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Boletín ANFE

11-05 Ojo con la velocidad

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Este artículo fue publicado en el Boletín de ANFE de Mayo del 2010

11-05 OJO CON LA VELOCIDAD


Por Jorge Corrales Quesada


Si los ticos no nos hemos dado cuenta clara de que las multas tan altas más bien parecen ser instituciones destinadas a recoger impuestos sin tener que pasar por una aprobación tributaria, en vez de una penalización al conductor de un vehículo por conductas consideradas inapropiadas según reglas de tránsito previamente definidas, pues no estamos en nada. Es más, les apuesto que los técnicos no consideran esas multas como parte de la carga tributaria de una nación, cuando simplemente se han convertido en gravámenes disfrazados. Es por esa actitud mportami que la Federación Nacional de Fútbol, la Asociación de Fútbol Argentina, los usuales políticos engolosinados, los intermediarios vivillos, los patrocinadores descuidados, etcétera, están muertos de risa y con los bolsillos llenos por la mesiada que pudieron darnos. Pronto organizarán una nueva actividad en el estadio nacional con Mesi, quien vendrá al país a modo de disculparse, pero por supuesto que cobrando una buena tajada. Ser más alertas como ciudadanos y como consumidores son dos caras de lo mismo: se trata de velar porque no nos agarren de tontos, de babosos, disponiendo de los recursos que tanto nos cuestan ganar.

En buena hora el estado ha procedido a instalar cámaras de vigilancia, para que aquellos conductores sorprendidos in fraganti rompiendo los límites de velocidad fijados -si bien respetando el principio básico de inocencia- se vean obligados a pagar multas que buscan refrenar la comisión de conductas a todas luces socialmente inconvenientes. Pero tampoco es conveniente permitir que el estado abuse del ciudadano contribuyente y conductor de vehículos a partir de su monopolio de coerción, utilizándolo para hacer cobros excesivos y hasta absurdos. Dejemos de lado en este comentario si estamos en presencia de cobros exagerados, razón válida para provocar que la nueva Ley de Tránsito esté varada en el Congreso (¡que vivan los diputados oponentes!). El principio aplicable debe ser tener multas adecuadas al tipo de delito y que no vayan más allá de infringir un dolor apropiado a los conductores multados sin llevarlos a la ruina. Pero centrémonos en el tema de las multas por velocidad al circular y de las cámaras ya instaladas en ciertas vías para controlarla.

El asunto es en estos momentos particularmente importante: ya las autoridades de turno -con frecuencia equivocadas al tratar de imponer sus apetencias fiscales por encima del comportamiento normalmente esperado de las personas en sociedad- nos anuncian nuevas restricciones al tránsito dicen que a fin de proteger al consumidor de los altos precios internacionales de los combustibles, como si fuéramos bebitos para no saber cómo actuar responsablemente según nuestras propias capacidades.

Ya hay voces en naciones como los Estados Unidos -la estulticia no conoce fronteras- para introducir un límite a la velocidad máxima a que se puede circular -creo que de 65 millas por hora- debido al alza en los precios de los combustibles y que serviría para que ese país ahorre recursos, lo cual es total y empíricamente falso. Equivale a que se me prohíba comer pan para ahorrar en el gasto nacional de la harina importada que está más cara. En Costa Rica los estatistas están reviviendo por aquella razón la propuesta de no circular durante uno o dos días a la semana (dicen que dos, para que, como majes que nos consideran, les aceptemos uno de ellos). Esta restricción se había venido abandonando en los últimos tiempos por no tener sentido alguno, excepto por razones de construcción de vías y ello en cierto grado de lógica.

Con el pronto inicio del cobro de (altas) multas por velocidad, utilizando cámaras electrónicas selectivamente ubicadas, es necesario que cuestionemos la definición de distintas velocidades máximas hoy empleadas por las autoridades en distintos tramos de vías públicas y que se supone constituyen la base legal para la imposición de esas multas. Por ejemplo, hay partes en que se tiene definido un risible límite máximo de 20 kilómetros por hora (no sólo frente a escuelas), que lo hace a uno pensar si las autoridades de tránsito tienen en mente que por nuestras vías circulen tan sólo carretas. En carreteras hay señaladas velocidades tan lentas que incluso constituyen un contrasentido a los propósitos revividos de ahorrar gasolina, pues es sumamente ineficiente para la naturaleza de las máquinas de los vehículos en circulación (tal vez debe excluirse de tal grupo al trencito con turistas que circula por el centro de San José, pero estoy seguro que ni esa es una velocidad óptima). Una velocidad de 40 o 60 kilómetros por hora en una autopista como la radial es risible, pues los accidentes no suelen ocurrir por la velocidad a que se circula sino por otras razones tales como proximidad entre vehículos, intersecciones mal diseñadas, carriles estrechos, entre muchos otros, inclusive por tránsito lento. Ello debe ser analizado debidamente y pensar en la existencia de ciertos flujos de velocidad que no causan problemas.

Déjenme señalar que uno de los problemas observados en lugares de los Estados Unidos en donde se aplica el control de velocidad por medio de cámaras para efectos de multas, es que no necesariamente las autoridades las aplican universalmente, sino que seleccionan a los de ciertos tamaños y marcas, posiblemente porque tienen en mente que, cuando manden el cobro de la multa por correo, el chofer o el dueño del vehículo, que no se dio cuenta de tal control, acudirá a pagarla por ser de recursos relativamente más altos.

Propongo que, al menos antes de proceder a cobrar por exceso de velocidad, y de que surja una reacción de malestar entendible por parte de los ciudadanos ante la nueva práctica, las autoridades de tránsito definan claramente las reglas de velocidad, dejando de lado algunos de los absurdos que todos conocemos. Lo que me preocupa es que esta revisión que propongo a la política de velocidad va en contra de los objetivos de recaudar plata mediante multas a como haya lugar, que en mi opinión se ha venido siguiendo en los últimos tiempos. Espero que no estemos condenados como siervos de la gleba a lo que algún burócrata entre risas nos dirá acerca de las multas que van a cobrar por velocidad. Ojalá me equivoque y se pueda lograr un orden mesurado y lógico que evite lo que podría degenerar en una odiosa aplicación selectiva de la ley.

Publicado en el sitio de ASOJOD el martes 5 de abril del 2011.

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