Mostrar Feed RSS

Boletín ANFE

09-10 Columna libre: Otras cinco afirmaciones y explicaciones acerca del liberalismo

Calificar esta Entrada
Este artículo fue publicado en el Boletín de ANFE de Octubre del 2009

09-10 COLUMNA LIBRE - OTRAS CINCO AFIRMACIONES Y EXPLICACIONES ACERCA DEL LIBERALISMO:

PARTE III


En esta edición del Boletín de ANFE se prosigue con respuestas a objeciones que a menudo se le formulan al liberalismo. En este tercer artículo de la serie se valorarán cinco nuevas objeciones, adicionales a las diez previas ya comentadas en los dos Boletines inmediatos anteriores.

Es necesario recordar que la expresión liberalismo en estos ensayos se refiere al llamado liberalismo clásico, que, en palabras de David Conway, “en el fondo de las cosas, lo que lo distingue de todas las otras, esa forma de orden social que los liberales clásicos mantienen como el mejor para todos los seres humanos, es la magnitud del grado de libertad que le brinda a todos los miembros adultos sanos. Esta forma de sistema político es el único que le otorga la libertad a las personas para hacer lo que deseen, provisto que nadie, sino en el caso extremo ellos mismos, sea afectado cuando se actúa en consonancia.” (David Conway, Classical Liberalism: The Unvanquished Ideal, New York: St. Martin’s Press, Inc., 1995, p. 8). Esto lo llamó Adam Smith el “orden natural”, en el cual “Todo hombre, con tal de que no viole las leyes de la justicia, debe quedar perfectamente libre para abrazar el medio que mejor le parezca a los fines de buscar su modo de vivir.” (Adam Smith, La Riqueza de las Naciones, Tomo II, San José: Universidad Autónoma de Centro América, 1986, p. 454).

AFIRMACION No. 11: EL LIBERALISMO ES ANTI-DEMOCRÁTICO.
EXPLICACION: En cierta manera el liberalismo clásico no endosa como tal al sistema político conocido como democracia, pero, más que rechazarlo, le reconoce méritos propios que hacen que muchos liberales se sientan como tales, además de demócratas. Los liberales suelen formular importantes observaciones acerca de la forma en que el sistema político democrático puede distorsionarse y dar lugar a daños imprevistos.

Como punto de partida es necesario aclarar el ámbito conceptual del liberalismo, diferente de aquél de la democracia. Mientras que el primero trata acerca de las funciones que debe realizar el gobierno y en particular de las limitaciones de los poderes públicos de todo tipo de gobierno, la democracia trata acerca de quién debe dirigir el gobierno. Bajo la concepción liberal, la democracia no puede considerarse como ilimitada, sino que, como cualquier otra forma de gobierno, debe ser objeto de limitación en sus poderes. Por tanto, la apreciación de algunos de que una mayoría -que en una democracia es la que procedimentalmente define la toma de decisiones gubernamentales- no debe tener limitación alguna, es rechazada por el liberalismo, el cual señala que hay principios, ya sea establecidos en una Constitución o bien mediante su aceptación general, que limitan la legislación que puede aprobar una mayoría. Señala Hayek que “los liberales consideran muy importante que los poderes de cualquier mayoría temporal hállense limitados por principios. Para el liberal, la decisión de la mayoría deriva su autoridad de un acuerdo más amplio sobre principios comunes y no de un mero acto de voluntad de la circunstancial mayoría.” (Friedrich A. Hayek, Los Fundamentos de la Libertad, Madrid: Unión Editorial S. A., 1975, p. p. 120-121).

Popper destaca la característica más positiva que tiene la forma de gobierno democrática, al señalar que “Personalmente, prefiero llamar ‘democracia’ al tipo de gobierno que puede ser desplazado sin violencia y ‘tiranía’ al otro”. (Karl Popper, Conjeturas y Refutaciones: El Desarrollo del Conocimiento Científico, Barcelona: Ediciones Paidós Ibérica S. A., 1967, p. 413). Años después amplía esta idea al escribir que la “única justificación moral (de la democracia es hacer todo lo posible para evitar que ocurra una dictadura). Las democracias… no son soberanías populares, sino, por encima de todo, instituciones equipadas para defendernos de la dictadura. No permiten el gobierno dictatorial, una acumulación del poder, sino que buscan limitar el poder del estado. Lo que es esencial es que una democracia… debería mantener abierta la posibilidad de deshacerse del gobierno sin derramamiento de sangre, si no logra respetar sus derechos y sus obligaciones, pero también si nosotros consideramos que su política es mala o es errónea.” (Karl Popper, “Reflexiones sobre Teoría y Práctica del Estado Democrático,” conferencia dada en Munich, Alemania, el 9 de junio de 1988, y reproducida en Karl Popper, La Lección de este Siglo, Argentina: Temas Grupo Editorial SRL, 1998, p. 108. El paréntesis es mío).

De paso, es por opiniones como ésta de Popper de donde surge mi aprecio personal por los sistemas democráticos basados en el parlamento (o parlamentarismo), bajo el cual es más fácil reemplazar gobiernos que prosigan políticas malas o inconvenientes, en comparación con democracias no parlamentarias, en que el poder ejecutivo puede ser cambiado tan sólo mediante elecciones formalmente convocadas con cierta periodicidad preestablecida. Si alguien duda de esta gran virtud del parlamentarismo, puede pensar en lo sucedido recientemente en Honduras, pues, de haber existido un sistema democrático parlamentario, podría ser que el cambio de gobierno conveniente se hubiera realizado sin mayores dificultades institucionales, como las experimentadas recientemente. Incluso la posición asumida por naciones europeas, en donde hay sistemas de gobiernos parlamentarios, ante lo que han denominado como golpe de estado en Honduras, tendría que variar, pues, como suele suceder en muchos de esos países, cambian con frecuencia sus gobiernos sin que se considere un golpe de estado.

Un destacado pensador liberal considera que el gran mérito de la democracia de sustituir al gobierno sin que medie un derramamiento de sangre es “un ideal por el cual vale la pena luchar hasta el máximo, porque es nuestra única protección… contra la tiranía.” (Friedrich Hayek, Law, Legislation and Liberty, Vol. 3: The Political Order of a Free People, Chicago: The University of Chicago Press, 1979, p. 5).

Los liberales no somos anti-democráticos en cuanto el sistema de gobierno democrático esté sujeto a limitaciones. Apreciamos que la opinión expresada por una mayoría debe servir como guía para la toma de decisiones públicas y que la legitimidad de tal poder de coerción deviene de un principio que ha sido aprobado por al menos una mayoría, pero ello no le otorga un poder ilimitado a una mayoría. Es decir, los principios generales aprobados por una mayoría definen para los individuos los mandatos que deben acatar de forma que se mantenga la viabilidad de un orden social. El punto esencial es que el gobierno debe tener un número delimitado de acciones que puede llevar a cabo, de forma que permitan la formación de un orden espontáneo. La lucha del liberalismo ha sido por lograr instituciones que prevengan todo tipo de ejercicio arbitrario del poder, de forma que definen el grado de coerción aceptable para los individuos, como son “la separación de poderes, la regla de la soberanía de la ley, un gobierno sujeto a las leyes, la distinción entre el derecho público y el derecho privado y las reglas de los procedimientos judiciales. (Estos principios) sirvieron para definir y limitar las condiciones bajo las cuales era admisible cualquier coerción a los individuos. Se pensó que la coerción se justificara tan sólo en términos del interés general… de acuerdo con reglas uniformes aplicadas a todos por igual.” (Friedrich Hayek, Ibídem, p. p. 99-100).

