro Fugitive Essays, uno de mis favoritos. En él Chodorov trata de explicar cómo en Washington, Meca de los políticos, y lo cual ciertamente es aplicable a todo ese género de ciudadanos, existe una mentalidad muy particular acerca de la vida.

    Dice Chodorov que “El polìtico vive de los impuestos. No que sus emolumentos personales se deriven de gravámenes a la producción, sino que el mundo entero en que él se mueve y encuentra reposo espiritual, es así sustentado… si los impuestos fueran abolidos, todo el mundo político sufriría un colapso, llevando consigo a su modelo de pensamiento. Ciertamente sufriría un desbalance mental. Por lo tanto, la imposición es de necesidad una obsesión en la psique del político… La institución resta por los cuatro costados en el axioma de que alguien debe regir a algún otro… Por lo tanto, suprema en el modelo del pensamiento del cosmos político está la doctrina del poder…” (Op. Cit., Liberty Press, Indianapolis, U.S.A., 1980, p. 49).

    Recientes declaraciones del Presidente Arias, dan la impresión de que quienes de una u otra manera nos oponemos a sus deseos de gastar los recursos que producimos todos los costarricenses, somos una gavilla de delincuentes, enemigos de la paz, protectores de fuerzas guerrilleras en nuestro país y chupadores de los recursos del erario público, con lo cual se nos intenta descalificar en nuestro parecer de que más impuestos en este país, en vez de asegurar una paz social, la cual el gobernante la identifica más bien con la paz de los dispensadores del gasto, va a provocar serios daños a las economías familiares, actuales y futuras, y a la de Costa Rica, como un todo.
    No es necesario que el Presidente, con poca elegancia y delicadeza, tenga que recordar a los empresarios que ellos también como muchos otros, reciben un subsidio –el llamado CAT– para tratar de obligarlos a quemar incienso y mirra en la adoración pública del paquete de impuestos que el Presidente patrocina. Me da la impresión que el gobernante considera que ya porque el país le da un subsidio a ciertos empresarios –y no a todos, a propósito– ello automáticamente les convierte en empleados públicos o en servidores palaciegos, a quienes supone que únicamente piensan en términos de ese subsidio y que la dignidad, que como personas poseen, es secundaria a la dispensa del privilegio imperial, el cual debe ser obedecido a ciegas.

    ¿Será que se piensa que una victoria en el campo de la política internacional le convierte, automáticamente, en un líder indiscutible, incapaz de equivocarse, conocedor de todo y ante todos? ¿Será que estima que en esta pequeña nación existen dos tipos de ciudadanos: unos, quienes todo lo aprueban sin siquiera pensar en la posibilidad de su error, recordándome aquello que alguien una vez dijo de otro: el maestro habló… y basta; en tanto que hay los otros, los villanos, los malos hijos, los egoístas, los guerreristas, quienes cometen el pecado capital de creer que el poder imperial se equivoca al poner más impuestos a los nacionales?

    El cargo –que el Presidente públicamente lanzó– que quienes nos oponemos a su paquete tributario somos los mismos quienes guardamos silencio “para criticar el que no cediéramos para que los rebeldes nicaragüenses no utilizaran nuestro territorio”, es más bien una acusación muy seria contra el Presidente Monge, quien siempre aseveró que en nuestro país no había luchadores por la libertad de Nicaragua y eso se lo creímos los costarricenses. Esa actitud de crítica al anterior Presidente ya la he observado cuando, al referirse a los recientes acuerdos de paz y al retiro de la acusación de Nicaragua contra Costa Rica, diversas autoridades de este gobierno han dicho que ahora no hay ataques contra Nicaragua desde nuestro país. ¿Es que, entonces, los hubo en la administración anterior?

