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Jorge Corrales Quesada
20/10/2015, 11:12
INCENTIVANDO LAS INCAPACIDADES
Por Jorge Corrales Quesada

Una información difundida por La Nación del 17 de junio, bajo el encabezado “Empleados públicos se incapacitan cinco veces más que los privados: Diputado Mario Redondo exige cerrar portillos que permiten a funcionarios estatales beneficiarse más”, detalla un problema del cual muchos costarricenses ya habíamos oído hablar: el del abuso que hay por incapacidades en el sector público. Obviamente el tema no es tanto porque haya incapacidades debidamente valederas, lógicas, deseables y necesarias para que las personas recuperen su salud, sino porque, en apariencia, se presenta un claro abuso e inequidad en cuanto a los permisos por incapacidad ¿Estamos claros?

El artículo es interesante, porque brinda datos contundentes de la arbitrariedad. Para ello formula los siguientes cálculos. Primeramente toma el número estimado de empleados públicos en el 2014 -275.000 funcionarios- y luego el número de días en que se incapacitaron en ese mismo período ─1.467.990 días. Esto nos da un promedio aproximado de 5.34 días por empleado público en el 2014.

En segundo lugar, se parte del número de trabajadores privados en el 2014 -1.776.000 empleados- y del número de días que se tomaron como incapacidades en ese año -1.844.000 días-, con lo cual es posible obtener el promedio aproximado de días por empleado que se tomaron como incapacidad, que es de 1.04 días por empleado.
Es decir, un funcionario público se incapacita por un tiempo de poco más de cinco veces, en comparación a como lo hace uno privado –de hecho 5.13 veces más. Los datos provienen de la Comisión Central Evaluadora de Incapacidades de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).

También el comentario presenta impactantes datos acerca de lo que la CCSS tuvo que pagar por discapacidades en ese año. Los funcionarios estatales recibieron ₡28.277 millones por esos días (un promedio de ₡102.825 por empleado al año), mientras que los privados recibieron ₡15.200 millones por los días en que se incapacitaron (un promedio de ₡8.559 por empleado en el año). La diferencia se puede explicar, no sólo por el mayor número de incapacidades obtenidas por los empleados públicos en ese año, sino también por los mayores salarios que, en promedio, se ganan en ese sector, en comparación con los de los empleados privados.

En adición a lo anterior, hay otro factor crucial que se debe de tomar en cuenta, en cualquier comparación que se haga de incapacidades de empleados del sector público con las de empleados del sector privado y que, en mi opinión, constituye un incentivo comparativamente mayor para que los primeros tiendan a incapacitarse más que los segundos. Me refiero al pago que, como porcentaje de su salario, recibe un trabajador por el tiempo en que está incapacitado.
Mientras que un empleado público percibe el 100% de su sueldo como incapacidad, con un 60% por parte de la CCSS y un 40% que puede provenir de su patrono -el estado- el empleado privado percibe tan sólo un 60% de su sueldo como incapacidad. Por tanto, en condiciones de igualdad, un empleado público recibe un 40% más de su sueldo como incapacidad, en comparación con un empleado privado. Por lo tanto, hay un mayor “incentivo” monetario para incapacitarse cuando se es empleado público, que cuando se es un empleado privado.

Asimismo, como señala el coordinador de la Comisión Central Evaluadora de Incapacidades de la CCSS, señor Rodrigo Bartels, “los funcionarios estatales se incapacitan más porque pueden cobrar su salario completo, incluso sin pagar por cargas sociales, deudas ni impuestos.” Esto quiere decir que hay otro tratamiento diferencial entre empleados públicos y privados, aparte del monto mayor que los empleados públicos reciben por incapacidad que acabamos de citar, que estimula a que se acuda a obtener una discapacidad. También los empleados del estado no tienen que pagar las cuotas de la CCSS, ni se les practican retenciones por deudas ni por impuestos, en tanto que el empleado privado no tiene tal tratamiento preferencial.

Para fortuna del país, la CCSS ha venido poniendo algún orden en este tema, como lo muestra una menor erogación de ₡3.000 millones en el 2014, comparado con el 2013. Pero la crudeza de la situación; “la verdad verdadera,” como dijo en una ocasión un político nacional, la expone el señor Bartels, cuando enfatiza que “hay un incentivo perverso en el sector público para incapacitarse. Nosotros [CCSS] lo hemos venido denunciando, pero es un tema sensible desde el punto de vista de los derechos adquiridos”, pero que yo más apropiadamente califico de “privilegios adquiridos”. La moda es llamar “derecho” a cualquier prebenda o regalía o privilegio (tal vez subsidios, a los que se les llama derechos) que han sido obtenidos mediante leyes redistributivas que son aprobadas por el estado.

Me explicaré mejor. Un derecho le permite a un individuo actuar, sin que para ello el gobierno sea necesario y sin que pueda intervenir con su fuerza sobre otros individuos. Por ejemplo, el derecho a la libre expresión no requiere de la acción del estado para que usted pueda ejercerlo, excepto para garantizar su libertad para llevarlo a cabo: no requiere que el gobierno deba intervenir para que usted, forzosamente, lo ejercite, sino que está en su voluntad hacerlo. Son consustanciales al ser humano. Por otra parte, los privilegios no pueden ser satisfechos más que mediante acciones específicas de un gobierno, las cuales requieren de una intervención forzosa –usualmente mediando impuestos que, por definición, son pagos forzados que se le hacen al estado y que recaen sobre otras personas, además de los beneficiarios de tales “derechos”. Por ejemplo, se suele hablar de derechos a cosas (como a tener una vivienda, a tener un producto específico, o a tener deporte). Por esos no son derechos, sino que mal se les llama así, pues en realidad son subsidios que, de alguna manera, suelen recibir algunos grupos específicos, mediando recursos que provienen de la imposición a las personas. Estos privilegios se otorgan y se revocan por actos del estado. Un privilegio es una excepción a la regla de respetar los derechos de otros individuos en circunstancias específicas: se le extraen obligatoriamente recursos a algunos individuos para dársela a un grupo de otros individuos.

Deseo felicitar al diputado don Mario Redondo, por haber decido entrarle de frente a cerrar los portillos en este asunto de las incapacidades. Ojalá que otros diputados le acompañen en este esfuerzo por ir saneando las finanzas públicas, las de la Caja y para que haya un trato justo e igual a los ciudadanos.

Finalmente, expongo el argumento risible que el diputado del PAC, Marvin Atencio, arguye en defensa del privilegio de los empleados públicos, en comparación con los privados, en el tema de las incapacidades. “Aseguró que las condiciones de trabajo en el sector público son peores que en el privado y adujo que por ello es más frecuente enfermarse.” Pero no comprueba su afirmación, que me parece es gratuita y más bien resalta la incongruencia de diputados de la izquierda -entre otros- que cada rato salen hablando de la explotación de los trabajadores privados, de las malas condiciones en que están e ignoran la realidad de que los empleados públicos, en promedio, perciben salarios mayores que los privados. Pero el papel y la palabrería de señores como esos es lo que abunda y la racionalidad, por contraste, es la que escasea.

Publicado en los sitios de ASOJOD y del Instituto Libertad y en los míos de Facebook jorge corrales quesada y Jcorralesq Libertad el 20 de octubre del 2015.