Hay dos puntos adicionales a los cuales deseo referirme en torno a la relación entre un gobierno democrático y un orden liberal. El primero se refiere al principio democrático de que la mayoría es la forma de decisión aplicable a los asuntos públicos. Eso no significa que lo que puede ser la mayoría en un momento dado, deba ser el punto de vista de la generalidad de los ciudadanos; por el contrario, en un sistema democrático lo que en un momento dado se puede considerar como un punto de vista minoritario, el día de mañana puede bien convertirse en la posición mayoritaria. Esta es la esencia de la toma de decisiones en un sistema democrático: que la minoría pueda convertirse libremente, en cierto momento, en una mayoría.

La segunda observación que deseo comentar parte de una cita del pensador liberal católico, Lord Acton, acerca del riesgo de que la democracia degenere en totalitarismo, riesgo que se presenta cuando “El verdadero principio de la democracia, de que nadie tendrá poder sobre la gente, es tomado para dar a entender que nadie estará en capacidad de limitar o escapar de su poder. El verdadero principio democrático, que la gente no será obligada a hacer lo que no le gusta, es tomado para dar a entender que nunca se le requerirá que tolere lo que no le gusta. El verdadero principio democrático, que el libre albedrío de todos los hombres será tan libre como sea posible, es tomado para dar a entender que el libre albedrío del pueblo como colectividad no será encadenado de forma alguna.” (John Emerich Edward Dalberg, Lord Acton, “Sir Erskine May’s Democracy in Europe,” en The History of Freedom and Other Essays, editado por John Neville Figgis y Reginald Vere Laurence, Londres: Macmillan, 1907, p. p. 93-94).

El peligro de tal degeneración puede descansar en que, si sus poderes no se limitan, en vez de servir al objetivo determinado por una mayoría que se presume es generalmente aceptado, más bien se dedican a servir las demandas que pueden ejercer multiplicidad de intereses específicos. No hay duda de que la democracia está expuesta a la presión para que otorgue beneficios particulares, de forma que la mayoría del momento, a fin de preservarla, está dispuesta a otorgar privilegios a cada grupo particular que así lo demande.

El freno puede estar en que la mayoría del momento esté vedada de otorgar beneficios discriminatorios a grupos o individuos específicos, pero, como resume Hayek, “la raíz del conflicto está en que en una democracia ilimitada quienes poseen poderes discrecionales se ven forzados a usarlos, ya sea que lo deseen o no, para favorecer grupos políticos particulares de cuyo voto cambiante dependen.” (Friedrich Hayek, Law, Legislation and Liberty, Vol. 3, Op. Cit., p. 139). Por ello, un buen principio liberal me parece que es valorar al sistema político democrático como la forma más eficiente actualmente descubierta para poder cambiar un gobierno sin que medie la violencia, pero teniendo siempre muy presente la posibilidad de que, si no se le limita en sus poderes, degenere en un gobierno totalitario.

AFIRMACION No. 12: EL LIBERALISMO ES ANTI-ECOLÓGICO.
EXPLICACION: Un fenómeno interesante políticamente surgido a finales del siglo pasado fue un incremento en la demanda de calidad del tema medioambiental, asunto que ha logrado preeminencia en diversos círculos de opinión. Para nuestros efectos, interesa destacar que esta demanda de calidad del medio ambiente en sus distintas expresiones (aire y agua más limpias, preservación de especies en peligro de extinción o áreas de conservación medioambiental) no es distinta de la demanda que las personas ejercen sobre otros bienes o servicios: conforme aumentan sus niveles de ingresos, la gente desea adquirir más bienes asociados con un medio ambiente de calidad, al igual que sucede con muchos otros bienes y servicios. La relación empírica encontrada entre tales bienes medioambientales y el ingreso per cápita sigue lo que se llama un patrón “J”, en donde “a niveles de ingresos muy bajos, la calidad del medio ambiente puede ser muy elevada porque no se producen emanaciones. Después de que los ingresos se elevan por encima de cierto mínimo, los contaminantes aumentan y se deteriora el medio ambiente. Pero luego, al llegar los ingresos per cápita a aproximadamente unos $5.000 al año, la calidad del medio se convierte en un bien de lujo.” (Terry L. Anderson y Donald L. Leal, “Enviro-Capitalism vs. Environmental Statism,” en Regulation, Vol. 17, No. 2, Primavera de 1994, Sección Letters, p. 3. Los economistas definen “un bien de lujo” como aquél que, ante un aumento porcentual en el ingreso, se da un aumento superior a dicho porcentaje en la demanda del bien. En este caso, un 10% de incremento en el ingreso da lugar a un aumento entre el 30 y el 50% de la demanda de calidad del medio ambiente).

El crecimiento en los ingresos generados por las economías de mercado es uno de los factores más importantes que explican el incremento en la demanda de bienes medioambientalmente limpios, al igual que ha sucedido con muchos otros bienes que tal vez no son objeto de atención similar.

Otro aspecto que se debe señalar es que el “medio ambiente” no es un bien que se consume del todo o nada; esto es, la gente difiere fuertemente en sus gustos acerca de la magnitud de sus preferencias acerca de bienes medioambientales. Es decir, hay implícito un intercambio (trade-off) en las preferencias de las personas. Por ello, no puede considerarse a priori que haya una preeminencia de los bienes medioambientales sobre otros de su misma naturaleza o bien en comparación con otros bienes no ambientales, por los que los individuos pueden tener una mayor o menor preferencia. Los valores son múltiples, no únicos. Como dice Lynn Scarlett, “La gente busca abrigo, alimentación, salud, seguridad, aprendizaje, justicia, compañía, libertad, y comodidad personal junto con protección al medio ambiente. En algunas ocasiones, incluso puede buscar bienes medioambientales que compiten entre sí.” (Lynn Scarlett, “Evolutionary Ecology,Reason, Mayo de 1996, y reproducido en David Boaz, editor, The Libertarian Reader: Classic and Contemporary Writings from Lao-Tzu to Milton Friedman, New York: The Free Press, 1997, p. 401).

A partir de los años noventas ha tomado fuerza intelectual lo que se conoce como “medio ambientalismo de libre mercado” o “ecología evolucionaria”, que es un aporte interesante de ideas básicamente liberales aplicadas al caso concreto de la contaminación medioambiental. Uno de los libros más interesantes al respecto es el de Terry L. Anderson y Donald R. Leal, titulado Free Market Environmentalism (Medio Ambientalismo de Libre Mercado), en donde presentan un punto de vista alternativo basado en el uso de los mercados para tratar de resolver los problemas del medio ambiente. Parten de la necesidad de disponer de un sistema bien definido de derechos de propiedad sobre los recursos naturales. Este punto de vista contrasta con otro bastante aceptado, que suele considerar que la causa de los problemas ambientales es precisamente la excesiva utilización en los mercados de los recursos naturales y que, para su solución, se requiere de una activa participación estatal.