    Creo es muy conveniente que se sepa que en la vida no existe nada seguro, excepto la muerte y los impuestos. Si luchamos contra la muerte, también podemos hacerlo, dignamente, contra los impuestos y ni el chantaje ni la amenaza pueden hacernos cambiar nuestra opinión, de que en tanto en el palacio imperial reina la abundancia, en muchos hogares prima la frugalidad y que los costarricenses estamos en nuestro derecho, y tal vez hasta en nuestra obligación, de así decírselo al César.

  8. #158
    1987-09-19-IMPUESTOS CONTRA EL PUEBLO

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    IMPUESTOS CONTRA EL PUEBLO


    La Nación, 19 de setiembre de 1987.

    Quiero, al margen de mucho que he escrito acerca del amargo tema de los impuestos en Costa Rica, referirme a dos aspectos que ponen en evidencia la naturaleza del Leviatán, ansioso de recaudar gravámenes de lo que el costarricense bien se ha ganado con su esfuerzo.

    El primero de ellos trata de la afirmación efectuada en diversas oportunidades por numerosas autoridades gubernamentales, de que el paquete de impuestos ̶ espada de Damocles que pende sobre el alma y el bolsillo de los costarricenses ̶ sirve para restituirle al Gobierno Central lo que ha “perdido” por reducciones de su gasto y por los subsidios que ha concedido. Así, alegan que el paquete sirve para reponer la disminución que en la carga tributaria del país ha sufrido el Gobierno Central.
    Quienes hemos alegado que no es cierto que esa carga tributaria ha disminuido y que más bien se ha incrementado en los últimos años, hemos hecho referencia a que deben de incorporarse en esa medición los sobreprecios de los productos que vende RECOPE, entre otros similares, que en última instancia van a parar a los bolsillos de ese Gobierno Central. Con ello se verá claramente que, en los últimos años, esa carga, en vez de haber disminuido, más bien ha tenido un incremento.

    La reciente decisión del gobierno de aumentar los precios de la gasolina, del búnker, del agua, de la electricidad, de los teléfonos, entre otros, por la no aprobación del paquete tributario en la Asamblea Legislativa, pone en clara evidencia que las decisiones gubernamentales que elevan artificialmente los precios de los bienes públicos que él monopoliza, tienen una naturaleza eminentemente impositiva, lo cual comprueba que la carga tributaria en el país no ha disminuido, sino todo lo contrario.

    Pero esta situación palmaria tiene otro efecto de importancia si es que algo lo tiene en el reino de la mediocracia ̶ como es que se están poniendo impuestos en el país sin que medie el principio de que ello es potestad de la Asamblea Legislativa. ¿Se atreverá alguien a cuestionar esto en nuestras Cortes? ¿Se atreverá el desvanecido procurador del consumidor a hacer lo que de él se espera que haga; cual es defender a los consumidores del abuso?
    Otro ejemplo de cómo se legisla contra el pueblo es la reciente decisión del Gobierno de exigir que los vehículos tengan cinturones de seguridad. Independientemente de la bondad o no de esa “exigencia” para satisfacer los deseos protectores de algún burócrata, resulta interesante observar el enorme negocio que el fisco hará a costas de los costarricenses, quienes muy probablemente decidamos amarrarnos en nuestros carros.

    Los cinturones de seguridad entran a nuestro país bajo la partida arancelaria 62-05-80-00 que trata de otros artículos confeccionados con tejidos, distintos de correas y cinturones de seguridad para trabajadores. Esa partida paga, según me informó un perito arancelario, un impuesto a la importación del 100%, así como el 3% de la ley 6966, pero además paga un 75% de impuesto de consumo y un 10% a las ventas.

    Sí, según me he podido enterar, el valor CIF de la importación de un cinturón para carros asciende a, aproximadamente, ¢200, ello da que los impuestos arancelarios son de ¢206. Sobre el nuevo valor de ¢406 el producto paga el impuesto de consumo, que se eleva a ¢304,50. Si se supone que el vendedor tiene un margen de ganancias del 20%, el impuesto de ventas asciende a ¢85,25. Esto es, el consumidor paga un precio final de ¢937,85, de lo cual el fisco recauda ¢597,75; así, el 63,5% del precio son impuestos que pagamos los consumidores al obligársenos a usar un cinturón de seguridad.

