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Boletín ANFE

09-07 Columna libre: Revision de la ley de transito

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Este artículo fue publicado en el Boletín de ANFE de Julio del 2009

09-07 COLUMNA LIBRE:
REVISION DE LA LEY DE TRANSITO

En seis de las columnas que publico en el Periódico La Extra de los martes (23 y 30 de diciembre del 2008 y 6, 13, 20 y 27 de enero de este año) efectué un análisis relativamente amplio de la Ley de Tránsito que recientemente se había puesto en vigencia. Estas columnas también aparecen en el libro “Políticamente Incorrecto” de este servidor, que ANFE acaba de publicar.

Hoy, casi seis meses después se le puede aplicar la segunda parte de aquella famosa frase de Benjamín Franklin: “Las leyes demasiado benignas rara vez son obedecidas; las leyes demasiado severas, rara vez son ejecutadas,” pero con una ligera advertencia: si bien esta ley cumple las características de severidad, las autoridades gubernamentales que las han venido promoviendo activamente parecen estar dispuestas, a viento y marea y en desdén de principios elementales de racionalidad, a que se le ponga en práctica, si bien algunos diputados ya están hablando de “suavizarla”.

Aprovecho para resaltar el mérito del diputado don Mario Quirós del Partido Movimiento Libertario quien en su momento y –eso sí- contra viento y marea en una enfebrecida Asamblea Legislativa empujada en mucho por el frenesí periodístico para que irreflexivamente aprobaran una urgente ley de tránsito- cuestionó con respetables razonamientos la ley hoy vigente y que está en proceso de reforma (poco después de haber sido promulgada) por inoperante y por abusiva en algunas partes fundamentales. Hoy algunos de sus colegas posiblemente han recapacitado de lo impulsivo de su decisión y se afanan por llevar a cabo, en buena hora, dicha reforma, pero omiten mencionar la gestión en su momento apropiada realizada por el diputado Quirós.

Hay dos puntos básicos de la nueva Ley en los cuales estoy de acuerdo: la necesidad de frenar el comportamiento lesivo de conductores borrachos y de los llamados “picones” que no son sino conductores quienes usualmente al amparo de la noche, (¿delito de nocturnidad?) corren sus carros a rienda suelta en competencia con otros conductores. En lo que difiero es en el monto de las multas que se impone y sobre todo por que implica, además de ella, la pérdida de la licencia para conducir y sobre todo la apropiación del Estado del vehículo involucrado. No hay razón para esto último y en cuanto a la multa tan elevada el riesgo es que induzca a la corrupción. Sé que definir un monto “adecuado” que la impida es difícil de establecer, pero parece ser, por los comentarios que se suelen escuchar en distintos medios, que el monto actualmente establecido es muy elevado y que deberá atemperarse, pero, y tal vez más relevante, que la magnitud de la pena total por el delito no va en proporción con otros delitos que ciudadanos sensatos consideraríamos como aberrantes. Sé que esto es parte de la técnica del derecho del cual soy ignorante, pero con intuición de ciudadano me parece que debe ser revisada.

Lo expuesto parece ser parte de un problema que se permea en toda esta ley: que parece ser copiada de países desarrollados (europeos) en donde muchas de las características físicas del tránsito son muy distintas de aquellas en las cuales nos movilizamos los costarricenses.

Lo cierto es que nuestras vías son sumamente angostas, sinuosas, con poca inclinación en muchas curvas, con una señalización muy pobre, tanto para el día como para la noche, así como caracterizadas por un mantenimiento ausente y posiblemente hasta malo. Todo ello incide en el tipo y grado de accidentes, así como en el estado de los vehículos, que en algunas secciones de la nueva ley es objeto de sanción.

Empecemos por una obligación de la ley la cual en apariencia es difícil de refutar puesto que los seres humanos no solemos ser enemigos declarados del bienestar de nuestros niños. Me refiero al uso obligatorio de sillas especiales para los niños que se transportan en vehículos personales. Ninguno de nosotros se va a oponer a la protección de nuestros niños, pero el hecho es que hay una gran diversidad de riesgos en la vida de las personas de los cuales no necesariamente debamos protegernos especialmente si su costo es muy elevado, además de que la probabilidad de que suceda un accidente cuyos resultados se verían disminuidos significativamente por la medida propuesta, no es muy elevada. Es más, el costo de tener sillas para proteger a los niños en la parte trasera del automóvil en que viajan puede ser más elevado en comparación con el costo de protegerse de la probabilidad de otros daños a los niños en otras actividades. Por ejemplo, puede ser más redituable proteger de daños fatales a los niños si se exige que en las casas haya barandas en las gradas o puertas para que no entren a las cocinas o bien que los enchufes eléctricos tengan tapas para impedir que los niños les metan cosas que les dañarían. Esto es, tal vez los accidentes de tránsito que involucran niños son relativamente pocos, que de haberlos los daños podrían no ser muy severos; que si los fueren no se abrían evitado necesariamente con el mecanismo propuesto de sillas y que ese instrumento más bien no se convierta en un obstáculo que los pueda poner en mayor peligro, como en caso de un incendio.