No hay una oposición entre la visión liberal de la sociedad y la solución a los problemas que se presentan por el uso excesivo de recursos naturales. Por el contrario, la utilización de las reglas del libre mercado, tan afines al pensamiento liberal, brindan herramientas que contribuyen a resolverlos. En contrapartida, debe señalarse que no sólo en muchas ocasiones no es necesaria la participación gubernamental para mejorar la calidad del medio ambiente, sino que incluso aquélla puede constituir un obstáculo que impida su logro. De seguido expongo algunos de los principios básicos del “medio ambientalismo de libre mercado”.
El punto de partida yace en reconocer que “La clave… para que los mercados sean efectivos, en general, y del medio ambientalismo de libre mercado, en particular, radica en el establecimiento de derechos de propiedad bien especificados y que sean transferibles.” (Terry L. Anderson y Donald R. Leal, Free Market Environmentalism, Boulder, Colorado: Westview Press para el Pacific Research Institute for Public Policy, 1991, p. 20).

La definición de los derechos de propiedad es crucial, pues deben ser medibles, a fin de que puedan intercambiarse con otros derechos de propiedad diferentes. Esos derechos de propiedad deben hacerse valer o cumplir, pues de otra manera surgirían conflictos que hacen imposible su intercambio. También está su transferibilidad, para lo cual se requiere de un marco jurídico que la faculte o que no imponga restricciones al intercambio de esos derechos.

Además de lo citado en torno a los derechos de propiedad, la propuesta del medio ambientalismo de libre mercado requiere la existencia de un sistema jurídico que resuelva problemas de daño, así como de vigencia y aplicación de contratos, en donde compradores y vendedores puedan seguir un curso de libre intercambio de sus derechos. La libre acción de intercambio individual, mediante un sistema de precios, permitirá que los individuos puedan cooperar a fin de satisfacer sus intereses en común. Es decir, que haya mercados que brinden los incentivos para que los individuos vislumbren que el medio ambiente puede ser considerado como un activo que vale la pena generar, crear e intercambiar, en vez de impulsar problemas que deben ser enfrentados si se trata al medio ambiente como un pasivo.

Lo expuesto es un cambio radical ante aquella actitud que mira a los mercados como un mecanismo para la avaricia y la comercialización de la vida. Los mercados constituyen procesos mediante los cuales los individuos intercambian valores de forma que obtienen un beneficio neto con dicho intercambio. En el caso concreto de los bienes medioambientales, puede surgir un mercado en donde se intercambian esos bienes, de forma que se logre una mejora en la calidad, en comparación con una situación en donde no se da tal intercambio.

Se trata de que haya incentivos para que los individuos usen eficientemente los recursos y el manejo de la tierra, a través de inversiones que tengan como objetivo aumentar el valor de sus propiedades a través del tiempo. Se pretende aprovecharse del hecho de que, como dicen Anderson y Leal, “los dueños de propiedad individual, quienes están en una posición y tienen un incentivo para obtener información específica en tiempo y lugar, acerca de sus dotaciones de recursos, están mejor adaptados en el manejo de los recursos que los burócratas centralizados.” (Terry L. Anderson y Donald R. Leal, Ibídem, p. 5).

La existencia de incentivos adecuados, aunada a la naturaleza humana por la cual el individuo, al buscar su propio interés, logra el bienestar del resto de la colectividad (A. Smith) mediante el proceso de intercambio en los mercados, así como por posibilitarse una buena utilización del conocimiento disperso entre los individuos y que es mayor que lo que mente alguna pueda concentrar (F. Hayek), constituyen los pilares sobre los que descansa la aplicación de la idea liberal de los mercados libres a los problemas medioambientales.

El empresario, en busca de nichos u oportunidades que permitan el logro de utilidades, puede así ser dirigido a solucionar problemas en el medio ambiente. El interés propio y la buena administración de recursos se unen dentro de un proceso que permite ligar los buenos resultados de decisiones con la obtención de ganancias. En un sistema de decisión burocrática centralizada no se logra tal beneficio, ya sea porque se rompe el ligamen entre el buen manejo y las ganancias o bien porque la intervención política altera las señales (precios) que brindan información o porque las decisiones que se toman dentro del sector público no implican costos para quienes las efectúan.

Lo expuesto es una guía adecuada cuando se trata de analizar el tema medioambiental, pero no se debe descartar la necesidad, en ciertos casos limitados, de tomar decisiones en el área política, si bien debe tenerse presente el costo que tienen en cuanto a su carácter punitivo y regulatorio, comparado con una posible solución que considere incentivos en el manejo de bienes que tienen que ver con la calidad del medio ambiente, con mejorar los flujos de información para la toma de decisiones y, sobre todo, con ampliar las posibilidades (y la evolución) de acuerdos negociados entre las partes involucradas en conflictos sobre derechos relacionados con el medio ambiente.

Haciendo uso de la teoría de la elección pública, esta guía debe tener presente que “Desafortunadamente ni el control político ni el burocrático brinda suficiente información o los incentivos adecuados a fin de que los productores y los consumidores lleven a cabo escogencias que sean eficientes para la sociedad. Se pueden resumir cinco problemas con la propiedad y su administración por parte del estado: 1. En una democracia los votantes inteligentes tienen un incentivo para ser racionalmente ignorantes acerca de los candidatos y de los temas de políticas públicas… 2. Puesto que la mayoría de los votantes son racionalmente ignorantes acerca de la mayoría de los temas, los grupos de intereses especiales pueden tener una influencia tremenda… 3. Los altos funcionarios gubernamentales tienden a actuar de una manera miope, debido a que, a diferencia de los dueños privados de un recurso, no pueden capturar los beneficios futuros esperados a causa del uso eficiente del recurso… 4. Dentro del gobierno hay poco incentivo para que se sigan políticas eficientes o para un comportamiento operativo eficiente… 5. Un votante debe escoger un candidato que lo represente en cientos de asuntos. Aún un votante bien informado tiene un problema para expresar sus preferencias acerca de diferentes aspectos de política pública.” (Richard L. Stroup y John Baden, “Endowment Areas: A Clearing in the Policy Wilderness?,” en Cato Journal, Vol. 2, No. 3, invierno de 1982, p. p. 698-700).

El problema con el esquema de toma de decisiones privadas como método eficiente para asignar recursos se da cuando los recursos no son propiedad de alguna persona; esto se conoce como “la tragedia de las propiedades comunes” (en inglés, “tragedy of the commons”). Si no hay un dueño (“o lo es todo mundo”), cada persona tiene un incentivo para consumir de él lo más que pueda y lo más pronto posible, de manera que no hay incentivos para proteger esos recursos en su uso futuro. Esto es, hay un derecho ejercido por todos los miembros de la colectividad en donde se le impide a cualquier persona de ella que ejercite un derecho individual ante aquel derecho comunal de todos los individuos de esa colectividad. Aquí surge un asunto importante: más que individuos “malos” lo que hay son instituciones defectuosas; en este caso, falla la institución del mercado por no haber propiedad de los recursos.