    Evidentemente, tan sólo desde el punto de vista de los ingresos tributarios que recaudaría el fisco, la medida de obligar a la gente a usar cinturones de seguridad en sus carros, se las trae. A uno le da la impresión de que la decisión de obligar a la gente no surge tanto por el deseo bienintencionado de “prevenirle” de daños, sino que más bien es porque le sirve al Estado para recaudar más tributos. ¿Verdad que el negocio resulta redondo a costas de todos nosotros?

  9. #159
    1987-10-01-AJUSTE TRIBUTARIO EN LA DIRECCIÓN CORRECTA

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    AJUSTE TRIBUTARIO EN LA DIRECCIÓN CORRECTA


    La Nación, 01 de octubre de 1987.

    Recientemente las autoridades del Ministerio de Hacienda anunciaron al país un reajuste en el pago que los ciudadanos hacemos del impuesto sobre la renta, a fin de adecuarlo al simple fenómeno inflacionario.

    Dicho ajuste comprende, fundamentalmente, un aumento de la deducción básica –esto es, que tan sólo quien tenga entradas anuales superiores a una cifra indicada, tendrá que pagar el impuesto sobre la renta– de ¢240.000 a ¢300.000 de ingresos anuales; o sea, que el deducible aceptado para la declaración de renta del período fiscal 1986-87, se incrementó en un 25%. Adicionalmente, se dictaminó un aumento en el crédito por el pago de impuestos por la persona, su cónyuge y sus familiares dependientes.
    Lo importante de ese sistema es que muestra que el pago del impuesto sobre la renta se puede adecuar a la inflación, la cual se refleja no en un aumento en el ingreso real de los ciudadanos, lo que supuestamente es la base del impuesto sobre la renta. Este es un buen principio en el proceso de indización de los impuestos, a fin de evitar que injustamente el ciudadano sea objeto del gravamen a sus ingresos, cuando el aumento en estos últimos se ha debido a un proceso inflacionario que realmente no le beneficia en su poder adquisitivo real, sino que, tan sólo, le hace aparecer un ingreso nominal mucho mayor que lo que realmente obtuvo en ese año.

    Lo importante es que, en la reciente reforma a la tabla para calcular el impuesto sobre la renta, anunciada por la Dirección de la Tributación Directa del Ministerio de Hacienda, se incorpora un ajuste de suma significación aunque en un grado harto pequeño, el cual se les había sido solicitado desde hace mucho tiempo que formara parte de nuestro sistema tributario, por parte de algunos economistas del grupo denominado liberal.
    Específicamente, los tramos en los cuales se aplicaban las tasas progresivas del impuesto a los ingresos, habían permanecido invariables durante muchos años, incluso en períodos de elevada inflación, lo cual significaba que un ciudadano, ante tal inmutabilidad, tendría (y tuvo que hacerlo en años anteriores) que pagar más en impuestos que lo que realmente le correspondería liquidar, si toda la estructura tributaria del impuesto sobre la renta fuera ajustada por el simple proceso inflacionario de la economía.

    Por ejemplo, si en un primer año hipotético, una persona estaba en el rango de la tabla para el pago de impuesto sobre la renta, que va del exceso de ¢125.000 a ¢155.000 anuales, por ello pagaba una tasa marginal del 10%. Suponga ahora que en el período de un año la inflación en la economía es del 25%. Por este simple fenómeno inflacionario la persona puede “saltar” al rango de impuestos que, en la antigua tabla en mención, va del exceso de ¢155.000 a ¢200.000 anuales. Con ello tendría que pagar una tasa marginal del 14%; esto es, por el simple proceso inflacionario sufriría un aumento en su tasa marginal del pago del impuesto a los ingresos, de un 40%.

