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Jorge Corrales Quesada
28/08/2017, 09:36
Por Jorge Corrales Quesada

De escasa, calificó la Contralora General de la República, señora Marta Acosta, a la propuesta de reducción de las pensiones del Poder Judicial, que actualmente se discute en la Asamblea Legislativa. Tal es la información brindada en un artículo de La Nación del 17 de noviembre, que se titula “Contralora: recorte a pensiones judiciales es insuficiente: Marta Acosta compareció ante comisión legislativa.”

Sus palabras muestran claramente su preocupación por la deficiencia, al externar el criterio de la Contraloría de que, “sin ser expertos actuariales, (la propuesta) tendría un efecto marginal, porque las variables que están afectando la sostenibilidad futura del régimen de Pensiones del Poder Judicial están cambiando poco o no están cambiando (en el plan de ley)”.

La información suministrada por la Contraloría es reveladora de ello, en muchos aspectos a los que vale la pena referirse. Por ejemplo, el aporte del estado costarricense a dicho régimen es de un 13.75% del salario, por ser patrón de los empleados judiciales, al cual hay que agregarle otro de 1.2% del salario, llamado “aporte estatal.” Así, el aporte completo y real que el estado hace (en realidad, por todos los ciudadanos) para dicho régimen de pensiones, asciende a un 15% del salario. En contraste, el estado otorga un 6.32% de aporte, como tal, para el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja del Seguro Social.

Aprovechó la Contralora para recordar un voto pertinente de la Sala Constitucional, por el cual “No debe haber una contribución del Estado (como tal y como patrono) que sea excesivamente desigual a otros regímenes.” Obviamente, la pregunta que de inmediato le formulo al lector es si ¿no le parece “excesivamente desigual” el aporte del 15% de los salarios al Poder Judicial, en tanto que al IVM de la Caja sea de solo un 6.32%? Ojalá no nos aparezca un caradura por allí, que alegue que, entonces, lo que hay que hacer es subir el aporte estatal que hoy hace para el Poder Judicial, igual para TODOS los regímenes de pensiones. Así se haría gala de la mentalidad usual de creer que el dinero crece en los árboles y de la ignorancia de que, bajo el nombre de que sea “el estado” ponga más dinero, la realidad es que, quienes en última instancia lo pagarían, son los ciudadanos, quienes se ven obligados a transferir recursos al estado.

Hay tres particularidades del régimen de pensiones del Poder Judicial que se propone reformar mediante el proyecto enviado a la discusión legislativa: (1) cambia el cálculo que se hace para obtener la pensión, así como en la edad de retiro; (2) pone un tope o monto máximo a las pensiones en el futuro y (3) fija una contribución “solidaria” para los pagos que hoy se excedan del monto indicado en (2).

Veamos la primera, acerca del cálculo de la pensión. Mientras que, en la actualidad, el régimen de Poder Judicial considera para la pensión, el promedio de los mejores 24 salarios (en contraste, el IVM es el promedio de los últimos 240 salarios), la reforma propone mantener el sistema actual para quienes ya hayan laborado bajo ese sistema durante los últimos 20 años y reduciría gradualmente aquel número de años-salario hasta llegar a un promedio de los últimos 120 salarios, para los nuevos pensionados. Esto es, siempre habría un trato evidentemente preferencial con respecto a los del sistema de IVM de la Caja.

Asimismo, dado que en la actualidad en el Poder Judicial se tiene una edad para pensionarse, que oscila entre 55 y 62 años, en el proyecto se fijarían 62 años para los hombres y 60 para las mujeres (obviamente ignorando la filosofía tan proclamada de igualdad real, pero ese diferencial de edad para pensionarse sucede, creo, en todos los diferentes regímenes de pensiones).

En cuanto al segundo punto, se fijaría un tope máximo a las pensiones del Poder Judicial de ₡4.7 millones (hoy en el IVM es inferior a ₡1.5 millones).

El tercer punto, el de la “contribución solidaria”, es muy interesante pues sería “de un 20% sobre el monto que se exceda a partir del tope establecido, con la posibilidad de subirlo a un 50% si un estudio actuarial demuestra que es necesario.” Deduzco de esto que, tal como se en el punto (2) se indicó que las pensiones tendrían un tope de ₡4.7 millones, eso sería sólo para efectos de quedar exento de tal “contribución solidaria”, pues dicha contribución sólo se aplicaría por encima de ese monto en los casos en que la pensión sea superior al tope arriba citado (en la actualidad, en este régimen, hay pensiones que superan a los ₡9 millones, según informa La Nación).

Por tal razón, la Contralora informa que esta propuesta de “contribución solidaria” alcanzaría relativamente a pocos pensionados que reciben montos por encima de ₡4.7 millones. Afectaría hoy a unas 29 personas, que, me parece, es un porcentaje relativamente muy pequeño de los pensionados actuales del Poder Judicial. De hecho, la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) “estableció que el impacto de la contribución solidaria sería mínimo, porque solo afectaría a cerca de 150 empleados judiciales de los 12.500 existentes.” La diferencia de esta cifra con la de la Contraloría podría deberse a que la de la SUPEN considera a los pensionados futuros de la base actual de empleados, mientras que la Contraloría se fundamenta en los pensionados hoy existentes. En ambos casos, los gravados con la tal “contribución solidaria”, cubren a una muy pequeña parte de los pensionados bajo el sistema del Poder Judicial.

En todo caso, es muy claro el pronunciamiento de la SUPEN, en voz de su superintendente, señor Álvaro Ramos, quien indicó, según el medio, que “la fijación del tope es solamente un ajuste mínimo”… “de 2% o 3% del hueco (financiero en el régimen de pensiones).” La limitación del impacto de los ajustes señalados parece tener, como bien lo expresó, la contralora, “un efecto marginal.” A ello, agregue la preocupación ciudadana, que no observa una posición clara y firme de los diputados, para poner un freno a las prácticas abusivas que hoy reinan en las pensiones del Poder Judicial.

Publicado en el sitio de ASOJOD, en los blogs del Instituto Libertad y de PuroPeriodismo, así como en mis sitios en Facebook, jorge corrales quesada y Jcorralesq Libertad, el 24 de enero del 2017.