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Jorge Corrales Quesada
23/09/2014, 09:17
MONOPOLIO Y RESPONSABILIDAD SOCIAL
DE LA EMPRESA Y DEL TRABAJO
Por Jorge Corrales Quesada

En este nuevo capítulo de su libro, Capitalismo y Libertad, Milton Friedman encara dos aspectos, que si bien de cierta manera su análisis se podría haber hecho por separado, tienen algo en común, cual es el papel, por una parte, del monopolio en un sistema competitivo y, por la otra, el significado de un nuevo enfoque denominado de “responsabilidad social” de la empresa y, por extensión, de las agrupaciones laborales. En lo personal me gusta que Friedman de alguna manera separe ambos temas, porque en uno de ello, el del monopolio, estoy de acuerdo con mucho de lo que plantea, pero no tanto en cuanto al asunto de la “responsabilidad social.”

En lo que respecta al monopolio, Friedman introduce su análisis con un par de frases esclarecedoras de lo que será su enfoque general: “La esencia de un mercado competitivo es su carácter impersonal. Ningún participante puede determinar los términos en que otros partícipes pueden tener acceso a los bienes o al empleo.” (Milton Friedman, Capitalism and Freedom, Chicago: The University of Chicago Press, 1967, p. 119).

En palabras de Friedman, “un monopolio existe cuando un individuo o una empresa específica tiene el control suficiente sobre un producto o servicio particular, como para determinar significativamente los términos en que los otros individuos tendrán acceso a ellos.” (Ibídem, p. 120) Un monopolio da lugar a dos problemas en una sociedad libre. Por una parte, afecta el carácter voluntario de las transacciones entre las partes en un mercado libre en competencia y, por la otra, -aquí es donde Friedman enlaza el tema del monopolio con el de responsabilidad social- porque, al ser usualmente visible, se considera que la actuación de un monopolio no sólo se debería de orientar hacia el logro de sus intereses propios, sino que también habría de promover intereses socialmente deseables. De aquí que el monopolio, de acuerdo con el criterio de algunos, debería de cumplir con una “responsabilidad social”, además de la individual.

Al referirse en este capítulo al tema de la competencia, Friedman formula algo que creo es muy útil que sea del conocimiento de los lectores, pues suele creerse que la competencia es tan sólo un tipo ideal, un modelo abstracto, que tiene poca vigencia en la realidad práctica. Al respecto, indica Friedman: “Por supuesto que la competencia es un tipo ideal. De la misma manera, no existe tal cosa como una competencia ‘pura’. Cada productor (o consumidor, agrego yo) sin duda que tiene algún efecto, sin embargo pequeño, sobre el precio del producto que él elabora. Lo importante para entender el tema y para asuntos de política económica, es si ese efecto es significativo o si puede ser apropiadamente dejado de lado… La respuesta, por supuesto, depende del problema. Pero, al haber estudiado las actividades económicas en los Estados Unidos, crecientemente me ha impresionado qué tan amplio es el rango de problemas y de industrias como para que sea apropiado tratar a la economía como si ésta fuera competitiva.” (Ibídem, p. 120. El texto entre paréntesis es mío). Es decir, conceptos como competencia o competencia pura son útiles para analizar problemas particulares, a partir de una construcción conceptual ideal, en vez de tener que referirse a situaciones particulares, específicas, de una realidad concreta.

Para analizar el tema de la extensión del monopolio en la economía, Friedman lo separa en tres áreas: el monopolio en la industria, el monopolio en el mercado laboral y el monopolio producido por el gobierno.

En cuanto al primero, destaca que el monopolio en las empresas es poco importante desde el punto de vista de la economía como un todo. Probablemente la creencia en lo contrario se puede deber a cuatro razones: la primera, a la tendencia a confundir el tamaño absoluto de las empresas -cuyo crecimiento no lo disputa, sino que lo confirma- con su tamaño relativo, pues individualmente esas empresas han crecido menos que la economía como un todo. La segunda, a que los monopolios son objeto de “noticias” y eso llama más la atención que la competencia. En tercer lugar, a que socialmente hay un sobredimensionamiento de la importancia de lo grande sobre lo pequeño y, en cuarta instancia, al carácter industrial de la economía norteamericana (al menos en la época en que Friedman escribió su libro, pues ahora se habla más bien de la predominancia del sector servicios), pues es en la industria en donde descuella el monopolio, en comparación con otros sectores de la economía.