Robert J. Smith resume adecuadamente el caso al señalar que “la experiencia y las implicaciones lógicas de la teoría de la propiedad comunitaria de los recursos sugiere que los derechos privados de la propiedad son muy superiores a los derechos de propiedad estatal o pública, en parte por la exclusividad sin ambigüedades de los derechos privados de propiedad y ante el difícil problema de prevenir que demasiados usen el dominio público bajo un sistema de propiedad estatal. Es más, los dueños privados de propiedad tienen un incentivo directo e inmediato para no mal-administrar su propia propiedad, en tanto que los administradores o propietarios estatales no poseen los mismos incentivos, ni tampoco hay muchos incentivos que prevengan a todos para que no sobre-utilicen los recursos mantenidos bajo el dominio público.” (Robert J. Smith, “Resolving the Tragedy of the Commons by Creating Private Property Rights in Wildlife,” en The Cato Journal, Vol. 1, No. 2, Otoño de 1981).

El meollo del asunto es hasta qué grado resulta posible generar derechos privados de propiedad en donde no los hay, dada la diferencia entre un sistema de propiedad privada y uno comunal, caracterizado este último por la utilización excesiva, el desperdicio y la extinción, en tanto que el primero resulta en un uso que se extiende a través del tiempo y que preserva el recurso en consideración.

Gracias a Hayek (Friedrich A. Hayek, “The Use of Knowledge in Society,” en American Economic Review, Vol. 35, No. 4, 1945) podemos concluir en que los conocimientos específicos de tiempo, lugar y la experiencia son a menudo los más importantes para entender y resolver los problemas medioambientales, si bien no es algo exclusivo de estos bienes, sino propio de la vida humana, que afecta a la gente todo el tiempo. Para resolver el problema del conocimiento, el ser humano ha desarrollado mercados que funcionen y que transmitan la información necesaria entre las partes, en un proceso de descubrimiento que faculta resolver los problemas de valor y conocimiento así como que estimulen mejoras de esos mercados con el paso del tiempo. Sin embargo, en el caso de bienes medioambientales, “las cosas no están tan claramente definidas. Hay fricciones: bienes que no son separables o difícilmente divisibles, dificultades para identificar o definir las numerosas partes que pueden estar involucradas, información vital que no es asequible a todas las partes o que no es fácilmente conocida, líneas de propiedad borrosas”, lo cual requiere una evolución institucional permanente que permita tratar estos casos difíciles de resolver. (Lynn Scarlett, “Evolutionary Ecology,” Op. Cit., p. p. 404-405).

Una institución es el derecho consuetudinario (common law en inglés), sustentado en la costumbre y la tradición y sobre todo fundamentado en el seguimiento de casos precedentes, de forma que hay un proceso de descubrimiento que permite clarificar y redefinir los límites de las propiedades que se vean involucradas en un conflicto medioambiental. No estoy en capacidad de decir si un sistema jurídico basado en el derecho romano (como el nuestro) tiene esa capacidad de ajuste y enriquecimiento según sean los casos que vayan resolviendo las cortes en estos temas de límites de derechos. Pero soy optimista y espero que el sistema basado en el derecho romano tenga la misma flexibilidad de adaptación que aquel sustentado en el derecho consuetudinario.
La institución del derecho consuetudinario es especialmente útil “para ir aclarando los derechos e ir refinando lo que significa ‘el uso y disfrute’ de la propiedad de uno. Es tanto un mecanismo para la resolución de conflictos como un medio para descubrir el alcance y el límite de los derechos… Al hacerse la ley mejor y mejor para maximizar el bienestar de las partes en un caso particular, menos y menos casos serán presentados ante la corte. Como resultado, la ley consuetudinaria tiende a basarse en unas cuantas reglas eficientes –aquellas que hacen que el valor del ‘pastel’ sea el mayor.” (Lynn Scarlett, Ibídem, p. 405).

También es importante que haya instituciones privadas de negocios que permitan resolver algunos temas de conflictos de calidad del medioambiente. Por ejemplo, desarrollar mercados de reciclaje que permitan la coordinación entre compradores y vendedores, entre muchos otros que se podrían citar.

El problema surge al considerar que tan sólo mediante mandatos públicos acerca de la utilización de recursos y el empleo de ciertas tecnologías concretas, se puede solucionar el problema de ciertos tipos de contaminación, sin tener en cuenta que es posible desarrollar mecanismos basados en la información descentralizada, para entender la naturaleza de los problemas del medio ambiente y desarrollar caminos para que la gente pueda enfrentar la toma de decisiones acerca de valores medio ambientales que compiten entre sí. Como dice Scarlett, “lo que ante todo se requiere es un alejamiento fundamental de un enfoque que es primariamente regulatorio y punitivo hacia uno que enfatiza la negociación, la mejoría de los flujos de información y los incentivos para la buena administración.” (Lynn Scarlett, Op. Cit., p. 411). En el fondo, se trata de abrir las máximas posibilidades institucionales para que las partes involucradas puedan establecer mecanismos de negociación, al surgir conflictos entre partes en torno a impactos negativos que sobre el medioambiente pueden tener ciertas acciones humanas.

Este enfoque considera la posibilidad de que el estado tenga un papel en ciertos casos, pues, como asevera Scarlett, “a menudo los bienes medioambientales son indivisibles y presentan desafíos a los mercados ordinarios… el problema de la indivisibilidad –en especial en el caso de contaminación del aire- hace inevitable algún tipo de fijación colectiva de las metas. El número de partes afectadas hace que los enfoques basados en el derecho consuetudinario o en negociaciones voluntarias sean engorrosos… Para algunos problemas, los impactos son estrictamente locales y estrechamente circunscritos. Otros problemas medioambientales pueden tener impactos regionales y hasta globales. La ubicación del impacto deberá ayudar a determinar en dónde reside la autoridad para tomar las decisiones.” (Lynn Scarlett, Ibídem, p. 407).

Por ello se debe considerar la posibilidad de la intervención gubernamental que, bajo ciertas circunstancias, imponga restricciones sustitutas de la posibilidad de un proceso de negociación entre partes involucradas. Pero, para empezar, debe ser un caso en donde hay un amplio consenso de que las restricciones a la actividad contaminante son apropiadas, “casos raros en que”, como señala Scarlett, “todo mundo estaría mejor si se terminara con una práctica dañina al medio ambiente, en la que siempre habría incentivos para ‘hacer trampa’ a menos que haya una ley que imponga la restricción.” Con gran sentido práctico indica Scarlett que, “considerar reglas uniformes será una función del grado de consenso acerca de si cierta acción deberá de tomarse; la claridad del conocimiento acerca de la causa del problema y el nivel de riesgo asociado con el problema. En caso de que los problemas no sean divisibles, en donde los riesgos derivados del problema son extremadamente altos y que se entiendan bien las causas de esos problemas, las regulaciones públicas ofrecen una solución plausible.” (Lynn Scarlett, Ibídem, p. 409).

