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09-04 Columna libre: Nada de qué avergonzarnos

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Este artículo fue publicado en el Boletín de ANFE de Abril del 2009

09-04 COLUMNA LIBRE
: NADA DE QUÉ AVERGONZARNOS

Durante los últimos meses he escrito en torno a asuntos relacionados con la recesión económica y, principalmente, sobre propuestas orientadas a paliar sus efectos. En esta ocasión mi análisis trata de un asunto que indirectamente tiene una enorme relación con el principal cuerpo de mis análisis previos: la declaración de Costa Rica como paraíso fiscal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), entidad conformada por treinta estados, principalmente industriales y ricos, cuyo fin principal se supone que es la coordinación de las políticas económicas y sociales de sus miembros.

Dicho pronunciamiento fue conocido en nuestro país a inicios de abril de este año y que casi que inmediatamente le siguieron dos acontecimientos domésticos que en mucho contribuyen a fijar el tono de este ensayo. Uno de ellos fue la pronta respuesta que, como una bala, formuló el Ministro de Hacienda, don Guillermo Zúñiga, tan sólo un día después, el 3 de abril, por la cual comprometió al país “a reformar su legislación para permitir el intercambio de información bancaria con fines tributarios.” (La Nación, sábado 4 de abril del 2009).

En síntesis, se obligó a levantar el llamado secreto bancario hoy vigente en nuestro país, para cumplir, de acuerdo con el Lic. Zúñiga, con “El mayor interés de la OCDE (que) en este momento es el acceso a la información bancaria para efectos tributarios, sin necesidad de la intervención de un juez y sin que exista una causa pendiente o una investigación por fraude fiscal.” (Ibíd.).

El segundo hecho nacional destacado fue el también casi inmediato pronunciamiento del periódico La Nación, que en un editorial titulado “Costa Rica como paraíso fiscal” del lunes 6 de abril, resume su posición al señalar que, sobre esta petición de la OECD, “No valen pretextos; esto es una vergüenza para el país. Manos a la obra ya, de parte del Gobierno y de la asamblea legislativa.”

Ambos, el Ministro de Hacienda y el editorialista, aparentan estupor y sorpresa por este pronunciamiento de la OECD. Tal vez dicha actitud se podría justificar si Costa Rica apareciera por primera vez en una “lista negra” de paraísos tributarios, pero ya en el pasado la OECD había pretendido que nuestro país cambiara su regulación al respecto. Es así como el 4 de junio del 2004 la OECD publicó una nueva lista de “paraísos fiscales” en la cual incorpora por primera vez a Costa Rica (ver OECD, A Process for Achieving a Global Playing Field {Global Forum on Taxation: Berlin, June 3-4, 2002}, nota al pie 7, p. 6).

Pero lo que sí no debe sorprenderles a ambos, el Ministro y el editorialista, pues mostraría que viven en un mundo muy distinto al de muchos mortales costarricenses y extranjeros, es la intención de la OECD de obligar a naciones del mundo que no comparten su visión hegemónica de armonización tributaria, para que forzadamente efectúen reformas legales que tal vez no estén dispuestas a efectuar por su propia voluntad,

pues eso más bien iría en contra de sus intereses propios, de sus tradiciones y leyes, de sus esfuerzos por ampliar el comercio internacional, de sus pretensiones de lograr un mayor crecimiento económico y de dar protección a los derechos humanos.

Veamos un poco de historia: en 1998 la OECD presentó un informe titulado Harmful Tax Competition: An Emerging Global Issue (París: OECD, 1998), el cual se convirtió en una especie de biblia para quienes consideran que la competencia tributaria entre los diversos países daña la economía mundial. Entre sus alegatos principales para asumir tal posición están porque se crean “distorsiones potenciales en los patrones del comercio internacional y de la inversión de forma que se reduce el bienestar global,” (p. 14), así como que causa un daño cuando los países tratan de atraer inversión “haciendo ofertas (tributarias) de forma agresiva” (p. 16), además de que, como lo dice otro informe de la OECD (algo así como el hijo de Frankestein), porque la competencia tributaria “injustamente erosiona las bases imponibles de otros países y distorsionan la asignación del capital y de los servicios,” (Towards Global Tax Cooperation: Progress in Identifying and Eliminating Harmful Tax Practicas {París: OECD, 2001}, p. 4).

