PDA

Ver la Versión Completa : INCERTIDUMBRE TRIBUTARIA



Jorge Corrales Quesada
27/11/2012, 10:17
INCERTIDUMBRE TRIBUTARIA
Por Jorge Corrales Quesada

Dos anuncios efectuados hace pocos días, en mi opinión alimentan la incertidumbre que el costarricense ha visto aumentar, en torno a los impuestos que debe pagar. El primero de ellos se refiere al alza en el valor de numerosos vehículos, para efectos de la definición de ese impuesto conocido como “marchamo”. El segundo es el anuncio de una revaloración de las propiedades, para determinar el pago del impuesto sobre la propiedad inmobiliaria, así como del llamado impuesto solidario.

Recordemos que el monto a pagar impuestos, como los antes señalados, está definido por dos factores: la tasa imponible y la base sobre la cual se aplica dicha tasa. En los últimos tiempos, gracias a la reacción popular, a los gobernantes que buscan aumentar los impuestos, se les ha hecho difícil lograrlo mediante incrementos en las tasas impositivas, por lo cual ahora acuden al otro factor determinante de la recaudación: hacer crecer la base imponible.

Era de esperar que, ante el rechazo del paquetazo tributario del año pasado, el estado angurriento acudiera a cualquier opción que tuviera en sus manos, a fin de poder aumentar sus ingresos. Ya hemos visto cómo ha acudido al endeudamiento externo, que todos los ciudadanos terminaremos pagándolo con creces, así como también mediante alzas de una serie de precios regulados por el Estado, como son el caso de la electricidad, el agua, los combustibles, entre otros servicios públicos, al igual que han acudido a pedir prestado fondos en el mercado de crédito interno, dando lugar a un muy fuerte aumento en los intereses, a tal grado que incluso obligó al mismo gobierno a que paulatinamente se echara para atrás, dados los efectos nocivos que estaba provocando en la economía.

Por eso debemos interpretar los aumentos en las bases arriba señaladas, como parte de ese proceso gubernamental de recoger platas de adónde sea y a cómo haya lugar. El problema con estas medidas es que reduce la certeza necesaria que se debe tener en el sistema tributario de una nación, el cual no puede estar sujeto al vaivén de decisiones administrativas. De ser así, se afecta negativamente el ahorro y la inversión de las personas, definidos de acuerdo con un rendimiento neto, posterior al pago de impuestos. Al no existir certeza acerca de cuánto van a ser estos, la persona preferirá no ahorrar y correr riesgos en sus inversiones (como ejemplos, en una casa o en un carro), pues ni siquiera sabe si dispondrá de los ingresos suficientes para efectuar el pago administrativamente definido.

La angustiante situación es aún mayor cuando, supuestamente amparados en la ley, las autoridades gubernamentales introducen requisitos que resultan simplemente ser muy onerosos, para quien apele la medida de aumento de las bases tributarias. Por ejemplo, en el caso de los vehículos, para recurrir el valor de tasación impuesto por el gobierno, además de perder su valioso tiempo en formular tal reclamo, tendrá que traer el derecho de circulación, el título de propiedad, 4 estudios de mercado en donde se demuestre por vendedores, me imagino, que el valor del vehículo es inferior al tasado por el gobierno y, tal vez para que no se pierda el chunche, 6 fotos de su carro. Por supuesto, si el costo de hacer todas estas majaderías es superior al diferencial entre lo que nos cobra el gobierno y el valor verdadero del vehículo, usted escogerá no apelar la resolución del estado. Con ello se abre campo para un menudo negocio del recaudador de impuestos.

En el caso de la valoración de las propiedades, a pesar de que la inflación en los últimos años ha sido muy baja, de que el dólar se ha mantenido estable y que hay algún grado de recesión en ciertos sectores de vivienda, el argumento esbozado por las autoridades para efectuar administrativamente este aumento en la base imponible, es que están atrasados en hacerlo desde hace varios años y que ahora han decidido ponerse al día. Sin embargo, se ha señalado jurídicamente que el procedimiento exige que tal aumento se efectúe a inicios de año, cosa que en éste no se hizo y no es sino hasta ahora que deciden revaluar las propiedades. Todo lo que esto expresa es el desorden administrativo en torno a este impuesto.

Publicado en el sitio de ASOJOD el 27 de noviembre del 2012