Finalmente, como estaba la nueva ley original, el uso de sillas según diversos tamaños y edades y, sobre todo, dado que en un carro a veces viajaría más de uno o dos niños, todo ello podría requerir una fuerte erogación a los padres de familia, especialmente en los momentos difíciles que hoy se vive en el país desde el punto de vista de los presupuestos familiares. Si se trata de una familia rica, el costo de estos asientos especiales para los niños bien podría no ser un problema muy importante, pero esto seguro que lo será para los de ingresos relativamente menores. Una característica de esta ley es que a los ricos no los va a afectar tanto, como sí lo hará en un grado mucho mayor para aquellos relativamente pobres (esto calza con mi impresión de que la ley original fue “copiada” de algún rico país europeo).

Obviamente, la obligación de disponer de sillas para niños afecta relativamente más a las familias que tengan varios niños, pero también porque, como está actualmente, dicho artefacto tiene que irse adaptando conforme el niño aumenta de peso y edad, con lo cual el gasto total familiar crece con el paso de los años.

Hay multas a todas luces ridículas. Por ejemplo, por una luz trasera mala o una escobilla en mal estado, deberá pagarse ¢68.100 y se perderán 5 puntos (un 10% del total de puntos -50- a que inicialmente tendrá derecho el conductor). Si usted es un chofer que debe circular por las malas carreteras de este país, en donde es frecuente que con el zangoloteo y la inmersión en los huecos, las luces se quemen, con sólo diez de estas “multitas” se quedará dos años sin licencia. Pero vean. También perderán esos cinco puntos si no guarda la distancia con el vehículo que va a delante. ¡Nada más imagínense tener que guardar la distancia en las transitadas calles de San José y de otras ciudadanos a que nos han sometido las mismas autoridades que han patrocinado esta ley! Y si fuera poco, si se detiene en medio de una intersección –lo cual nos sucede a veces dado lo poco fluido de nuestro tráfico especialmente en los centros urbanos- se nos quitarán quince puntos.

Pero eso no es nada: si no lleva llave de ranas o la gata, le quitarán 15 puntos, o también si no lleva “lagartos” se le quitará un puntaje similar y ¡atrévase a viajar sin el botiquín!, pues le despojarán de otros quince puntos (o sin el chaleco amarillo o sin un juego básico de herramientas –cualquier cosa que eso signifique- también perderá quince puntos. ¿Creyó que eso era todo? No; también le pondrán una multa de ¢68.100. El campo para la corruptela se abre a sus anchas y su bolsillo también tendrá que abrirse para adquirir todo ese montón de cosas que se le ocurrió al bendito tráfico europeo-español.

Dada la maravilla de señalización que caracterizan nuestras vías, por supuesto que se va a convertir en la ubicación preferida de los agentes de tránsito, siempre dispuestas a cumplir con la ley; en este caso a poner multas y a quitar puntos. Dado que exceder de la velocidad marcada en más de 20 kilómetros por hora, Usted tiene que saber cuáles son los límites. Aquí tendrá una tarea infernal, porque esos límites varían en los distintos tramos de las calles; por ejemplo, frente a una iglesia o una escuela, en curvas de carreteras, en la proximidad de hospitales o de centros urbanos. Afortunadamente hasta los choferes de los Magistrados que posiblemente tendrán que resolver recursos de inconstitucionalidad, tampoco conocen todos estos sitios con límites diferentes a la velocidad, ni tampoco los choferes de los empleados públicos que se encargaron de meternos en este berenjenal.

Además de tener que comprar llaves de ranas, gatas, juegos básicos de herramientas, botiquines para primeros auxilios, camisas auto-reflexivas y lagartos, Usted también tendrá que tener “búmpers” a prueba de golpes, que obviamente sólo lo tienen algunos modelos muy modernos y, de nuevo, europeos, como los Volvos siempre seguros. Es un ridículo, pero sobre todo es toda una carga sobre los más pobres. Los ricos posiblemente ya tienen sus carros con todas estas facilidades y sólo ha faltado que algunos nos digan cínicamente que la nueva ley se ha aprobado de esta forma torpe porque así se hace “justicia social”. “Air bags” con justicia social…

Tal vez suene como una perogrullada señalar que en épocas de crisis muchas personas que pierden su trabajo se dedican a “taxear”. Lo que llamamos piratas es el alivio ante el desempleo que muchos escogen o que tan sólo es la única opción que tienen. Nuestras “sensibles” autoridades promotoras de la ley de tránsito aprovechan esta ley para tratar de quitar ese “estorbo” político que tienen entre manos: aprovechemos para apretar a los piratas. Así, en la ley de tránsito actual se castiga a quien dé servicio de transporte público sin autorización del Consejo de Transporte Público (los piratas) con ¢22.700, además de una reducción de 10 puntos (esto es, con 5 veces que lo multen tendría que pagar ¢113.500 y se quedaría sin licencia por dos años). En vez de procurar resolver el problema derivado de la limitación a la prestación de servicios de taxi, las autoridades recrudecen sus sanciones a quienes cometen el grave delito de querer trabajar.