La frecuentemente pro globalizadora OECD aduce ahora no estar en contra de la competencia tributaria en sí, sino de la competencia tributaria “injusta”, lo cual me imagino que a los amigos lectores les recordará aquel otro slogan vacío: el que habla del comercio internacional “justo”. Concretamente dice no gustarle la competencia de los paraísos tributarios y de los llamados “dañinos regímenes tributarios preferenciales”. Se entiende por los primeros a países que no tengan impuesto sobre la renta o que sean muy bajos, así como leyes que protegen la privacidad de los contribuyentes al restringir información tributaria con otros países, mientras que los segundos son naciones que no tienen impuestos o que son muy bajos, que no comparten información tributaria y que poseen provisiones impositivas preferenciales (en inglés “ring-fenced tax provisions”), por las cuales ofrecen tasas impositivas bajas a inversionistas extranjeros, pero no las otorgan a inversionistas domésticos. (Mucha de la información que me permite forjar estas opiniones la obtuve del libro de Chris Edwards y Daniel J. Mitchell, Global Tax Revolution; The rise of tax competition and the battle to defend it {Cato Institute: Washington D. C., 2008}, p. 136).

Lo interesante de estos alegatos de la OECD es que asumen que los recursos productivos son altamente sensibles a las menores tasas impositivas y por ello fluyen hacia los llamados paraísos tributarios, pero, si eso fuera cierto, tendrían que cuestionarse (y no lo hacen) que lo opuesto puede ser lo correcto: que es por las muy elevadas tasas de impuestos en los países de donde proceden las inversiones, que fluyen hacia los paraísos impositivos. La verdad es que la inversión es sensible a la imposición doméstica y a la imposición en el extranjero, por lo que los esfuerzos de la OECD más bien deberían de encaminarse hacia reducir los gravámenes tan altos existentes en sus países, en vez de impulsar aumentos tributarios en los países receptores de inversión.

El argumento de la OECD es que un país crea una externalidad dañina cuando unilateralmente baja sus impuestos a la inversión como medio para atraerla al país, pues erosiona la base imponible del país de origen de dicha inversión. Todo esto es en realidad un tema de eficiencia económica: si una nación reduce sus gravámenes como medio para prosperar, ello no necesariamente tiene que causar daño al país de donde proviene la inversión.

En un medio competitivo, como sucede en el caso del libre comercio, cada país, buscando su propio interés, deberá reducir sus propios impuestos para lograr conservar sus recursos de inversión. No hay lo que se llama un “juego de suma cero”, en donde lo que uno gana es a costas del otro: al igual que menos aranceles conducen a un aumento en el comercio internacional, menores impuestos sobre la inversión conducen a un aumento en la inversión total. El problema radica en altas tasas de impuestos sobre la inversión que afectan la formación de capital dentro de los propios países. El desvelo de la OECD se sustenta en última instancia en una preocupación acerca de la ubicación hacia donde se dirige la inversión y no sobre el efecto negativo que tienen los impuestos elevados sobre el ahorro, el esfuerzo, la inversión y el crecimiento económico. Con su actitud la OECD aboga por una especie de proteccionismo tributario.

La propuesta conveniente es que las inversiones en un país deberían ser objeto de la misma tasa impositiva independientemente del origen de la inversión. En lo que se denomina el enfoque territorial de la base impositiva, el impuesto se aplica en el país en donde se genera el ingreso, sustentado en el principio de neutralidad impositiva al capital importado. El objetivo de la OECD es que no rija este principio impositivo territorial, sino uno basado en los ingresos globales del contribuyente, de manera que impida la competencia tributaria.