Pero la intervención gubernamental para solucionar las imperfecciones del mercado no es gratuita; tiene un costo. Por ello es esencial que las soluciones públicas sean objeto de comparación con soluciones privadas plausibles. Es sabido que las burocracias no dan la más eficiente respuesta a votantes con información pobre y que apenas tienen incentivos débiles para servirles, además de que suelen ofrecer bienes públicos que se adaptan a sus intereses propios más que a los de la ciudadanía. Es indispensable comparar imperfecciones de los mercados con imperfecciones de los gobiernos. (Tyler Cowen, “Public Goods,” en The Concise Encyclopedia of Economics, editada por David R. Henderson, Liberty Fund Inc.: Library of Economics and Liberty, sin fecha).

Por lo expuesto, es claro que el liberalismo no es antagónico a un medioambiente de calidad y que es consciente de que la elección de las personas por más bienes ecológicamente limpios es resultado de una valoración que ellas hacen entre una gama infinitamente amplia de bienes y servicios. La discusión se centra en el grado en que, bajo un sistema de decisión descentralizada (mercado), se generan problemas de oferta de esa calidad medioambiental y si, en la mayoría de los casos, una adecuada provisión de bienes ecológicamente limpios se logra mediante una serie de instituciones que el mercado ha ido generando a través de los años.

Asimismo, la controversia gira alrededor de si la solución privada a estos conflictos, que enfatiza la negociación entre las partes y el uso del derecho (principalmente consuetudinario), es suficiente para lograr una solución adecuada o si se requiere una intervención estatal. Dado lo expuesto, si bien no se excluye esta última posibilidad, la experiencia histórica (aquí no mencionada por limitaciones de espacio) parece mostrar que la intervención estatal más bien ha impedido una solución a estos problemas medioambientales y que, en caso de seguirse el camino de las restricciones públicas, los costos de dicha acción pública –que pueden ser sumamente altos- deben compararse con los costos derivados de lo que en ciertos círculos se ha llamado como “fracaso del mercado” y ante posibles soluciones privadas.

El reciente otorgamiento del Premio Nobel en Economía 2009 a Elinor Ostrom es un reconocimiento de que “grupos descentralizados pueden desarrollar diversos sistemas de reglas que permitan que surja la cooperación social por medio de la asociación voluntaria… (Ostrom) estudia la toma de decisiones colectivas pero no estatales en el caso de recursos colectivos… que logran lo que habría logrado un sistema de propiedad privada. Aparecen reglas que limitan el acceso que hacen que los individuos en el grupo sean responsables por el mal uso del recurso. (Peter Boettke, “Elinor Ostrom’s Nobel Prize in Economics,” en Foundation for Economic Education, Articles, 15 de octubre del 2009), lo cual muestra que, si bien las soluciones de mercado puede que no funcionen como es el caso de la ‘tragedia de las propiedades comunes’, las soluciones gubernamentales puede que tampoco funcionen, como lo hemos discutido, pero si la asociación voluntaria colectiva no estatal.

Después de todo, como dice Boettke, “El fundamento del orden social de la gente libre es auto-gobierno, no la autoridad gubernamental y el poder centralizado. Es mediante la toma descentralizada de decisiones metida profundamente en los dilemas locales que encaran las personas reales, que moviliza los incentivos dentro de una estructura de reglas local y que utiliza el conocimiento vecinal, cómo el proceso de desarrollo institucional asegura que el auto-gobierno sea una gobernanza efectiva, que permita que seres humanos falibles manejen razonablemente los recursos escasos y las relaciones entre ellos.” No hay duda que ello se hace dentro de ese espíritu que caracteriza el sistema u orden liberal que hemos venido exponiendo.

AFIRMACION No. 13: EL LIBERALISMO ES SÓLO UNA ACTITUD.
EXPLICACION: Hay quienes se consideran liberales porque asumen una actitud tolerante ante otras opiniones. Este rasgo sicológico es importante, no hay duda, además de ético. El liberalismo aprecia la diversidad y de forma natural está dispuesto a escuchar las opiniones de otros e incluso hasta reconocer cuando pierde una disputa intelectual, si fuere el caso. Dice Pedro Schwartz: “el talante del individuo liberal es el de procurar gobernarse a sí mismo según los mandatos de sus creencias y su moral, y respetar la moral y las creencias de sus congéneres.” (Pedro Schwartz, “Presentación: Sísifo o el Liberal,” en Pedro Schwartz, Nuevos Ensayos Liberales, Madrid: Espasa Hoy, 1998, p. 19). Pero no es suficiente tener tal disposición o modo de hacer una cosa (talante lo llama Schwartz) para considerarse un liberal. Ello porque el liberalismo clásico es más que una actitud: es también una doctrina política que otorga el máximo valor al individuo y que considera que la sociedad funciona de la mejor forma posible si se dispone de la mayor libertad social y económica.

Los rasgos fundamentales del liberalismo clásico son expuestos claramente por Schwartz en la obra citada, en la que empieza por exponer el carácter supremo del individualismo, entendido como la soberanía que se tiene sobre la persona y sus propiedades. Dice: “no entiendo la vida moral sin autonomía personal, ni la vida social sin plena libertad de suscribir contratos voluntarios con otras personas. El liberalismo es… mucho más que una aceptación cortés de la diversidad de opiniones y formas de vida. Es una ética de la dignidad personal basada en la auto-disciplina y el auto-gobierno.” (Pedro Schwartz, Ibídem, p. 20).

La gran defensa de la posición individualista fue expuesta por John Stuart Mill, quien señaló el fundamento por el cual el individualismo conduce a una organización social que genera las mayores posibilidades de progreso individual. Dice: “Para que los seres humanos se conviertan en nobles y hermosos objetos de contemplación, es necesario que no degasten por medio de la uniformidad todo lo que hay de individual en ellos, sino que lo cultiven y permitan su desarrollo dentro de los límites impuestos por los derechos e intereses de los demás. Y de igual modo que sus obras comparten el carácter de sus autores, mediante ese mismo proceso también se enriquece, diversifica y anima la vida humana, proporciona bastante alimento para los exaltados pensamientos y los elevados sentimientos y refuerzan los lazos que unen a todo individuo con la raza, si se considera que es infinitamente mejor pertenecer a ella. En proporción con el desarrollo de su individualidad, cada persona se hace más valiosa para sí misma y, por consiguiente, es capaz de ser más valiosa para otros.” (John Stuart Mill, Sobre la Libertad, San José: Universidad Autónoma de Centro América, 1987, p. 99).

El liberalismo como organización social se basa en el respeto a la intimidad de la persona, en asegurar la vigencia de los contratos en que incurre libremente y, por supuesto, de la propiedad, a la vez que prohíbe el uso de la fuerza (excepto en defensa propia), la coacción y el engaño, de forma que exige a los individuos obedecer reglas generales en el marco del principio de legalidad, como medio asegurar la convivencia social. En dicho orden social no sólo se respeta la autonomía individual, sino que se busca minimizar la coacción, que puede ser aplicada tan sólo mediante la fuerza legalmente instituida; esto es, por el estado.