    Evidentemente, en términos reales; esto es, en términos del poder adquisitivo de su ingreso, cada ciudadano debería pagar lo mismo en ambas circunstancias; sin embargo, puesto que los rangos de la tabla de cálculo de los impuestos al ingreso no eran ajustados por la tasa de inflación y al ser estos rangos objeto de un impuesto progresivamente creciente, ello hacía que la persona terminara pagando más que lo que sería sí, por ejemplo, ese rango se ajustara por el proceso inflacionario. Así, en el caso antes citado, era indispensable que el rango que va de ¢125.000 a ¢155.000 fuera ajustado (al igual que con todos los demás rangos de dicha tabla) de ¢125.000 a ¢193.750, sobre el cual se debería pagar la tasa del 10% inicialmente definida.

    Lo único lamentable de esta reciente reforma es que debería de haberse hecho desde hace muchos, pero muchos años, y ahora tan sólo ajusta los rangos de la tabla mencionada en aproximadamente un 10%, mientras que, si se toma en cuenta que dichos rangos no han sido variados desde hace más o menos una década, la inflación en tal período puede haber llegado a ser, en general, de un 400%. Esto es, el ajuste ahora realizado va en la dirección correcta pero, lamentablemente, se hace tan sólo en un grado insignificante, si se mide con respecto a la inflación que hemos sufrido los costarricenses durante estos años.

    En todo caso, medidas como las mencionadas deberían ser emuladas en lo que se refiere a otros tributos. No sólo en la Asamblea Legislativa pende sobre nosotros el ominoso paquete tributario, el cual, entre otras características nefastas grava las bases tributarias en términos nominales y no reales, sino que, también, hay muchos otros impuestos –creo que incluso en el mismo gravamen a los ingresos– que poseen tan nociva peculiaridad.

    El Ministerio de Hacienda debe ser encomiado por tan atinada decisión de corregir esta injusticia tributaria y tan sólo le instamos a que lo haga en la magnitud necesaria, de manera tal que permita compensar el daño previo que nos causó la inamovilidad de los rangos de la tabla, usados para calcular el impuesto sobre los ingresos de los costarricenses, ante la enorme inflación que venimos sufriendo desde 1974.

  10. #160
    1987-10-15-EL CONTROL DE LOS ALQUILERES

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    EL CONTROL DE LOS ALQUILERES


    La Nación, 15 de octubre de 1987.

    Quienes creemos que las ideas tienen consecuencias, vemos con sumo interés el reciente debate legislativo en torno a la reforma de la ley de inquilinato. El debate es predeciblemente emotivo, cargado de valoraciones altamente subjetivas y en ocasiones fundamentado no en el razonamiento lógico, sino en meras apreciaciones acerca de lo que alguien puede considerar como deseable para los demás.


    Por ello considero que puede ser de utilidad que medite acerca de aspectos relacionados con las políticas de fijación de alquileres, tales como los que se encuentran en nuestra ley de inquilinato, que, aunque bien intencionados, pueden, por el contrario, dar lugar a graves daños al bienestar de quienes se pretende proteger con esa legislación.
    Debido al espacio naturalmente limitado que posee una columna periodística debo restringir mi exposición a cubrir algunos asuntos fundamentales que están en juego y, si alguien deseara un mayor detalle, podría acudir a la lectura de mi libro Inflación y Control de Precios, publicado en 1984, el cual contiene una sección específica y más amplia que trata acerca del tema de los controles de alquileres.

    El asunto tema fundamental es si la política de fijación de los alquileres conduce a un incremento en la producción de viviendas y edificaciones para los inquilinos. Existe mucha evidencia ̶ cosa no estudiada a plenitud en Costa Rica ̶ de que la política de fijar topes a los alquileres, conduce en el largo plazo a un descenso en la oferta de construcción para tales propósitos y a corto plazo a un deterioro de las viviendas ya construidas. En ambos casos se perjudica a los inquilinos que se pretendió proteger con esa legislación, quienes entonces encontrarán a su disposición una menor cantidad de lugares para alquilar.