En nuestro país hace un par de años, como parte de un paquete tributario propuesto por el Ministerio de Hacienda y el cual también defendió el editorialista de La Nación de ese entonces, se pretendió sustituir al sistema impositivo territorial que hoy sirve de base para gravar la inversión, por un esquema de renta global o universal, como se le suele denominar, mediante el cual quienes tributan en el país lo deben hacer sobre los ingresos totales que perciben en el mundo y no sólo sobre lo generado en el territorio nacional. Esta idea, como tantas malas, posiblemente pronto resucitará como el Ave Fénix. Es precisamente lo que hoy desea la OECD: temerosa de que las empresas ubicadas en naciones de la OECD trasladen sus operaciones a países fuera de su ámbito, considera que, si los ingresos que esas firmas obtienen en el exterior son fuertemente gravados, no se dará tal “outsourcing”; que no se irán al “exterior”. Pero no hay duda de que, en tanto haya razones tributarias (o de otra índole) para que una empresa traslade sus operaciones al exterior, lo hará. El punto es hasta qué grado podrá hacerlo una empresa de un país que grave los rendimientos de sus inversiones en el exterior, en comparación con otra firma proveniente de una nación que no tenga tal esquema tributario.

Lo que el Ministerio de Hacienda pretendía con su propuesta de gravar la renta universal era, al fin de cuentas, lo mismo que pretende lograr la OECD: obtener más impuestos. Al forzar a un país considerado paraíso tributario, como Costa Rica, a que transforme su sistema tributario mediante medidas que equivalgan a un alza en el costo impositivo de operar en el país, lo que la OECD busca es elevar la recaudación de impuestos provenientes de las empresas. Como dicen Edwards y Mitchell (Op. Cit., p. 110), parece que quienes promueven la renta universal “estarían satisfechos si cada país tuviera un sistema tributario que gravara la renta universal con una elevada tasa impositiva a las empresas de un 60 por ciento. Eso sería ‘eficiente’ según su manera de pensar, pero sería devastador para la economía global porque la inversión se desplomaría y caerían los niveles de ingresos.”

Con su presión sobre Costa Rica para que reforme las leyes vigentes sobre el secreto bancario, lo que la OECD anda tras es de que nuestro país le facilite la aplicación de su principio de renta universal, tal que le permita aumentar su recaudación tributaria. Las pretensiones de la OECD reciben un fuerte impulso con la posición expuesta por el editorial de La Nación del 4 de abril del 2009, que hace sentir que el país comete una villanía reprochable cuando retiene “información bancaria fundamental que facilitaría la identificación de ingresos gravables de ciertos contribuyentes nacionales y extranjeros domiciliados en el país o en el exterior”.
El editorial de marras enfatiza luego que actualmente “Los extranjeros (personas físicas o jurídicas) pueden domiciliarse aquí sin que se les grave por los ingresos obtenidos en el exterior”, y apoya una reforma que implica una aceptación del principio impulsado por el Ministerio de Hacienda como parte de su paquete de reforma tributaria, mediante el cual el impuesto sobre la renta no se cobraría sólo por aquellos ingresos generados en nuestro territorio, sino en cualquier lugar del mundo. Prosigue el editorial en mención señalando que ahora “además, se le niega información a sus respectivos países de origen sobre los ingresos que (los extranjeros) obtengan y depositen en sus cuentas bancarias abiertas en el territorio nacional.” (El paréntesis es mío). Esto significa que, también, si, por ejemplo, una empresa extranjera o un ciudadano no costarricense genera ingresos en el país, deberíamos, para no avergonzarnos, como dice el editorial, informar de ello a los gobiernos de su país de origen, lo cual significa aceptar de nuevo el principio de renta universal.

Lo que debería de aconsejar el agente tributario de marras es que se graven los réditos de las inversiones de los extranjeros en el país al igual que se hace con los que obtienen los nacionales, pero no hay razón alguna para que tengamos que informar a gobiernos extranjeros acerca de lo que produce una inversión externa en nuestro territorio: esto último debería ser un asunto nuestro en cuanto objeto de gravamen.