Si tiene un vehículo destinado al transporte de carga, pues le cayó encima el Leviatán. No sólo tendrán que tener cintas reflexivas de colores rojo y blanco, así como triángulos en la parte trasera, sino que, además de todas las regulaciones aplicables en cuanto a “chunches” que deben ahora tenerse en cada carro, cada camión, ya sea de carga liviana o pesada, deberá tener lo que se llama un “transponder”, el cual registrará datos tales como velocidad, distancia y duración de cada vez que se circule. Dicen que de esta manera sin estar presentes las autoridades de tránsito podrán multar a quienes se excedan en cuanto a la velocidad. ¡Extraña manera de control! El Estado podrá saber en dónde, cuándo y cómo se ha usado el camión de carga. Que yo sepa esta grave limitación a la privacidad de las personas no ha sido debidamente discutida como lo amerita tal paso. Pero, además, el costo de esta regulación recaerá tanto sobre el poderoso transportista como sobre el camioncito que, por ejemplo, un simple agricultor usa para llevar sus comestibles a la feria del fin de semana, costo que indudablemente se trasladará a los consumidores.

El tal “transponder” deberá tener un sistema de posicionamiento global (GPS), que es frecuentemente usado por las grandes cadenas de transporte de carga en, por ejemplo, los Estados Unidos, como medio de controlar eficientemente el sistema. Pero en nuestro país lo usará el Estado para controlar si un vehículo de carga ingresó a zonas urbanas con circulación restringida (¿en dónde estarán los tráficos? Fácil: haciendo jugosos partes y no perdiendo el tiempo en multar con ¢90.800 a los camiones de carga que no tengan transporder).

Todos los anteriores son costos de transacción que deberán asumirse en el precio final de los bienes, de una manera u otra. Veremos entonces cómo el costo de la carga transportada se va a elevar, así como la readaptación de vehículos para cumplir con la ley. Quienes posiblemente no tengan forma de trasladar estos costos incrementados son los trabajadores quienes tendrán que sacar de sus sueldos los nuevos gastos. Ello va a pesar mucho y más en esta época tan difícil, en los presupuestos de los hogares, principalmente en donde el carro no sea “de último modelo” o en donde se tengan muchos niños que van a ser transportados.

Lo más triste de esta ley es que traslada muchas responsabilidades no cumplidas por las autoridades hacia los costarricenses que requerimos de los carros para trasladarnos. Son esas las autoridades que no han cumplido con sus deberes de asegurarnos vías adecuadas quienes encuentran fácil golpear los bolsillos del ciudadano para que se adapte a sus preferencias europeas en cuanto restricciones a quienes manejan vehículos. La platina en el puente del Virilla que por tres veces se ha tratado de arreglar es la mejor prueba de la irresponsabilidad e incapacidad de las autoridades estatales de brindar un servicio de transporte apropiado y así con mucho de nuestro sistema vial. La ley ha sido diseñada para que los ricos, quienes ya cuentan con carros en mucho adecuados a los nuevos requisitos, no tengan esos nuevos costos, excepto que también continuarán sufriendo de calles inadecuadas para el tránsito, pero serán los pobres los más castigados.

Creo que es vital que los diputados revisen a profundidad esta ley de tránsito, pues los costarricenses no sólo no debemos soportar los costos que nos ha impuesto el fracaso de las autoridades de transporte para dotarnos de vías modernas, sino que también tal ley es desproporcionada en sus alcances, incluso poniendo multas sobre multas a quienes se atrevan a romper los principios draconianos de dicha ley. Casi que nos hace culpables de entrada a todos los que nos atrevamos a circular en nuestro desordenado sistema de transporte.

Carlos Federico Smith

Queda debidamente autorizado para reproducir esta columna en el medio de su predilección.

Post Sciptum: No quiero que tampoco se olvide que, de acuerdo con la nueva Ley de Tránsito, cada vez que usted renueve su licencia tendrá que presentar un nuevo examen de sangre, el cual e indica cuál es su tipo para ponerlo en la licencia. ¿Explíqueme alguien si los seres humanos cambian de tipo de sangre tal como para exigir un nuevo examen cada vez que se renueva la licencia? Esto es posiblemente parte de un plan para ayudar económicamente a quienes hacen tales exámenes, como lo es la limitación de la libre circulación en San José, que no afecta a taxistas y que ahora hacen un mayo negocio, o como ahora que se pretende hacer exámenes sicológicos que determinen si quienes aspiran a una licencia de tránsito presentan síntomas de estrés, para poder optar a ellas; examen que sólo harían los miembros de ese colegio profesional. Antes tal privilegio se concedía mediante diversas leyes que exigían servicios de abogados; pero tal práctica nefasta de legislar en beneficio de grupos profesionales determinados se va extendiendo a muchas otras profesiones. Claro, Usted paga las consecuencias de ello.

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Actualizado 21/07/2011 a las 15:27 por Boletín ANFE

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