    Debe tenerse presente que la decisión de una persona de invertir en una edificación para alquilar, es sopesada, en última instancia, con otras posibilidades de inversión que ella tenga y si, por una política de regulación de alquileres, se disminuye la rentabilidad del proyecto para ser alquilado, desviará sus recursos hacia otras actividades que le den un mayor rendimiento comparativo, afectando con esta decisión el monto que se invierte en viviendas e instalaciones de alquiler.

    Para las construcciones o casas ya edificadas, la existencia de una política de control de alquileres hace que el dueño tienda a depreciarla aceleradamente; esto es, que no le dé el mantenimiento necesario, que no dedique sus recursos a conservar la propiedad, de manera tal que, ante los ingresos fijados por la política de control de alquileres, pueda reducir sus gasto, en especial de aquellos destinados a mantener al activo en buen estado físico, el cual ya se ha desvalorizado desde el punto de vista económico debido a la decisión de controlar sus réditos. Este deterioro no sólo afecta a la vivienda de alquiler controlado, sino que también daña a aquéllas que son propiedad de sus habitantes, puesto que se ubican en barriadas o vecindarios que son derruidos como resultado de esa política errónea.

    El segundo tema de importancia es si es cierto que los inquilinos son los pobres y que los dueños son los de altos ingresos, Esto es bastante discutible. He conocido dos estudios ̶ para dos ciudades de los Estados Unidos, puesto que en Costa Rica no se sabe nada al respecto y quien algo asevere es mera especulación ̶ en los cuales resultado va en contra de la creencia generalizada. Es factible pensar que en nuestro medio muchas familias de ingresos medios o bajos han querido preservar sus ahorros, por la vía de la construcción de una vivienda para alquilarla y asegurar cierto nivel de ingresos en su ancianidad. Si los alquileres son fijados, estas personas verían disminuido su patrimonio, con lo cual aumentarían las penurias en los años en que no generen ingresos corrientes en un volumen lo suficientemente elevado.

    En tercer lugar, las políticas de control de alquileres tienden a inmovilizar a las familias, quienes, incluso ante posibilidades de mejorar su situación económica si se trasladaran a otro lugar de trabajo y de morada, se ven frenadas de hacerlo, pues perderían el derecho de tener una vivienda de alquileres regulados y tener, alternativamente, que buscar una casa en la cual se empezaría por pagar un alquiler de mercado.

    No debe olvidarse, por otra parte, que, ante los problemas de regulación de alquileres, los dueños pueden introducir medidas discriminatorias, tales como raciales, de origen étnico o de tamaño de la familia, de manera tal que con ellas consideran que se puede asegurar que sus inquilinos no le deteriorarán su casa o el vecindario.

    Se podrían observar muchas otras cosas más acerca de lo equivocada que es una política de control de alquileres; sin embargo, lo importante es que si ciertamente se quiere proteger a los más desvalidos, es necesario que ellos puedan contar con casas para alquilar y si se fija un alquiler tope no habrá muchos dispuestos a invertir en ese renglón, con la consiguiente disminución de la oferta a que puedan tener acceso los relativamente más pobres.

    A veces se sugiere que las casas de “interés social” permanezcan bajo el control de alquileres, en tanto que las otras viviendas no lo sean. De ser ello así, provocará que se construyan relativamente más de estas últimas y menos casas de interés social. ¿Verdad que esto resulta contrario a todas las prédicas que se dicen para asegurar un mayor bienestar para los desvalidos? ¿Verdad que esta última sugerencia más bien afecta a los pobres, quienes ahora dispondrán de menos casas para alquilar, en tanto que beneficia a los más ricos, quienes ahora encontrarán más viviendas para ellos alquilarlas? ¿Verdad que con esa política se da un divorcio entre la realidad y las buenas intenciones?

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