El principio anterior podría incorporarse en una reforma tributaria basada en fundamentos tributarios modernos caracterizados por impuestos bajos y uniformes, mejor conocido por su nombre en inglés “flat tax”, que actualmente cobija a 25 sistemas impositivos nacionales. Debo mencionar que, si el problema tributario global de acuerdo con la OECD es la evasión tributaria, en especial en cuanto a que significa un flujo de inversiones de países con altos impuestos hacia naciones con tributos más bajos, uno de los medios más importantes a través de los cuales las naciones podría mejorar su recaudación eliminando la evasión impositiva, lo sería mediante un impuesto como el “flat tax”, que tiene el incentivo positivo de evitar esconder los ingresos ante las autoridades tributarias, como sucede actualmente con muchos de los esquemas impositivos vigentes.

Antes de mencionar algunas razones por las cuales los derechos de los extranjeros son salvaguardados con nuestro sistema tributario, hay que ser muy crédulo, como el editorialista de La Nación, para considerar que, como lo señala la OECD y citado por ese periódico, con paraísos fiscales como Costa Rica se da “la oportunidad a los contribuyentes de evadir o burlar impuestos en sus países de origen. Cuando los individuos o compañías evaden sus obligaciones privan a los gobiernos de ingresos necesarios para edificar escuelas, hospitales y otros proyectos de carácter público.” ¡Casi que no aguanto las ganas de llorar ante conducta tan malévola de esos evasores tributarios gracias a paraísos fiscales como nuestro país! Me imagino que el editorialista incluye dentro de esos “otros proyectos de carácter público” los gastos en armamento del gobierno venezolano, que no es muy amable “tributariamente hablando” con sus ciudadanos y sus empresas. O tal vez considera como loables proyectos públicos el financiamiento de una abotagada burocracia europea costeada por toda la ciudadanía. Me imagino que es muy loable el gasto público que queda sin financiar en Argentina y que podría ser mucho mayor si la gente pagara los impuestos y la que, ante la expropiación y la frustración por un futuro negro, ¡huye de su país y se refugia en un paraíso fiscal como Costa Rica! Si La Nación se traga el cuentico del merecido gasto estatal que se queda sin financiar, según la OECD, nos pone a un paso de aseverar que es necesario aumentar los impuestos en Costa Rica para pagar todos los proyectos loables que una burocracia podría contemplar.

Por ello es inaceptable la regañada que el periódico La Nación le hace a Costa Rica, cuando señala: “Costa Rica, al negarse a dar información (o consentir el funcionamiento de la banca offshore) está dando muestra de muy poca o ninguna solidaridad con la comunidad internacional.” Todo lo contrario: al facilitar que lleguen inversiones y empresas a nuestro país en parte por razón de que los impuestos son menos elevados que en su país de origen, el país está mostrando una enorme solidaridad con las personas de esos países. Si el periódico aduce falta de solidaridad “con la comunidad internacional” entendida ésta como gobiernos que gravan fuertemente los ingresos de sus ciudadanos, pues en buena hora somos insolidarios con los gobiernos, pero no lo somos con los seres humanos, como individuos y como actores económicos por medio de empresas, cuyo bienestar es al fin y al cabo lo que debe interesar.

Para que el lector se dé cuenta de la importancia de este tema en la actualidad política de los Estados Unidos, ya el presidente Obama, quien en el pasado se manifestó en contra de los llamados paraísos fiscales, parece reanudar su andanada contra ellos, envalentonado por las conversaciones recientes sostenidas con países del llamado grupo de los 20 (G-20).

En el periódico New Herald de Miami del 20 de febrero de este año, el periodista Gerardo Reyes escribió lo siguiente: “Costa Rica figura junto a Panamá como uno de los 50 paraísos fiscales preferidos de las mayores empresas de Estados Unidos y de los principales contratistas del gobierno federal, según un informe de la Oficina de Fiscalización del Congreso (GAO)… Entre los criterios para definir ‘paraíso fiscal’, la investigación señaló que se tuvo en cuenta las jurisdicciones donde las filiales no están obligadas a declarar impuestos; donde no hay un intercambio de información tributaria efectiva entre el país en cuestión y Estados Unidos y existe una ‘falta de transparencia en la implementación de las normas legislativas, judiciales y administrativas’. También se consideró la ausencia de una presencia física de la filial.”… Costa Rica sólo aparece como paraíso fiscal “al aplicarse el novedoso criterio del IRS (Oficina de Impuestos del Gobierno de los Estados Unidos.”… “Las notificaciones del IRS son citaciones proferidas por los tribunales estadounidenses para obtener información de contribuyentes estadounidenses que aparecen con firma autorizada en bancos o cuentas de tarjetas de crédito expedidas por esos bancos en 34 países.”… Las empresas con filiales en Costa Rica son: “ Abbot Laboratories (1), Altria Group (2), Caterpillar (1), Cisco (1), Citigroup (19), Coca-Cola (1), Countrywide Financial (1), Dell (2), Dow Chemical (1), Fedex (1), Hewlett-Packard (1), Intel (1), International Business Machines Corp. (1), Kraft Foods (3), Pepsi (2), Pfizer (2), Tech Data (1), The Procter & Gamble Company (3) y United Health Group (2).”