En lo referente al monopolio en el mercado laboral, Friedman señala que hay un sobredimensionamiento similar al que se indicó en cuanto al monopolio en la industria. Indica lo siguiente: “Los sindicatos incluyen a cerca de una cuarta parte de la población trabajadora de los Estados Unidos y eso sobreestima enormemente la importancia de los sindicatos en la estructura salarial.” (Ibídem, p. 123). En la actualidad la densidad de la fuerza de trabajo sindicalizada en los Estados Unidos se acerca a la mitad de la indicada por Friedman de principio de los años sesentas. En lo que respecta al grado de importancia en la economía estadounidense del monopolio privado, si bien han variado los actores -lo cual dice algo bueno de la competencia- aparentemente en el largo plazo ha conservado su importancia porcentual dentro de la economía como un todo.

Finalmente, la tercera área de interés que Friedman menciona en lo que respecta al monopolio, se refiere tanto a aquél del gobierno en sí, así como a aquellos monopolios que existen gracias al apoyo brindado por el estado. Para Friedman, el monopolio privado que se manifiesta a causa del apoyo gubernamental para su establecimiento, conservación e imposición, ha mostrado un crecimiento más rápido que aquél del monopolio de la actividad en sí por parte del gobierno, así como que, en la época en que él escribe su libro, el primer tipo de monopolio es mucho más significativo que el segundo.

Entre los primeros monopolios -los directos, por así llamarlos; los del estado- Friedman menciona, entre otros, y para su país, al correo, la producción de electricidad en ciertas áreas, el servicio de carreteras, el agua municipal, además de que, por medio de los grandes presupuestos federales en defensa, el espacio y la investigación, se ha convertido al gobierno en esencialmente el único comprador (otra forma de monopolio, conocido como monopsonio), Pero, para Friedman es más útil acentuar los que denominaré como los “monopolios patrocinados por el estado”, los cuales surgen, en muchos casos, gracias a la imposición de restricciones gubernamentales, que tienen el efecto de impedir la libre entrada a potenciales competidores y, en general, la libre competencia. Se refiere, por ejemplo, a la Comisión de Comercio Interestatal de los Estados Unidos, que regula todo tipo de comercio y transporte, así como a los programas gubernamentales de apoyo y subsidios a sectores agrícolas, así como a la Comisión Federal de Comunicaciones, a la Comisión Federal para la Electricidad, a la Oficina de la Aeronáutica Civil y al Banco de Reserva Federal, entre muchos otros organismos, que esencialmente han logrado cartelizar los sectores que se pretendía regular. Además de esos entes federales de los Estados Unidos, también abundan otros similares en los estados y hasta en el ámbito local de esa nación.

Además de los anteriores casos, existen provisiones legales -que en mayor detalle serán analizadas en el próximo comentario de esta serie- como son los requisitos de licencias para poder trabajar o ejercer, así como el otorgamiento de patentes y derechos de autor, que, si bien estos últimos son diferentes de los anteriores porque se podría considerar que defienden derechos de propiedad, el problema surge por “ser parte de la necesidad general de usar al gobierno para establecer lo que será y lo que no será visto como propiedad.” (Ibídem, p. 127).

El caso de las patentes y de los derechos de autor es para Friedman un caso peculiar que merece un análisis más detallado, porque, por un lado, están los beneficios que recibe una sociedad y que van más allá de lo percibido por quienes los producen. Esto es, que hay externalidades positivas que no son captadas por quienes las generan, por lo que, en palabras de Friedman, “no existe un incentivo para dedicar el tiempo y el esfuerzo requerido para producir la invención. Consideraciones similares se aplican para el escritor.” (Ibídem, p. 127). En tal caso, debemos ser conscientes de que no es que no habrá invenciones o escritos en caso de que no existieran tales garantías de “propiedad”, sino que la producción sería inferior a la que se presentaría si se reconocieran esas externalidades como parte de su propiedad.
Eso sí, señala Friedman, también hay costos involucrados, porque, para empezar, “hay muchas ‘invenciones’ que no son patentables,” como, por ejemplo, la invención del supermercado o bien porque en los tribunales “derechos” a menudo alegados se hacen con no otro propósito más que buscar mantener acuerdos privados de colusión o arreglos no competitivos, que de otra manera resultarían ser insostenibles ante una plena competencia.

Dada la dificultad de definir una política gubernamental específica acerca del tema de los derechos de autor y de las patentes, Friedman señala que “… no son asuntos de principio, sino de conveniencia, la cual será determinada por consideraciones prácticas. Personalmente me inclino hacia la creencia en que sería preferible un período menor de protección por medio de patentes.” (Ibídem, p. 128).

En cuanto a las fuentes del monopolio, Friedman señala tres, como son consideraciones “técnicas”, el apoyo gubernamental ya sea directo o indirecto y la colusión o conjura privada.

En cuanto a consideraciones técnicas, se trata del caso antes señalado de que, por tales razones, resultaba ser más económico el que exista una sola firma en vez de muchas produciendo un bien, originado esto en lo que los economistas llaman costos decrecientes; esto es, que conforme se produce más de un bien, se va reduciendo su costo promedio. Señala, como ejemplos -llamados también monopolios naturales- al sistema telefónico, al servicio de aguas, entre otros, al menos en la época en que escribió su libro.