El ser liberal va mucho más allá de ser tolerante con la opinión de terceros y de estar dispuesto a ser convencido por opiniones que se le presentan en contrario. También se requiere el aprecio de la supremacía del individuo, principalmente a partir de la falibilidad del conocimiento, como nos lo ha recordado Schwartz. Ello exige aprender de la crítica y de darnos cuenta de que, para la humanidad, es conveniente que los individuos disputen acerca de ideas, en vez de dedicarse a guerrear entre ellos. Pero, además de eso, es necesario reconocer que hay un marco institucional que define al liberalismo.

Para referirme a esto último acudo nuevamente a Schwartz, quien expone con gran precisión que “la libertad individual está garantizada cuando se cumplen cinco condiciones:
-respeto de los derechos humanos;
-reconocimiento de la igualdad de las personas ante la ley;
-división de los poderes del estado;
-defensa de la propiedad privada y del cumplimiento de los contratos, y
-paso franco a la emulación económica.”
(Pedro Schwartz, “Conceptos del Liberalismo,” en Pedro Schwartz, Op. Cit., p. 51).

Este marco ideológico básico de la doctrina liberal no únicamente se refiere a una actitud ante terceros, sino a la necesaria apreciación de las condiciones que debe satisfacer un orden socio-político, a fin de que los individuos puedan prosperar, ser libres, felices y vivir seguros; en síntesis, un sistema que les permita progresar.

Para concluir, como explica Hayek, “tan sólo hasta que se averiguó que la incuestionablemente mayor libertad personal que Inglaterra disfrutó durante el siglo dieciocho había producido una prosperidad material sin precedentes, se hizo un intento de desarrollar una teoría sistemática del liberalismo… (Este) se deriva del descubrimiento de un orden espontáneo, o que se genera a sí mismo, de los asuntos sociales… un orden que hizo posible utilizar el conocimiento y las habilidades de todos los miembros de una sociedad, en un grado mucho mayor que el que hubiera sido posible bajo cualquier orden que hubiera sido creado por una dirección central, y con el deseo, en consecuencia, de hacer un uso pleno de estas poderosas fuerzas ordenadoras espontáneas tanto como fuera posible.” (Friedrich A. Hayek, “Principles of a Liberal Social Order,” en Chiaki Nishiyama y Kurt R. Leube, editores, The Essence of Hayek, Stanford, California: Hoover Institution Press, 1984, p. 365).

AFIRMACION No. 14: EL LIBERALISMO ES ANARQUISTA.
EXPLICACION: Esta crítica al liberalismo fue objeto de análisis en el Boletín de ANFE inmediato anterior, al comentarse la afirmación No. 9 de que “el liberalismo es anti-empresa pública.” Allí concluimos en que “el liberalismo no es sinónimo de anarquía, pues considera indispensable la existencia del estado, si bien es cierto que hay diversos criterios entre los pensadores liberales acerca de cuáles son los alcances o roles concretos que puede desempeñar en una sociedad liberal”. De acuerdo con eso, no se le puede adscribir al liberalismo la creencia en un sistema político con ausencia del estado o el gobierno (definición sencilla de anarquía), si bien se expuso que había una gama amplia de posiciones de pensadores liberales acerca de las funciones propias que puede desempeñar el estado o el gobierno. Se enfatizó en que los liberales suelen creer en un gobierno limitado, en donde el grado de restricción aplicable es un tema aún abierto a diferentes criterios entre pensadores liberales clásicos.

Dicha limitación la expuso claramente Hayek, al señalar que “a partir de darse cuenta de las limitaciones del conocimiento individual y del hecho de que ninguna persona o grupo pequeño de personas puede saber todo lo que es conocido por alguna otra persona, el individualismo también puede derivar su conclusión práctica más importante: su demanda de una limitación estricta de todo el poder coercitivo o exclusivo.” (Friedrich Hayek, “Individualism: True and False,” en Chiaki Nishiyama y Kurt R. Leube, The Essence of Hayek, Op. Cit., p. 141).

El hecho es que distintos pensadores liberales clásicos sostienen diferentes posiciones acerca de cuáles son los papeles que debe desempeñar el estado en un orden social liberal. Casi que cada pensador liberal sobresaliente tiene su propio elenco de funciones propias de un estado en la sociedad abierta. Por ello, como preámbulo al desarrollo de esta discusión, me refiero a la definición notable que hace Adam Smith de los papeles que el estado debe desempeñar: “La primera obligación del Soberano… es la de proteger a la sociedad de la invasión y violencia de otras sociedades independientes…La segunda… consiste en proteger a cada individuo de las injusticias y opresiones de cualquier otro miembro de la sociedad… (y) la tercera…la de erigir y mantener aquellos públicos establecimientos y obras públicas, que aunque ventajosos en sumo grado a toda la sociedad, son no obstante de tal naturaleza que la utilidad nunca podrá recompensar su coste a un individuo o a un corto número de ellos, y que por lo mismo no debe esperarse se aventurasen a erigirlos ni a mantenerlos.” (Adam Smith, La Riqueza de las Naciones, Tomo III, San José: Universidad Autónoma de Centro América, 1986, p. 5, 23 y 36).

Hay algunos pensadores, a quienes se les suele considerar como parte del elenco de “liberales clásicos”, que consideran que no hay un papel para el estado en cuanto a la administración de justicia (por ejemplo, David Friedman, cuyo pensamiento anarco-capitalista será luego mencionado) o también el caso de una nación, como Costa Rica, que ha acudido a una declaración de neutralidad perpetua como razón para no disponer de un ejército que defienda al país frente a la amenaza externa. Este último ejemplo puede no necesariamente reflejar una posición liberal ante las funciones del estado, pero es interesante en cuanto a que el estado no está “protegiendo a la sociedad de la invasión y violencia de otras sociedades independientes” por medio de la fuerza militar, como lo plantea Smith, sino que es una “aceptación” de otras sociedades del carácter neutral o “amilitar” de la defensa costarricense ante la agresión externa.

Para dar una idea de la gran dispersión de funciones concretas que un estado puede desempeñar en un orden liberal clásico, me permito exponer, como ejemplo, la propuesta de un connotado pensador liberal clásico de la actualidad, Richard Epstein, quien escribió que “el liberalismo clásico huye de cualquier afecto por la anarquía en nombre de la libertad individual. Reconoce la necesidad de la fuerza del estado no sólo para prevenir la agresión y mantener la vigencia de los contratos, sino también para obtener impuestos (“flat”; bajos y uniformes), suplir infraestructura y limitar al monopolio… El liberal clásico trabaja para diseñar instituciones políticas y reglas jurídicas que le permitan al gobierno preservar el orden social sin asumir decisiones que pueden ser mejor tomadas por instituciones y actores privados. (Richard A. Epstein, Forbes, 15 de setiembre del 2008).