Afortunadamente, el artículo en mención cita que el informe de la Oficina de Fiscalización del Congreso (GAO) “advierte que el establecimiento de esas filiales no significa necesariamente que lo hicieron con el propósito de aliviar su carga tributaria”. He destacado estos hechos recientes sucedidos en Estados Unidos para señalar que los propósitos de la OECD, expresados en su publicación de 1998, el informe Harmful Tax Competition: An Emerging Global Issue, han sido revitalizados por el ascenso de Barack Obama al gobierno de su país. Su principal asesor económico, Larry Summers, es un connotado creyente en la armonización tributaria global y no considera que dicha política provoque daños a la economía mundial. Actualmente varios comités del Congreso de los Estados Unidos analizan el tema.

Uno argumento que se ha escuchado en favor de eliminar el llamado secreto bancario es la enorme ayuda que éste brinda para el lavado de dineros tanto provenientes del tráfico ilegal de drogas como de fondos dedicados al terrorismo internacional. Es más, el periódico La Nación, en su editorial antes mencionado, se hace eco de este alegato, al señalar que, con la apertura del secreto bancario que solicita la OECD, “se podrían controlar más fácilmente los delitos de lavado de dinero sancionados por la Ley de Sicotrópicos.” De nuevo estamos en presencia de otro acto de candidez, pues es sabido que, por medio del Instituto Costarricense de Drogas (creo que hoy conocido como Comisión Nacional de Drogas, CONADRO), nuestro país forma parte del llamado Grupo Edmont, cuya meta es brindar un foro mundial para las entidades nacionales encargadas de la lucha contra el dinero sucio, con el fin de mejorar el apoyo a los gobiernos en su lucha en contra del lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y otros crímenes de índole financiera.

Asimismo, Costa Rica es participante activo del GAFIC, que es un grupo de naciones del Caribe y de Centro América organizado para luchar contra el lavado de dinero.

Ahora se pretende que, para luchar efectivamente contra esos crímenes financieros, eliminemos el secreto bancario, cuando el país ha sido un diligente colaborador del Grupo Edmont, precisamente encargado de la coordinación internacional de estos asuntos. (De paso, de nada sirvió que en los Estados Unidos no existiera el secreto bancario ante los atentados de extremistas islamitas contra las Torres Gemelas de Nueva York el 11 de setiembre del 2001: las transacciones monetarias a los terroristas se efectuaron a través de los canales bancarios de los Estados Unidos, Europa y de Oriente Medio y no existe información de que para ello se usaran centros financieros offshore o paraísos tributarios).

Costa Rica permite la apertura de las cuentas corrientes cuando un juez así lo autoriza. Este es el camino que hasta el momento ha seguido nuestro país, firmemente basado en la protección de la privacidad del ciudadano. En caso de dudas acerca del comportamiento de alguna persona o empresa, ya sea en el campo de la evasión tributaria o de blanqueo de capitales de dudosa procedencia, es mediante el camino de la ley, como ha sido una tradición en nuestro país, que un juez permite dicha apertura de cuentas, pero debe ser un proceso razonadamente justificado por las autoridades del caso y fundamentado en nuestras garantías constitucionales.