Tal como lo habíamos comentado con anterioridad en otro capítulo de esta serie, su preferencia es la de “instar acerca de que la opción menos mala es la de tener un monopolio privado sin regulación, siempre y cuando sea tolerable. Los cambios dinámicos es altamente posible que lo socaven y al menos hay algún chance de que a tales cambios se les permitirá que tengan su efecto. Y, aún en el corto plazo, por lo general habrá un rango mayor de sustitutos”, que limiten la capacidad del monopolista de elevar los precios por encima de los costos. Pero, “aún más, las agencias reguladoras a menudo tienden por sí mismas a caer en manos del control de los productores (que se buscó regular) y los precios pueden resultar ser no menores bajo regulación que sin ella.” (Ibídem, p. p. 128-129. El texto entre paréntesis es mío). Sin embargo, enfatiza que es muy posible que no sean muchas las áreas en donde haya monopolios técnicos, además de que, con desarrollos tecnológicos recientes, aquel óptimo productivo que concluía en un monopolio natural, es cada vez más menos factible y los mercados ahora se caracterizan, en vez de monopolios naturales, por la existencia de numerosos oferentes. Ejemplos de ello es lo sucedido con la telefonía celular o con plantas más eficientes generadoras de electricidad con tamaños menos masivo, entre otros.

En lo referente a que la fuente originadora del monopolio es la acción directa o indirecta del estado, Friedman nos indica que puede ser la de mayor importancia y señala a tres como los factores más importantes causales del monopolio (al menos en los Estados Unidos, pero extensivo a muchos otros casos similares en distintos países) a los aranceles, la legislación impositiva y la aplicación de esa ley y su empleo en caso de disputas laborales.

En cuanto a tarifas arancelarias, es evidente que su intención es al de proteger la producción doméstica ante la posible competencia de productores extranjeros, lo cual afecta la libertad de las personas para poder intercambiar libremente. Si bien es posible que el proteccionismo arancelario no necesariamente conduce a la formación de un monopolio, pues es factible que la actividad doméstica protegida comprende diversas empresas que compiten entre sí, el menor número de empresas que participaría en el mercado doméstico, al impedir la competencia de firmas extranjeras, hace más viable que surjan acuerdos entre las empresas domésticas protegidas, que con ello afectan las decisiones voluntarias de los consumidores.

Por otra parte, los efectos indirectos de una legislación tributaria proclive a afectar la competencia, pueden ser igualmente importantes en cuanto a estimular la concentración de la producción. Es criterio de Friedman que para ello “un elemento importante ha sido el ligamen entre los impuestos sobre la renta de las personas y de las empresas, combinado con el tratamiento impositivo especial (menores tasas impositivas) que hay de las ganancias de capital bajo el impuesto individual al ingreso.” (Ibídem, p. 130. El texto entre paréntesis es mío). Tal cosa porque dicho esquema tributario tiende a que las utilidades sean retenidas y no distribuidas, como resultado del ahorro impositivo a que da lugar. “Esto”, dice Friedman, “conduce a un desperdicio de capital, a su uso para fines menos productivos en vez de otros más productivos… Las empresas establecidas pueden ser menos productivas que las empresas nuevas; sin embargo, sus accionistas tienen un incentivo para invertir en aquellas en vez de que el ingreso (o utilidad) sea distribuido de forma tal que lo puedan invertir en nuevas empresas, por medio del mercado de capitales.” (Ibídem, p. 130). Es decir, el sistema tributario induce a la concentración y a una menor competencia de la que existiría si, como alternativa, no existiera tal tratamiento impositivo a tasas preferenciales.

Finalmente, en el campo del monopolio laboral, una fuente importante de su concentración ha provenido de la exigencia de permisos para laborar, de los códigos de construcción y similares, además de una legislación laboral que le brinda privilegios a los grupos sindicales. Grupos que incluso son objeto de tratamiento preferencial en juicios laborales, que no sería imaginable en casos privados, como sucede, por ejemplo, con la coerción física que se ejerce en contra de trabajadores no sindicalizados de parte de los sindicatos, entre otros casos similares, como es la obligatoriedad a los trabajadores de formar parte de los sindicatos y no como resultado de una afiliación voluntaria.

En lo que corresponde a la tercera fuente generadora de monopolios -la complicidad o conspiración privada- Friedman empieza con la célebre cita de Adam Smith, de que “Los comerciantes del mismo rubro rara vez se reúnen, incluso para entretenimiento y diversión, pero la conversación termina en una conspiración contra el público, o en alguna estratagema para aumentar los precios.” (Ibídem, p. 131; tomada de Adam Smith, La Riqueza de las Naciones, Capítulo X, Parte II).