La propuesta de Epstein sobre el papel del estado se puede considerar que calza dentro de los cánones liberales y algo similar podría mencionarse en relación con muchos otros pensadores “liberales clásicos”, lo cual pone en evidencia que no parece existir una cancha marcada y definitiva acerca de cuáles son los roles específicos asignados al estado en un orden político liberal, que permitiera, con un alto grado de especificidad, separar al pensador liberal clásico de quienes no comparten esta visión. No hay un límite o dato requerido pare definir al conjunto, sino que lo que podría estar definiendo al campo liberal clásico es una tendencia o inclinación hacia un menor tamaño (y funciones) del estado en comparación con otras propuestas. Por supuesto que tal demarcación convierte al tema en un asunto altamente discutible.

La diversidad de pensamiento entre liberales clásicos acerca de la amplitud que debe tener el estado en una sociedad liberal no nos ha de sorprender. Friedrich Hayek en una ocasión fue acusado de socialista porque propuso ciertas regulaciones urbanas como deseables, al haber escrito que “Los conceptos básicos de propiedad privada y la libertad de contratación… no facilitan solución inmediata a los complejos problemas que la vida ciudadana plantea… (p. 368) (y que se pueden adoptar) “medidas prácticas conducentes a que el mecanismo (de precios) aludido funcione de modo más eficaz y a que los propietarios tomen en consideración todas las posibles consecuencias de sus actos” (Friedrich A. Hayek, Los Fundamentos de la Libertad, Op. Cit., p. p. 368 y 376). Walter Block, por ejemplo, acusó a Hayek de “hecho ser tan sólo un tibio defensor de esta filosofía (de libre mercado) y a menudo activamente de patrocinador de todo lo opuesto (¿el socialismo?). (Walter Block, “Hayek’s Road to Serfdom,” en Journal of Libertarian Studies, 122, otoño de 1996, p. 357. Los paréntesis son míos).

Me parece, en cuanto al papel que desempeña el estado en un orden liberal, que la característica general es hacia una minimización del estado, pero la delimitación exacta de hasta dónde llegan las únicas funciones permitidas en ese continuum, está sujeta al debate abierto. Por ello es importante tener presente cuáles son algunas de las posiciones más extremas en cuanto a la no existencia de papel alguno para el estado, tal como lo plantean los llamados anarco-capitalistas como David Friedman (David Friedman, “Law as a Private Good: A Response to Tyler Cowen on the Economics of Anarchy,” en Economics and Philosophy, Vol. 10, No. 2, octubre de 199), quien propone que es factible un orden de mercado en donde no existan reglas públicas (esto es, sin estado alguno que imponga el marco regulatorio necesario), sino que las leyes se dan o surgen en un ámbito totalmente privado. O, más recientemente, como lo expone J. C. Lester, en Escape from Leviathan: Liberty, Welfare and Anarchy Reconciled, New York: St. Martin’s Press, 2000 o como lo hizo mucho antes, Murray Rothbard, quien escribió que “el estado (es) el supremo, el eterno, el mejor organizado agresor en contra de las personas y de la propiedad de la masa del público.” (Murray Rothbard, The State,” en For a New Liberty, New York: Collier, 1978 y reproducido en David Boaz, editor, The Libertarian Reader: Classic and Contemporary Writings from Lao-Tzu to Milton Friedman, Op. Cit., p. p. 36-37).

Quienes he denominado como liberales clásicos de manera consistente le dan algún papel al estado, si bien en grado variable; esto es, no son anarquistas, tal como se define a la ausencia total del estado o del gobierno en el orden político y más bien considero que, en general, se acercan a la idea de un estado limitado y mínimo, necesario para asegurar la vigencia de un sistema liberal. Es decir, la coerción se reduce al mínimo posible, de forma que se impida que otros individuos puedan arbitrariamente ejercerla contra terceros, con lo que se garantiza la libertad (ausencia de coerción) a cada individuo, en tanto acepte los límites conocidos que impone el principio de legalidad.

La posición extrema denominada como anarco-capitalismo cae en el campo de la utopía, pues, en cierta manera, está asumiendo la existencia de mercados perfectos que hacen innecesaria intervención alguna (y existencia) del estado. Contrasta con la posición liberal clásica que descansa en la falibilidad humana y que puede resumirse en la expresión “No es posible una sociedad perfecta”. Los liberales creemos en el método del “ensayo y error”, producto del método crítico, para evaluar los resultados de las acciones y la posibilidad de hacer correcciones cuando el resultado no sea el esperado. Es cierto que en el futuro uno no puede saber si el estado habrá desaparecido por innecesario, pero el hecho es que, al momento, las sociedades abiertas se caracterizan por disponer de un estado que desempeña el papel esencial de brindar el marco jurídico necesario en que aquellas puedan evolucionar y adaptarse a las circunstancias siempre cambiantes y a la incertidumbre que rodea toda acción humana.

AFIRMACION No. 15: EL LIBERALISMO ES TOTALITARIO.
EXPLICACION: Quiero empezar calificando la afirmación de que el liberalismo “es totalitario”. Si interpretamos al totalitarismo como un sistema político en el cual el estado ejerce todo el poder sin que haya limitación alguna, el liberalismo clásico históricamente siempre se ha opuesto al totalitarismo. Tal vez la mejor expresión del totalitarismo sea lo dicho por Mussolini en el invierno de 1920: “nada fuera del estado, nada contra el estado, todo por el estado”. Evidentemente, en este sentido, el liberalismo clásico ha tenido una lucha histórica en contra del absolutismo estatista tan claramente expresado en el dictum anterior. De forma atinada señala Dalmacio Nero que “el liberalismo, justamente porque su ideal de libertad es total…, puesto que postula la libertad política y, por tanto, no es ‘totalitaria’ al estar delimitada por la responsabilidad, carece, obviamente, de sentido bajo el ‘totalitarismo’…” (Dalmacio Nero, La Tradición Liberal y el Estado, Madrid: Unión Editorial, 1995, p. 235), quien agrega luego que “El Estado Total, más conocido como totalitario, se autodefine como el contrapunto del Estado liberal de cualquier matiz.” (Dalmacio Nero, Ibídem, p. 236).

Nada tiene que ver el liberalismo con el totalitarismo bajo esta concepción. Por otra parte, hay otra idea de “totalitarismo”, que deviene de lo que se denomina como “holismo”, que, según la Enciclopedia de Filosofía de la Universidad de Stanford, se refiere al “punto de vista de que la agrupaciones sociales humanas son más grandes que la suma de sus miembros, que esas entidades son “orgánicas” por derecho propio y que actúan sobre sus miembros humanos y definen sus destinos, y que están sujetas a sus propias leyes independientes de desarrollo.” (“Karl Popper” en Stanford Encyclopedia of Philosophy, Stanford, California: Center for the Study of Language and Information, Stanford University, sin fecha y sin paginación).

Los holistas consideran que los grupos sociales no deben ser vistos como simples grupos de personas, esto es, atomísticamente, sino que “el grupo social es más que la mera suma total de sus miembros, y también es más que la mera suma total de las relaciones meramente personales que existan en cualquier momento entre cualesquiera de sus miembros.” (Karl Popper, La Miseria del Historicismo, Madrid: Alianza Editorial, 1994, p. 31. Las letras en cursiva son del autor).