La pretensión, tanto de la OECD como del editorialista de La Nación, pone en riesgo la seguridad del buen ciudadano: una simple apertura de las cuentas corrientes, en que, como dice La Nación, “las autoridades fiscales podrían controlar más eficazmente los ingresos gravables y no gravables de todos los contribuyentes, nacionales o extranjeros, sin necesidad de una engorrosa autorización judicial,” no es suficiente razón. Ni tampoco es justificación lo que asevera el Ministro de Hacienda en sus declaraciones del sábado 4 de abril del 2009 en La Nación, cuando dice, y repito su cita, que “El mayor interés de la OCDE en este momento es el acceso a la información bancaria para efectos tributarios, sin necesidad de la intervención de un juez y sin que exista una causa pendiente o una investigación por fraude fiscal.” ¿Intervención por parte de quién? ¿De algún burócrata de turno, nacional o internacional? ¿Sin que medie causa o investigación de naturaleza fiscal? Entonces, ¿de qué causa o razón para acceder a nuestras cuentas bancarias se está hablando? Prefiero que, como ciudadano, me ampare la ley: que rija el principio de legalidad y no que se abran las puertas al abuso potencial del estado o de los estados en contra de los ciudadanos.

Tal propuesta abre la posibilidad de que cualquier persona, nacional o extranjera, física o jurídica, Usted o yo, estemos sujetos a la apreciación que en algún momento dado puede tener alguna “autoridad fiscal”, lo que sin duda comprende a políticos oportunistas, tal vez ansiosos, como se ha observado en más de una ocasión, de dañar a quienes miran como sus oponentes. Con la propuesta en mención le permitiremos tener acceso a la información de nuestras cuentas corrientes. Hoy Usted está protegido de alguna manera porque, para hacerlo, se requiere de la decisión de un juez, si bien es una posibilidad que La Nación califica como “engorrosa”. Tal vez esa característica de “engorrosa” es más bien una virtud necesaria para garantizar nuestros derechos fundamentales. El riesgo de un posible daño al ciudadano no puede estar sustentado en que, con esa apertura de las cuentas corrientes, el fisco estará en posibilidad de obtener recursos que consideró como evadidos. El riesgo está en que nada garantiza que esa información que adquiere el burócrata público no será utilizada para propósitos presuntamente más peligrosos, como el chantaje o el secuestro extorsivo, pues ahora se tendría libre acceso a una información estrictamente personal que es hoy privilegiada. Nada, absolutamente nada, garantiza que ello no vaya a suceder. Alguien podría alegar que posiblemente “tal cosa no va a suceder en Costa Rica”, pero si se abre esa posibilidad de una nueva y rica fuente para la delincuencia, será sólo una cuestión de tiempo para que ello suceda aquí, tal como pasa en otras naciones.

Hace poco el distinguido abogado Dr. Rubén Hernández Valle publicó en La Nación del 17 de marzo del 2009 un artículo aptamente titulado “¿Quién Gobierna en Costa Rica?” el cual se reprodujo en el boletín de ANFE del mes de abril. Si bien en él se refiere a temas distintos a los que hoy trato, la pregunta que formula tiene, en esta oportunidad, una relevancia crucial. En el aspecto tributario, ¿Quién Gobierna en Costa Rica? ¿Es acaso la OECD que ejerce presión y chantajes políticos al amenazar con la suspensión de ayuda financiera externa a nuestro país si no cambia sus leyes tributarias? La carrera que pegó el Ministro de Hacienda para que nuestra Asamblea Legislativa haga lo que le pide la OECD es la mejor muestra de sumisión de un político costarricense a los dictados de una organización de la cual ni siquiera somos miembros. Una organización cuya dirigencia ni siquiera es electa por el voto democrático de todos quienes somos afectados por sus acciones; una organización que defiende los intereses particulares de sus actuales integrantes, que bien pueden coincidir o no con los nuestros; una organización que, en este caso particular, está envuelta en un serio conflicto interno, pues algunos de sus miembros hoy son connotados “paraísos tributarios”, según la propia definición de la OECD, como lo son Austria, Bélgica, Luxemburgo, Inglaterra, Suiza y los Estados Unidos. Claro, la OECD no ataca a esas naciones poderosas, sino a “paisecitos” como el nuestro, con pocas posibilidades de defensa ante ellos y en donde se tiene a defensores gratuitos y temerosos de nuestra franca y libre posición actual.

