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Jorge Corrales Quesada
29/08/2017, 08:45
Por Jorge Corrales Quesada

La expresión “jinetear el dinero” es sencilla de entender. Pongamos un ejemplo. A usted alguien le tiene que devolver una plata en un momento dado. Sin embargo, no lo reconoce o la entrega o le permite que usted disponga de ella, sino hasta tiempo después. Ese lapso que medió entre la fecha en que debería de habérsele dado la plata y en la que efectivamente se le entregó, es un dinero del acreedor que lo puede jinetear el deudor. Esto es, el deudor puede colocarlo en un ente financiero y ganar “algo” por ese lapso, o bien puede utilizarlo como si hubiera hecho un pago obligatorio a un ente, pero no lo hace con el dinero propio, sino con el suyo, ahorrándose así los intereses que tendría que haber pagado, para tener la plata que debería cubrir en aquel momento. Por eso, se habla también de jugar con la plata ajena: “jinetear el dinero.”

Recientemente se analiza un caso interesante en un artículo de Patricia Leitón en La Nación del 19 de junio, titulado “Desvío temporal de los aportes reduce pensión complementaria: Parte de las cuotas hacen paradas en el Banco Popular y el Fondo de Capitalización Laboral.” Podrá considerarse que se trata de “pichuleos”, pero, en realidad, parece ser mucha la plata que se jinetea en este caso. Vale la pena conocer el dato exacto de cuánta plata ganan el Banco Popular y el Fondo de Capitalización Laboral (FCL) de la CCSS, al recibir de paso esos fondos, en el lapso que va del aporte efectivo del patrono o el empleado y el momento en que ese monto suyo (más algunos intereses, como luego se verá) se deposita en la cuenta del fondo de pensión del trabajador (ROP).
Veamos la ruta del jineteo de los fondos de pensiones complementarias. Según la ley, los patronos y trabajadores aportan un 4.25% del salario para el llamado Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP). El ROP es el depósito final que va teniendo cada ahorrante, para su pensión complementaria en algún momento futuro.

De ese 4.25%, directamente entra un 1.50% al fondo del trabajador en el ROP. En éste, el trabajador empieza a ganar interés por tales depósitos que se acumularán para la pensión complementaria (aportes más intereses). Pero, de aquel 4.25%, hay un 0.25% que va a dar a la cuenta del trabajador en el Banco Popular. Allí se queda, sin que el trabajador obtenga rendimiento alguno durante un lapso de entre 18 y 30 meses, antes de trasladarse al ROP (y que el trabajador así gane intereses).

Del 2.5% que nos sobra (4.25-1.50-0.25), un 1.00% queda depositado en una cuenta en el Banco Popular, a nombre del empleado. Estos recursos se acumulan mensualmente en la cuenta del trabajador y, en marzo de cada año, se traslada al ROP la mitad de esos fondos acumulados el año anterior y sólo se reconoce como rendimiento la tasa de inflación (normalmente los intereses en el mercado de fondos prestables suelen ser superiores a la tasa de inflación). El restante 1.5% se deposita en el FCL y el empleado puede retirarlo del ROP cada cinco años o bien al terminarse la relación laboral.

En resumen, sólo el 1.5% del aporte patronal y laboral (un 4.25% del salario) va directamente al ROP (y generarle rendimientos), en tanto que al Banco Popular le ingresa un 1.25%, que luego lo traslada al ROP, y un 1.50% al Fondo de Capitalización Laboral (FCL) de la Caja de Seguro Social, que también concluye después de cierto lapso en el ROP. O sea, hay una clara intermediación y jineteo de parte del Banco Popular y del FCL, pues los fondos no van de inmediato al ROP, en donde ganan a plenitud los rendimientos esperados de mercado (inflación más algo).

No hay razón alguna para que, con la tecnología de información moderna disponible en los mercados, haya tal intermediación y jineteo de fondos por parte de entes que así ganan y se dejan intereses de depósitos que son realmente propiedad de los trabajadores (quedan depositados en el Banco Popular y el FCL).

Según el informe del medio citado, la Superintendencia de Pensiones “estimó que si los dineros llegaran directamente a la cuenta de los afiliados, sin pasar por el Banco Popular, la pensión complementaria que obtendría el jubilado sería de un 2.8% mayor. Y si la mitad de los recursos del FCL también se depositara en forma directa, con sus rendimientos, la jubilación subiría en un 3.8% adicional.” En sencillo, el voraz estado le está quitando hasta parte de las pensiones complementarias a los trabajadores.

Publicado en el sitio de ASOJOD, en los blogs del Instituto Libertad y de PuroPeriodismo, así como en mis sitios en Facebook, jorge corrales quesada y Jcorralesq Libertad, el 25 de julio del 2017.