Lo relevante para nuestro análisis es referirse al holismo aunado al punto de vista sobre las ciencias sociales llamado “historicismo” –a veces referido como “filosofía de la historia”-, que, en palabras de Popper, “supone que la predicción histórica es el fin principal (de las ciencias sociales), y que supone que este fin es alcanzable por medio del descubrimiento de los ‘ritmos’ o los ‘modelos’, de las ‘leyes’ o las ‘tendencias’ que yacen bajo la evolución de la historia.” (Karl Popper, Ibídem, p. 17. Las letras en cursiva son del autor).

Para Popper es la conjunción entre el holismo y el historicismo, en donde el primero aporta la creencia de que los individuos son en esencia formados por los grupos sociales a los que pertenecen, en tanto que el segundo proporciona la idea de que tan sólo se puede entenderse a esas agrupaciones en términos de los principios que determinan su desarrollo –“ritmos”, “modelos”, “leyes”, “tendencias”- lo que da lugar al totalitarismo.

Popper con fortaleza señala que “el punto de vista de que cualquier agrupación social humana no es más (ni menos) que la suma de sus miembros individuales, que lo que sucede en la historia es el resultado (principalmente no planeado e imprevisible) de las acciones de esos individuos y que la planificación social en gran escala, de acuerdo con una heliografía (“blueprint”: esquema) previamente concebida, es inherentemente una formación conceptual errónea –e inevitablemente desastrosa- precisamente porque las acciones humanas tienen consecuencias que no pueden ser previstas.” (“Karl Popper” en Stanford Encyclopedia of Philosophy, Op. Cit. El paréntesis es mío).

La formulación de Marx, en el prefacio de El Capital, es un buen resumen del historicismo, al señalar que “Cuando una sociedad ha descubierto la ley natural que determina su propio movimiento, ni aún entonces puede saltarse las fases naturales de su evolución ni hacerlas desaparecer del mundo de un plumazo. Pero esto sí puede hacer: Puede acortar y disminuir los dolores del parto” (Karl Marx, El Capital, Vol. I, Prefacio a la primera edición en alemán, 1867). Esta encuentra eco en una versión moderna de Karl Mannheim, quien escribió que se trata de remodelar a “toda la sociedad” de acuerdo con un plan determinado al “apoderarse de todas las posiciones claves” y que “el poder del Estado tiene necesariamente que aumentar hasta que el Estado se identifique casi totalmente con la sociedad” (Karl Mannheim, Man and Society in an Age of Reconstruction, Londres, 1940 y citado en Karl Popper, La Miseria del Historicismo, Op. Cit., p. p. 81-82 y p. 93).

El historicismo, junto con el holismo, conduce a la planificación centralizada, dado que considera que es posible determinar el desarrollo futuro de una sociedad según las tendencias que se convierten en profecías sobre resultados inevitables. La planificación central no hace sino poner en práctica esa posibilidad.

El liberalismo tiene una concepción diferente. Dice Hayek: “El concepto central del liberalismo es que, bajo la aplicación de reglas universales de justa conducta, protegiendo un dominio privado individual reconocible, se formará a sí mismo un orden espontáneo de actividades humanas de mucha mayor complejidad de la que podría producirse alguna vez por medio del arreglo deliberado, y que en consecuencia las actividades coercitivas del gobierno deberían limitarse a la aplicación de aquellas reglas…” (Friedrich A. Hayek, “The Principles of a Liberal Social Order,” en Friedrich A. Hayek, Studies in Philosophy, Politics and Economics, Chicago: The University of Chicago Press, 1967, p. 162).

Noten, entonces, que no se recurre a la idea de una tendencia preestablecida e inevitable, como arguyen los historicistas, ni tampoco, como lo sugieren los holistas, es necesario abandonar el individualismo metodológico (desde la época de Adam Smith, se menciona que los individuos sin proponérselo logran un orden extendido), y más bien se refiere a la conducta de los individuos y no de entes externos a ellos o por encima de los resultados de sus acciones, ni tampoco el orden liberal acepta la posibilidad de que alguna autoridad central pueda disponer de todo el conocimiento ampliamente disperso que diferentes individuos poseen acerca de sus circunstancias específicas de tiempo y de lugar. La planificación central no tiene una forma eficiente para utilizar todo el conocimiento disperso en la sociedad. Al discutir páginas atrás si el liberalismo es sólo una actitud (Afirmación No. 13), se mencionó a la institución liberal denominada mercado, la cual sirve no sólo para transmitir información entre los individuos sino que también brinda los incentivos necesarios para que actúen en función de dicha información. Precisamente dejar las decisiones económicas de los individuos al mercado es todo lo contrario a la planificación central totalitaria, que, por definición, las deja en manos de una persona o de un grupo relativamente pequeño.

Para Schwartz, la institución del mercado “aumenta nuestra adaptabilidad” ante un mundo incierto y en ello radica su mérito: es el mercado la “institución que prima el descubrimiento de soluciones nuevas y la adaptación al cambio…” (Pedro Schwartz, “Un Mundo Misterioso, Mezquino e Incierto,” en Pedro Schwartz, Nuevos Ensayos Liberales, Op. Cit., p. 117). La diferencia entre esta institución, además de estar acorde con la primacía de la libertad que considera el orden liberal, y un sistema de planificación central es que el mecanismo de precios propio de un mercado “economiza conocimiento por la forma en que opera o qué tan poco necesita conocer el participante individual para estar en posibilidad de tomar la acción correcta,” (Friedrich A Hayek, “The Use of Knowledge in Society,” en Friedrich A. Hayek, Chiaki Nishiyama y Kurt R. Leube, editores, The Essence of Hayek, Op. Cit., p.

219), en tanto que un planificador central nunca estará en capacidad de poseer más que todo el conocimiento disperso que los diferentes individuos tienen en un mercado. Aunque ese planificador o gobernante fuera el regente de un sistema totalitario, ni aún así estará en capacidad de concentrar todo el conocimiento que hay disperso entre la totalidad de los individuos en un orden social.

Ante lo expuesto, podemos descartar la aseveración de que el sistema de mercado es totalitario y, por el contrario, resaltar que el liberalismo descansa en la existencia de un orden espontáneo basado en la reciprocidad y la reconciliación de los diferentes intereses individuales, que, lejos de ser totalitario, permite lograr un orden mucho más complejo que el que se podría obtener bajo la coerción.

Enviar "09-10 Columna libre: Otras cinco afirmaciones y explicaciones acerca del liberalismo" a Digg Enviar "09-10 Columna libre: Otras cinco afirmaciones y explicaciones acerca del liberalismo" a del.icio.us Enviar "09-10 Columna libre: Otras cinco afirmaciones y explicaciones acerca del liberalismo" a StumbleUpon Enviar "09-10 Columna libre: Otras cinco afirmaciones y explicaciones acerca del liberalismo" a Google

Actualizado 22/07/2011 a las 15:34 por Boletín ANFE

Etiquetas: columna libre Agregar / Editar Etiquetas
Categorías
Sin Categoría

Comentarios