Costa Rica es una nación caracterizada por defender los derechos humanos, entre los que destaca la defensa de la persona ante la persecución de los gobiernos, que muchas veces se origina simplemente en razones étnicas, políticas o religiosas. Asimismo, busca proteger a las personas del crimen, la corrupción y la mala administración que emana de muchos de esos mismos gobiernos. Por ello es crucial la defensa del derecho que el país otorga de preservar la información personal contenida en las cuentas corrientes. Lo es hoy más importante que antes, en especial ante la existencia de tecnologías que fácilmente invaden el campo personal privado. No hay que irse a otro mundo (aunque algún medio así parece mostrarlo) para darse cuenta de que hay muchas naciones en que los individuos se encuentran inmersos en sociedades en donde abunda la corrupción y la persecución por el simple hecho de disentir. En muchas ocasiones dicha persecución se origina en la conducta propia de los estados, que mediante la expoliación, la expropiación, la imposición discriminada, tratan de minar el derecho de las personas de poder cambiar libremente sus gobiernos, para lo cual una medida contundente contra aquéllas es restringirles sus derechos a la propiedad. (¿Acaso no hemos todos escuchado alguna vez historias de cómo se amenaza a oponentes, por parte de ciertos políticos en el gobierno de turno, con enviarles “la tributación” si prosiguen en sus empeños?).



Uno sabe que la gente se protege, al menos parcialmente, de esos abusos gubernamentales mediante la ubicación de recursos financieros en los así considerados y llamados paraísos fiscales. Me imagino que hoy en día lo hace el empresario venezolano al huir del socialismo rampante de Hugo Chávez, o el argentino o el boliviano o el ecuatoriano o el nicaragüense, quienes ven como sus propiedades o están siendo limitadas o están en peligro de ser nacionalizadas por los estatistas de turno. O, más lejos de aquí: cómo es que buscan protección el comerciante de la República Democrática del Congo o las familias en Zimbabwe quienes ven perder sus ahorros y riquezas acumuladas a través de los años, en un marco jurídico público totalmente corrupto. Podría seguir citando minorías perseguidas en todo el mundo (homosexuales en Arabia Saudita o en Cuba; judíos en el Medio Oriente o cristianos, hasta hace poco, en Iraq; mujeres en partes de Afganistán o chinos en secciones de Asia y en regiones del Este de África) que podrían lograr protección gracias a los malqueridos paraísos tributarios.

Lo sorprendente no es que haya tantas naciones que carecen de libertad (45, de acuerdo con Freedom House; 130 países con calificaciones menores a 5 según la calificación de 1 a 10 que tiene Transparencia Internacional y 60 en el Indice de Estados Fracasados de la Revista Foreign Policy), sino el hecho de que casi todos los países calificados como paraísos tributarios gozan de una excelente gobernabilidad. Así, un estudio de Dhamikka Darmapala y James Hines, Which Countries Become Tax Havens? (Cambridge, Mass.: National Bureau of Economic Research, Working Paper 12802, 2006) señala que “los paraísos tributarios califican muy bien entre países en cuanto a medidas sobre la calidad de la gobernabilidad, las cuales incluyen medidas sobre voz de la ciudadanía y rendición de cuentas, estabilidad política, efectividad de los gobiernos, vigencia de la regla de la ley y de control de la corrupción. De hecho, casi no existen paraísos tributarios que son pobremente gobernados.” (p. 1) Los autores responden y explican afirmativamente una pregunta crucial: “¿por qué los países mejor gobernados tienen una mayor posibilidad que otros de convertirse en paraísos fiscales? (p. 2)

Si el amigo lector desea estar informado apropiadamente sobre la defensa mundial en contra de la eliminación de la competencia tributaria entre naciones, el Center for Freedom and Prosperity, www.freedomandprosperity.org , le brinda la información necesaria.


Carlos Federico Smith
Queda debidamente autorizado para reproducir esta columna en el medio de su predilección.

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Actualizado 21/07/2011 a las 11:21 por Boletín ANFE

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