Acerca de esta última fuente, Friedman señala que ciertamente es frecuente que surjan monopolios privados en un sistema competitivo, pero también que, por lo general, no permanecen por mucho tiempo, dada la misma naturaleza del orden competitivo. Sin embargo, la búsqueda de rentas (esto es, la búsqueda de parte de empresarios privados por favores gubernamentales de protección ante competidores) puede ser un factor importante en la explicación de por qué esos monopolios, de alguna manera, directa o indirectamente, existen más tiempo por la protección brindada por el estado.

Aun así, la presión constante que deriva de la búsqueda de ganancias por potenciales compradores, puede motivar que, por una parte, al resultar la cartelización del bien producido en un aumento de los precios, más bien la incentive. Por otra parte, para que efectivamente pueda operar un cartel, se requiere que cada uno de sus miembros restrinja su oferta, a fin de poder elevar el precio. Recuérdese que un cartel se caracteriza porque hay un número relativamente reducido de productores, que buscan un arreglo para que, entre todos conjuntamente, capturen la totalidad de un mercado, sin que se permita la entrada de nuevos participantes. De esa manera, surge un fuerte incentivo para que cada uno de los integrantes del cartel “haga jarana”, aumentando su participación en el mercado gracias a un precio menor que al que ofrecen los otros miembros.

En este caso de cuando un miembro hace trampa, para que se pueda conservar el arreglo del cartel, lo que normalmente se requiere es que el estado haga que aquella conducta disidente y embustera sea penalizada, para así mantener en orden las cuotas de producción correspondientes a cada uno de los participantes. La legislación anti-monopólica de los Estados Unidos, dice Friedman, se ha dirigido a “inhibir la colusión privada… haciendo más onerosa la práctica de colusión… habiendo reafirmado la doctrina del derecho consuetudinario, de que las combinaciones para restringir el comercio no son aceptadas como legales en las cortes.” (Ibídem, p. 132).

Para Friedman, la política apropiada que debe proseguir el gobierno para eliminar monopolios radica en “eliminar aquellas medidas de que directamente brindan soporte al monopolio, ya sea monopolio privado o monopolio laboral y que se llegue a un manejo equilibrado de la aplicación de las leyes tanto para la empresa como para el sindicato, sujetando a ambos a la legislación anti-monopólica… (así como que se lleve a cabo) una extensa reforma de las leyes impositivas. El impuesto a las utilidades de las empresas debe de abolirse.” (Ibídem, p.132. El texto entre paréntesis es mío).

En cuanto al tema de la responsabilidad social tanto de las empresas como de los sindicatos, la propuesta de que prosigan una “responsabilidad social” que va más allá de los intereses de sus asociados o de sus miembros, constituye, de acuerdo con Friedman, “una concepción fundamentalmente errada del carácter y naturaleza de una economía libre. En dicha economía existe una única responsabilidad de los negocios -utilizar sus recursos e involucrarse en actividades diseñadas para incrementar las ganancias en tanto que se mantenga dentro de la reglas del juego; es decir, involucrarse en una competencia libre y abierta, sin engaños o fraudes. Similarmente, la ‘responsabilidad social’ de los líderes sindicales es servir a los intereses de los miembros de sus sindicatos.” (Ibídem, p. 133).

Más clara no puede ser expuesta la posición de Friedman. Para él la idea de “responsabilidad social” tanto de las empresas como de los sindicatos, “es un paso en la dirección de crear un verdadero divorcio entre la propiedad y el control y de minar la naturaleza básica y el carácter de nuestra sociedad. Es alejarse un paso de una sociedad individualista y acercarse al estado corporativo.” (Ibídem, p. 136).

Mi nota personal ante la propuesta de Friedman de deshacerse de la “responsabilidad social” de las empresas y de los sindicatos, por cuanto dejan de servir el interés de los accionistas, en el primer caso, y de los asociados, en el segundo, es que la llamada “responsabilidad social” se ha convertido, de hecho, en un mecanismo para que, al menos en el caso de las empresas, logren aumentar sus utilidades netas (para los accionistas), pues los consumidores están dispuestos a patrocinar sus productos dado el carácter “social” que dicen llevar a cabo esas empresas. Tal vez un efecto similar no sea tan significativo en el caso de los sindicatos, pero esa tarea “social” puede ser bien vista por potenciales miembros, interesados en un uso tal vez mejor de sus cuotas sindicales. Simplemente, la “responsabilidad social” se ha llegado a convertir en una herramienta de mercadeo, al menos claramente en el caso de las empresas.

Publicado en los sitios de ASOJOD y en el mío de Facebook Jcorralesq Libertad el 23 de setiembre del 2014.